Información de Expediente

2009 - E - 1222
Fecha de Entrada: 05/03/2009
Carátula: PROYECTO DE COMUNICACIÓN
Iniciador: COALICIÓN CÍVICA
Autor:
Tema:
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: COMUNICACIONES A LA ESPERA DE RESPUESTA EN ARCHIVO
Desde: 12/02/2015
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando al D.E. remita copia de los CONTRATOS que VINCULAN a las EMPRESAS CONCESIONARIOS del TRANSPORTE PUBLICO de PSAJEROS con las empresas que explotan publicidad en las unidades.-

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
C-3563 06/08/2009

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
005 TRANSPORTE Y TRANSITO 11/03/2009 25/03/2009 APROBADO
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 25/03/2009 03/08/2009 APROBADO
002 HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTAS 03/08/2009 06/08/2009 S/TABLAS
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

                                                Mar del Plata, marzo de 2009



Sr. Presidente del


Honorable Concejo Deliberante

Arq. Marcelo Artime


S/D




Visto

           El artículo 1 del anexo A de la Ordenanza 16.789 y lo normado en

el mismo con relación al régimen tarifario en  el  Transporte  Colectivo  de

Pasajeros; y


Considerando

           Que  la  Ordenanza  16.789  contiene  el  Pliego  de   Bases   y

Condiciones de la Licitación Publica  del  Transporte  Urbano  Colectivo  de

Pasajeros en el Partido de General Pueyrredón ;



           Que en el artículo 1 se autoriza a los concesionarios a percibir

ingresos por publicidad en las unidades y/o tarjetas magnéticas;



           Que en la sección referida al Régimen Tarifario se establece que

“en caso de existir subsidios o ingresos de publicidad autorizados,  se  los

tomará como ingresos adicionales y serán disminuidos de  los  costos  de  la

Tarifa Técnica”;



           Que  los  concesionarios  del  Transporte  Urbano  Colectivo  de

Pasajeros en el Partido de General Pueyrredon no hacen la explotación  ellos

mismos de la publicidad ,sino que  la  tercerizan  otorgándoles  a  empresas

dedicadas a promoción y publicidad los espacios destinados a tal  fin  tanto

internos como externos de las unidades de Transporte;



           Que, siendo que los ingresos generados deben aplicarse  para  el

cálculo de la tarifa técnica, conocer estos  montos  de  manera  directa  es

esencial para este cuerpo;



           Que los montos que los particulares pagan para hacer  publicidad

en el Transporte Urbano Colectivo de Pasajeros no han sido  considerados  en

el informe elevado por la Secretaria de Gobierno a este honorable cuerpo  en

la nota 42-NP-2009,mediante la cual se  reclama  el  aumento  de  la  tarifa

plana por parte de los empresarios;



           Que  los  empresarios  del   sector   han   hecho   público   si

disconformidad con el último aumento otorgado,considerándolo insuficiente;



           Que si bien el servicio  se  halla  concesionado   el  poder  de

control le corresponde al Municipio;



           Que en tal sentido el  Bloque  de  Concejales  de  la  Coalición

Cívica ha solicitado por medios informales  al  Departamento  de  Transporte

Urbano de Pasajeros copia de los  contratos  que  vinculan  a  las  empresas

concesionarias con las empresas publicitarias sin obtener respuesta alguna;



           Que, por lo tanto , resulta indispensable recurrir a los  medios

formales que establece la legislación en la materia para poder  conseguirlos

;



           Por todo lo expuesto , los Concejales que suscriben, elevan para

el tratamiento del Honorable Concejo Deliberante el siguiente proyecto de



                                COMUNICACIÓN



Articulo 1º:El Honorable  Concejo  Deliberante  se  dirige  al  Departamento

Ejecutivo, en los  términos  de  la  Ordenanza  Nº  9364,  a  los  fines  de

solicitarle remita copia de  los  contratos  que  vinculan  a  las  empresas

concesionarias  del  Transporte  Urbano  Colectivo  de  Pasajeros  con   las

empresas que se dedican a la explotación de la publicidad  en  las  unidades

del Transporte Colectivo.-


Artículo 2º:De forma.-

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Mar del Plata



                           BLOQUE COALICIÓN CÍVICA



Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



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