Sra. Presidente del
Honorable Concejo Deliberante
Partido de General Pueyrredón
Vilma Baragiola
Visto:
La compleja situación medioambiental existente en
algunos sectores del Barrio Faro Norte; y
Considerando:
Que en los mismos, en lo atinente a los servicios
sanitarios y a pesar de contar con un colector cloacal, cuya traza se
extiende por calles Cayetano Rodríguez, Isla Cerdeña, Las Margaritas (Bº
Bosque Peralta Ramos) y Navarra , conectado a la Cuarta Cloaca Máxima a
través de la planta de impulsión ubicada en Av. Mario Bravo y Av. Martínez
de Hoz , aún no fueron realizadas las redes , ni las conexiones
domiciliarias, necesarias para la efectiva utilización del servicio de
descarga de los líquidos cloacales al sistema.
Que sectores del mencionado barrio, en las zonas más
próximas a la costa, presentan las napas de agua a niveles muy próximos a
la cota de parcela, lo que obliga a fundar las construcciones sobre
pilotes, y por dicha circunstancia, tampoco es posible realizar pozos
ciegos que cumplan efectivamente su cometido, siendo éste el último
recurso, cuando no hay redes cloacales.
Que por tal situación algunos vecinos, imposibilitados
de afrontar individualmente el pago de las obras de conexión a los
colectores cloacales, realizaron éstas en forma clandestina; en tanto que
otros realizan el vuelco de su sistema cloacal directamente a la vía
pública, sin ningún tipo de tratamiento, con la lógica contaminación,
riesgo sanitario y polución para los propios habitantes del barrio.
Que Obras Sanitarias MDP Batán ha otorgado la
factibilidad de servicio cloacal, individualmente, a vecinos que lo
solicitaran, cotizando valores imposibles de afrontar para la mayoría de
ellos
Que, entre otros vecinos con esta problemática, se
encuentran beneficiarios del plan PROCREAR, que, luego de haber sorteado
todas las instancias administrativas y obtenido la financiación, se
encuentran con costo no previsto e injustamente recargado, al no existir
prorrateo alguno por ser conexión individual.
Que la empresa debe generar las condiciones que
propicien la regularización de la situación mencionada, mediante un
relevamiento, campaña de información y acogimiento a las obras de
saneamiento, brindando planes de financiación accesibles para los vecinos.
Que es inadmisible que en una ciudad como Mar del
Plata, calificada por Naciones Unidas como Ciudad Emergente y receptora de
obras financiadas por el Banco Interamericano de Desarrollo, se registren
prácticas que no contemplen aspectos básicos de saneamiento y de cuidado
del medio ambiente. Cabe recordar que una de sus características debe ser
“Proteger sus recursos naturales importantes para la sostenibilidad de una
ciudad (suelo, agua y bosques) por medio de instrumentos adecuados de
planeación urbana”
Que, seguramente un buen número de vecinos podrìan
adherir a un plan de obras de saneamiento, a realizar por contribución de
mejoras y de acuerdo al prorrateo de su costo, en hasta 36 cuotas y
conforme a las Leyes 23928 y 25561, sin actualización de los montos.
Que realizadas las referidas obras, y a efectos de
conectar el servicio, los vecinos deberían comprometerse a formalizar el
Acuerdo de Servicio respectivo y el cegado de los pozos ciegos que posean,
según los procedimientos establecidos por la empresa.
Por lo expuesto, el Bloque de Concejales de la Unión
Cívica Radical eleva a su consideración el siguiente
PROYECTO DE ORDENANZA
Artículo 1° .- Encomiéndase a Obras Sanitarias Mar del Plata-Batan para
que, en un plazo máximo de treinta (30) días hábiles, realice en el Barrio
Faro Norte, un relevamiento de vecinos en condiciones de adherir a la
construcción de redes y conexiones domiciliarias para vincularlas al
colector cloacal existente, cuya traza recorre las calles Cayetano
Rodríguez, Isla Cerdeña, Las Margaritas del Bº Bosque de Peralta Ramos y
Navarra, con vuelco a la Cuarta Cloaca Máxima, mediante la planta elevadora
ubicada en Av. Mario Bravo y Av. Martínez de Hoz.
Artículo 2° .- Realizado el relevamiento dispuesto en el Art. 1º, Obras
Sanitarias Mar del Plata – Batan diseñará el proyecto de obra a ejecutar
en el marco del Programa “Completamientos de Red”, informando al Honorable
Concejo Deliberante, en un plazo máximo de treinta (30) días hábiles de
finalizado el mismo, sus resultados y el plan de obras a implementar, a los
fines de ejecutar en el menor plazo posible las obras correspondientes.
Artículo 3º .- Las obras se realizarán por contribución de mejoras, según
la normativa vigente, autorizando a Obras Sanitarias Mar del Plata-Batan
para que de acuerdo al prorrateo, formalice con los vecinos un plan de
financiación de hasta treinta y seis (36) cuotas y conforme a las Leyes
23928 y 25561, sin actualización de los montos. Asimismo y previo a la
conexión del servicio, los vecinos deberán formalizar el Acuerdo de
Servicio respectivo y el cegado de los pozos ciegos que posean.
Artículo 4º .- Aquellos vecinos que hubieran realizado conexiones
clandestinas y se acojan a la presente ordenanza y al plan de obras surgido
de la misma con su correspondiente compromiso de pago, podrán solicitar el
beneficio de la condonación de las multas que le hubieren correspondido.
Artículo 5° .- De forma.
Variante
Artículo 1°).- Encomiendasé a Obras Sanitarias Mar del Plata-Batan para
que, en un plazo máximo de 30 días, realice en el Barrio Faro Norte un
relevamiento de vecinos, en condiciones de adherir a la realización de
redes y conexiones domiciliarias vinculadas al colector cloacal
existente, cuya traza recorre las calles Cayetano Rodríguez, Sardeña, Las
Margaritas del Bº Bosque de Peralta Ramos y Navarra, con descarga en la
cuarta cloaca máxima, mediante la planta elevadora ubicada en Av. Mario
Bravo y Av. Martínez de Hoz.
Realizado el referido relevamiento, se
confeccionarán los proyectos de obra , en el marco del Programa
“Completamientos de Red”.