Mar del Plata, 11 de Octubre de 2018.
Sr. Presidente del
Honorable Concejo Deliberante
Partido de General Pueyrredón
Cjal. Guillermo Saenz Saralegui
Visto
La Notas Particulares Nº 229/18 y 272/18 y la Ordenanza 21.400, y
Considerando
Que mediante las notas mencionadas la Unión Vecinal de Fomento “ Felix U. Camet solicita la reparación de todas la calles del barrio, la bicisenda existente en sector y de las plazas “Adolfo Speranza” ubicada en la calle 26 entre las calles 21 y 19 y “Giachino”.
Que la mencionada Unión Vecinal informa que recientemente concluyeron los trabajos tendido de la red cloacal a cargo de la empresa Alpa Vial, que utilizó la plaza “Adolfo Speranza” para instalar su obrador, denunciando que ésta quedó en pésimas condiciones y en igual situación la plaza “Giachino” donde quedaron montículos de tierra de la misma obra.
Que el material fotográfico que adjuntan corrobora la situación denunciada, que pone en crisis la transitabilidad de muchas de las calles, la utilización plena de las plazas y bicisenda, con todas sus implicancias en la vida cotidiana.
Que por Ordenanza 21.400 del año 2013 se autorizó a Obras Sanitarias Mar del Plata - Batán Sociedad de Estado a suscribir un Convenio con el Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento (ENOHSA), Convenios Únicos de Colaboración y Transferencia, (Anexo I de la Ordenanza) otorgando un subsidio, en el Plan Más Cerca, Más Municipio, Más País, Más Patria para ajustar la operatoria Programa Agua+Trabajo, entre otras para el Barrio Félix U. Camet. (Artículos 1º y 2º del Convenio)
Que por el artículo 3º) el Departamento Ejecutivo delegó en Obras Sanitarias Mar del Plata - Batán Sociedad de Estado la solicitud y gestión ante el ENOHSA en carácter de Ente Ejecutor de la obra, en los términos establecidos en el Reglamento del Programa Agua+Trabajo del Plan antes mencionado.
Que es de práctica y se incluye en los pliegos licitatorios, que una vez finalizadas las obras deben restituirse a su estado original los sitios intervenidos: veredas, calles, cruces de calles y otros, permitiendo que a posteriori el Ente Municipal de Vialidad realice en condiciones apropiadas, las tareas complementarias de engranzado de calles, permitiendo una correcta y segura circulación de peatones y vehículos.
Que en las circunstancias actuales el EMVIAL ha manifestado que por el estado en que la empresa contratada habría dado por finalizadas las obras en cuestión, estima imposible realizar las tareas a su cargo, conforme a las buenas prácticas constructivas y sustentables en el tiempo.
Que es imperioso dar respuesta a las necesidades de los vecinos, completar las obras correctamente y establecer las responsabilidades que caben a cada uno de los actores que intervinieron en la gestión, ejecución y recepción de los trabajos.
Por todo lo expuesto el Bloque de Concejales de la Unión Cívica Radical eleva a su consideración el siguiente
PROYECTO DE COMUNICACIÓN
Artículo 1º).- Solicitase a Obras Sanitarias Mar del Plata - Batán Sociedad de Estado (OSSE), en los términos del Convenio formalizado con el Ente Nacional de Obras Hídricas y de Saneamiento (ENHOSA), autorizado por Ordenanza 21.400, para la realización del tendido de la red cloacal del Barrio Felix U. Camet, dar respuesta según los términos dispuestos por la Ordenanza 9364 a los siguientes puntos:
a).- Si se ha realizado la recepción definitiva de las referidas obras y si las mismas están en condiciones para que el EMVIAL o la empresa contratista si correspondiera, ejecute las reparaciones viales para que vehículos particulares y el transporte público circulen con fluidez y seguridad por el sector.
b).- Si, en igual sentido de lo expresado en el acápite a), están perfectamente ejecutadas: las veredas domiciliarias, libre de obstáculos la bicisenda y recuperadas a su estado original las plazas “Adolfo Speranza” y “Giachino”.
Artículo 2º).- De forma.
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Mar del Plata
BLOQUE U.C.R.
Municipalidad del Partido de General Pueyrredon
Departamento Deliberativo