Información de Expediente

2019 - E - 1319
Fecha de Entrada: 13/03/2019
Carátula: PROYECTO DE COMUNICACIÓN
Iniciador: ACCION MARPLATENSE
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: COMUNICACIONES A LA ESPERA DE RESPUESTA
Desde: 25/03/2019
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando al DE informe varios ítems con relación al cumplimiento de la ord. nº 16789, (llamado a licitación para la concesión del servicio de transporte público de pasajeros).

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
C-5367 14/03/2019
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto




                                                                                          Mar del Plata, 13 de marzo de 2019






Al Presidente del Honorable Concejo Deliberante



Del Partido de Gral. Pueyrredon



Sr. Guillermo Sáenz Saralegui



S/D


VISTO


          La ordenanza 16789  por la que se autorizó al Departamento Ejecutivo a llamar a  licitación para la concesión del servicio de transporte público colectivo de pasajeros  y;




CONSIDERANDO



          Que la misma establece en su anexo A las condiciones de la prestación del servicio del Transporte Urbano Pasajero de General Pueyrredon.


          Que en el Titulo II del mismo, Clausulas de Especificaciones Técnicas/ Costos de Explotación, en el punto DETERMINACION DEL PRECIO DEL VIAJE URBANO (BOLETO PLANO )se establece que: “En caso de existir subsidios o ingresos de publicidad autorizados, se los tomará como ingresos adicionales y serán disminuidos de los costos de la Tarifa Técnica.”


          Que en el mes de diciembre del 2018 la empresa Wolf Publicidad ya ofrecía en sus páginas online la posibilidad de contratar publicidad en las unidades del Transporte Público de Pasajeros del Partido de General Pueyrredon, tanto en su luneta como en su exterior.


          Que pese a este ingreso efectivo, tal cual lo evidencian las distintas unidades que circulan actualmente, ninguno de los últimos pedidos de aumento presentados por la CAMETAP en este año calendario, contempla, informa o detalla si quiera, este ingreso, previsto en la ordenanza 16789 y que debe ser contemplado.


          Que este detalle tampoco figura en el estudio de costos  elevado  a requerimiento del Honorable Concejo Deliberante, por la Subsecretaria de Transporte de General Pueyrredon con motivo del tratamiento del pedido de aumento de la tarifa en el expediente NP 5-2019.


          Que la falta de este dato, genera una mayor incertidumbre a los calculados realizados, dado que el resultado del mismo debe obligatoriamente reflejarse en los cálculos de la tarifa técnica que eleva la Subsecretaria de Transporte, instrumento de referencia calificado al momento de establecer el costo el Honorable Concejo Deliberante.


          Que entre otros se ha podido constatar que circulan con publicidad en la luneta trasera los siguientes vehículos: Internos 35, 98,  175,148, 025,33, 010, 001,132, 122, 161,040, 205, 28,  047, 207, 197 todos correspondientes a la Línea Roja de la Empresa 25 de Mayo.


        Que los internos  76, 172 , 150 de la Línea Roja pertenecientes a la Empresa 25 de Mayo, además cuentan con publicidad interior.


        Que de la Línea Amarilla también perteneciente a la Empresa 25 de Mayo los internos  276, 271,21, 249,230, 243, 263, 206, 230, 258, 252, 242,  cuentan con publicidad exterior en la luneta trasera.


          Que de la misma manera, los internos  29, 001, 018, 60, 42, 002, 38, 046, 058 de la Empresa Peralta Ramos también tienen publicidad exterior


          Que de la empresa El libertador se ha podido constatar por ejemplo, a los internos  167 y  60 con publicidad externa.


          Que del detalle efectuado ut supra, constan 43 vehículos del sistema de transporte público colectivo de pasajeros por los cuales las empresa que tienen a su cargo el servicio están percibiendo ingresos en concepto de publicidad que como se ha manifestado no han sido contabilizados oportunamente en la información brindada a este Cuerpo Deliberativo.


          Por todo lo expuesto el Bloque de Concejales de Acción Marplatense eleva el siguiente proyecto de:





COMUNICACIÓN



Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo tenga a bien informar  los siguientes ítems con relación  al cumplimiento de la ordenanza 16789.


Si se tiene contabilizada la cantidad de vehículos que componen el sistema de transporte publico colectivo de pasajeros, que circulan por el partido de Gral. Pueyrredon, tanto con publicidad exterior, como interior.


Cual es la incidencia determinada, por la percepción de estos ingresos, en el valor de la tarifa del boleto plano.


Porque no se ve reflejado este cálculo de esta incidencia en el estudio de costos, remitido al Concejo Deliberante, por el Ejecutivo Municipal en el marco del tratamiento del expediente: NP 5 del 2019.




Artículo 2º.- De forma.-





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Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



BLOQUE ACCIÓN MARPLATENSE



Mar del Plata



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