Información de Expediente

2024 - E - 1182
Fecha de Entrada: 19/02/2024
Carátula: PROYECTO DE ORDENANZA
Iniciador: VAMOS JUNTOS
Autor: CJAL. VOLPONI GUILLERMO
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: A LA ESPERA DE LA PROMULGACION
Desde: 11/04/2024
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Ordenanza
Estableciendo requisitos esenciales e indispensables para la concesión de la prórroga de vida útil de los vehículos que requieran habilitación para prestar un servicio determinado dentro del Partido de General Pueyrredon.

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
O-20447 11/04/2024

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
050 MOVILIDAD URBANA 19/02/2024 04/03/2024 Aprobado
047 LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO 04/03/2024 18/03/2024 Aprobado
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto





Mar del Plata, 19 de febrero de 2024.-


Sra. Presidenta


Dra. Marina Sánchez Herrero


S                        /                      D






VISTO


Los reiterados pedidos de prórroga de autorización para circular efectuados por los titulares de vehículos habilitados por el Municipio del Pdo. de Gral. Pueyrredón para desempeñarse en la prestación de diversos servicios fundados en los inconvenientes para cumplir con el cambio de modelos o adquisición de automóviles 0 km  derivados de la grave crisis económica que atraviesa el país,


CONSIDERANDO


Que  la situación económica actual sumada a los dificultades surgidas con motivo de  la pandemia  por Covid-19 dificulta seriamente a los titulares de vehículos habilitados por el Partido de General Pueyrredón en virtud de las diversas ordenanzas que regulan los requisitos que debe cumplir el vehículo según el servicio o destino de uso (transporte escolar, transporte personas con discapacidad, transporte privado de pasajeros, vehículos destinados al servicio de excursión, unidades habilitadas en escuelas de conducción particular, autos destinados a los servicios de taxi,  remise y auto rural, automotores de servicio de autos de alta gama entre otros)  a cumplir con el cambio de unidad al vencimiento del plazo de vida útil establecidos por cada norma para la vigencia de la correspondiente habilitación.



Que por tal motivo son numerosas las solicitudes de los titulares de vehículos afectados a diversos servicios públicos y privados ante el  Municipio para obtener la prorroga del permiso de uso por, al menos, un año.



Que esta situación general se ve agravada en algunos casos por circunstancias excepcionales que pueden afectar en particular a los titulares de los vehículos y que también son esgrimidas y  tenidas en cuenta para autorizar la excepción requerida.


Que en algunos casos las autorizaciones para circular han sido prorrogadas en el año 2021 y 2022 por ordenazas dictadas con motivo de la emergencia sanitaria y económica (V. Gr., O. M. 25197 (automotores destinados al servicio de Transporte Escolar); 25268 (transporte de Personas con Discapacidad); 25267 (vehículos destinados al Servicio de Excursión en el Partido, clases a1) y b1)); 25331 (vehículos destinados al transporte privado de persona); 25333 (servicios de taxi, remise y auto rural); 25846 (vehículos destinados el transporte de personas; 25839 (automotores de servicio de Autos de Alta Gama).

.


Que teniendo en cuenta las dificultades mencionadas y que los vehículos son utilizados por sus titulares como fuente de ingresos, trabajo y generan empleo, el Municipio en caso de que la unidad se encuentre apta según  el Certificado de Verificación Técnica Vehicular  y haya  aprobado satisfactoriamente la inspección técnica realizada por el inspector actuante de la División Contralor de Transporte, siempre que cumpla además con la normativa vigente que se exige según el servicio de que se trate, concede dicha prorroga extiendo la autorización para funcionar por el plazo de un año más a partir del último vencimiento.


Que en numerosos casos si bien los vehículos poseen la VTV vigente esta cuenta con observaciones mecánicas y técnicas que afectan al vehículo verificado las cuales deberán ser solucionadas  por el titular al momento de solicitar la nueva VTV.


Que también en numerosos casos la VTV posee vencimiento anterior al año otorgado como prorroga.


Que en virtud de lo expuesto, a efectos de unificar criterios en salvaguarda de la seguridad vehicular, de los usuarios de los servicios de dichos vehículos,  sus conductores y en general de todos los vecinos y vecinas del Pdo. de Gral. Pueyrredón en mi carácter de Concejal integrante del Bloque de Concejales de Vamos Juntos impulso para su aprobación el siguiente


PROYECTO DE ORDENANZA



Artículo 1º.- Establecense como requisitos esenciales e indispensable para la concesión de prórroga de vida útil de los vehículos que requieren habilitación para prestar un servicio determinado dentro del Partido de General Pueyrredon  una vez vencido el plazo que establece la respectiva norma:

   a) Cumplir con la normativa vigente correspondiente al servicio que se preste.

   b) Haber aprobado satisfactoriamente la inspección técnica realizada por el inspector actuante de la División Contralor de Transporte del Municipio

   c) Poseer Certificado de Verificación Técnica Vehicular, dependiente del Ministerio de Transporte de la Provincia de Buenos Aires aprobado que establezca que la unidad se encuentra apta para circular, el cual no deberá presentar observaciones.


Artículo 2º.- De forma.-





AUTOR DEL PROYECTO:


GUILLERMO VOLPONI




ADHESIONES:

 Volver