Mar del Plata, Octubre de 2008.-
Señor Presidente del
Honorable Concejo Deliberante del
Partido de General Pueyrredon
Art. MARCELO ARTIME
S/D.-
VISTO
Las Ordenanzas Nº 18.471 y 18.554 sancionadas por este
Cuerpo con fecha 24/04/2008 y 13/06/2008 respectivamente y,
CONSIDERANDO
Que por la Ordenanza Nº 18.471 fue convalidado el contrato
celebrado el 27/02/2008 entre el Departamento Ejecutivo y BAPRO Mandatos y
Negocios S.A. con la finalidad que ésta última institución actúe como
agente organizador y fiduciario del fideicomiso financiero “Fideicomiso
Financiero Municipalidad de General Pueyrredon” a constituirse en los
términos que sobre el particular establece la Ley 24.441;
Que BAPRO Mandatos y Negocios S.A. en su carácter de Agente
Organizador deberá seleccionar y contratar a la calificadora de riesgo de
los valores fiduciarios, al auditor contable y asesor impositivo del
fideicomiso, al agente de registro y pago de los títulos, al colocador y
cualquier otro servicio que resulte necesario o conveniente para la
instrumentación y continuidad del fideicomiso.
Que según lo establecido en el artículo 3º del Anexo I de la
Ordenanza Nº 18.471 “…El Agente Organizador informará al Municipio por
candidatos a ser invitados a presentar ofertas para la prestación de los
servicios señalados en los puntos (i) y (ii) precedentes.”
Que la Ordenanza Nº 18.554 convalidó el Convenio Marco
suscripto entre el Departamento Ejecutivo y el Banco de la Provincia de
Buenos Aires celebrado el 10/02/2008 para constituir un fideicomiso
financiero a fin de garantizar distintas operaciones de crédito público
tendientes a mantener, ejecutar y desarrollar obras de mejoramiento,
mantenimiento y renovación de la red vial urbana;
Que la cláusula tercera del Convenio Marco determina: “Bapro
Mandatos y Negocios S.A. actuará como agente fiduciario del fideicomiso
cuya constitución se conviene. Ambas partes encomiendan a dicha empresa la
elaboración de una propuesta de fideicomiso financiero que EL BANCO deberá
presentar a EL MUNICIPIO dentro del plazo de treinta (30) días, EL
MUNICIPIO deberá expedirse con relación a la propuesta dentro de los
siguientes treinta (30) días.”
Que nos encontramos frente a la utilización de una fuente
no tradicional de financiamiento para este Municipio;
Que no se cuenta con antecedentes de experiencias
anteriores razón por la cual es fundamental analizar y tomar conocimiento
del desenvolvimiento del fideicomiso y evaluar el grado de eficiencia en el
cumplimiento de las finalidades previstas en su constitución, máxime si se
tiene en cuenta que dichas finalidades son de interés público;
En función de todo lo expuesto, el Bloque de Concejales de
la Unión Cívica Radical eleva el siguiente Proyecto de
COMUNICACION
Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General
Pueyrredon solicita al Departamento Ejecutivo informe, con relación a las
Ordenanzas Nº 18.471 y 18.554:
a) Si el Agente Organizador (BAPRO Mandatos y Negocios S.A.) ha informado
al Municipio respecto a los candidatos invitados a presentar ofertas
para la prestación de los servicios de calificación de riesgo,
auditoría contable y asesoramiento impositivo del fideicomiso,
registro, pago de títulos y colocación.
b) Qué procedimiento se ha aplicado para la selección y contratación de
los agentes encargados de la prestación de los servicios indicados en
el punto a) precedente
c) Si el Municipio ha conformado honorarios negociados por el Agente
Organizador
d) Sumas que el Departamento Ejecutivo hubiere adelantado al Agente
Organizador previamente a la emisión y colocación de los títulos
fiduciarios
e) Si el Agente Organizador ha elaborado y presentado la propuesta de
fideicomiso financiero según lo previsto en el punto tercero del
Convenio Marco celebrado con el Banco de la Provincia de Buenos Aires
f) Si se han firmado Protocolos Complementarios; en caso afirmativo
indicar su contenido
g) Con qué periodicidad se ha pactado la rendición de cuentas del
Fiduciario
Artículo 2º.- De forma.
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Mar del Plata
BLOQUE U.C.R.
Municipalidad del Partido de General Pueyrredon
Departamento Deliberativo
“A 25 AÑOS DE LA RECUPERACION DE LA DEMOCRACIA ARGENTINA” 1983-2008