Mar del Plata, Setiembre de 2009.
SEÑOR PRESIDENTE
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
PARTIDO DE GENERAL PUEYRREDON
ARQ. MARCELO ARTIME
S/D
VISTO
La Nota presentada por la Asociación Marplatense de
Artesanos y Productores, AMAPRO, a través de su Secretaria María Elena
Máscolo; y
CONSIDERANDO
Que AMAPRO desarrolla actividades en la Feria de Artesanos,
Manualistas y Pequeños productores que funciona en el Paseo Adolfo Dávila,
en el sector donde comienza el espigón 0 del Balneario Alfonsina.
Que la Asociación Marplatense de Artesanos y Productores ha
cumplido con extrema prolijidad lo dispuesto por la Ordenanza Nº 19054 y
todas las anteriores por las cuales han tenido el permiso correspondiente
para ocupar el sector de referencia.
Que muchas familias marplatenses subsisten gracias al trabajo
de los feriantes integrantes de AMAPRO, lo cual hace imprescindible el
otorgamiento del permiso solicitado, habida cuenta de la situación
económica y social que es de público conocimiento.
Que de acuerdo a lo manifestado ud supra, AMAPRO solicita
un plazo mayor de ocupación en el Paseo Adolfo Dávila, que les permita
continuar con la fuente de trabajo.
Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales de la Unión
Cívica Radical eleva el presente Proyecto de
ORDENANZA
Artículo 1º.- Destínase para realizar actividades de artesanías y
manualidades un espacio de veinticinco metros lineales (25 m.) del murete
del Paseo Dávila, en el sector donde comienza el espigón 0 del Balneario
Alfonsina.
Artículo 2º.- El sector mencionado en el artículo anterior estará ocupado
por los artesanos y manualistas integrantes de la Asociación Civil AMAPRO
–Asociación Marplatense de Artesanos y Productores, Personería Jurídica Nº
24.579-, que sean propuestos por ésta y autorizados por la autoridad de
aplicación, quien deberá también establecer los criterios de evaluación y
selección de las artesanías y manualidades. El máximo de permisionarios
admitidos será de veinticinco (25).
Artículo 3º.- El permiso de uso que se otorga será de carácter precario y
hasta el Domingo de Pascuas de 2011, pudiendo ser revocado sin derecho a
reclamo alguno. En caso de evaluación positiva de la experiencia, el
Departamento Ejecutivo podrá prorrogarlo............
Artículo 4º.- Los espacios autorizados estarán constituídos por tarimas
rectangulares debiendo ser retirados diariamente y mantendrán una armonía y
uniformidad estética cumpliendo, en todo momento, las normas de seguridad,
salubridad e higiene que determine el organismo de contralor. El
mantenimiento del orden y limpieza del sector estará a cargo de los
permisionarios. Queda totalmente prohibida la instalación de cerramientos,
toldos, parasoles o la utilización de energía eléctrica como así también la
venta, exhibición o expendio de bebidas y comestibles.
Artículo 5º.- El Departamento Ejecutivo reglamentará la presente,
consignando el lugar exacto de ubicación de los puestos y el horario de
funcionamiento.
Artículo 6º.- De forma.-
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Mar del Plata
BLOQUE U.C.R.
Municipalidad del Partido de General Pueyrredon
Departamento Deliberativo