MAR DEL PLATA, setiembre de
2007
Señor Presidente del
Honorable Concejo Deliberante
Dr. LUIS O. RECH
S / D
Diversos vecinos de la ciudad han manifestado su preocupación
por el estado de abandono que presenta un predio de media manzana ubicado
en la calle Tucumán entre Almafuerte y Laprida, propiedad de Obras
Sanitarias Mar del Plata S.E., y la falta de construcción de la plaza que
allí ordenara realizar el Concejo Deliberante.
Es así que en 1996, mediante la sanción de la Ordenanza 10.400,
se dispuso la afectación al Distrito de Urbanización Parque (UP), del
predio municipal identificado catastralmente como: Circunscripción VI,
Sección D, Manzana 332 f, Parcelas 2a, 3b, 3c, 3d, 3e, 3f y 3g, situado
sobre la calle Tucumán entre Almafuerte y Laprida
Lo establecido deja a salvo el funcionamiento de la estación de
bombeo de agua de Obras Sanitarias Mar del Plata Sociedad de Estado
instalada en el predio, y la potencial construcción futura en el lugar de
instalaciones destinadas al servicio de provisión de agua potable
Asimismo la norma encomienda al Departamento Ejecutivo realizar
la afectación correspondiente y la registración catastral, así como las
tareas de parquización, equipamiento y adecuación paisajística del predio.
La Ordenanza aludida tuvo su orígen en momentos en que la
empresa O.S.S.E. pretendió cercar con alambrado perimetral dicho predio,
con la lógica y consiguiente reacción contraria de los vecinos del sector
que se opusieron a tal decisión. Surgió entonces la intención de, sin
afectar el normal desenvolvimiento de las instalaciones destinadas al
servicio de provisión de agua potable, garantizar también al barrio el
mantenimiento de un espacio verde público utilizado como reserva
paisajística y como lugar de esparcimiento.
Por eso fue afectada la parcela, al distrito Urbanización
Parque –espacio verde público-, disponiendo asimismo la “parquización,
equipamiento y adecuación paisajística del predio”.
Reúne particular importancia la preservación de dicho espacio
como parquización de uso público, debido a que en el sector de
emplazamiento, no existen plazas ni espacios de recreación, siendo
totalmente compatible tal finalidad con el funcionamiento de las
instalaciones del servicio público de provisión de agua potable.
Desde la promulgación de la Ordenanza hace 11 años, poco se ha
avanzado en el mejoramiento y adecuación paisajística del sector. Mas aún,
desde siempre funciona sobre tal espacio una improvisada playa de
estacionamiento de vehículos, algunos de los cuales relacionados con el ex
Comando de Patrullas de la Policía, situado en diagonal, en la esquina de
Tucumán y Laprida.
Por ello, el Bloque de Concejales de la UNION CIVICA RADICAL,
eleva a consideración el siguiente :
PROYECTO DE COMUNICACION
Artículo 1.- El Honorable Concejo Deliberante solicita al Presidente de
Obras Sanitarias Mar del Plata - Batán S.E. y al Departamento Ejecutivo,
que se proceda al efectivo cumplimiento de lo establecido por la Ordenanza
10.400, en especial lo referido a construcción, adecuación y parquización
de la plaza pública allí creada, situada en la calle Tucumán entre Laprida
y Almafuerte de la ciudad de Mar del Plata
Artículo 2º.- de forma.
Expediente D.E.:02912/3/96
Fecha de sanción:08/02/1996
Fecha de promulgación:19/02/1996
ORDENANZA Nº10400
Artículo !º .- Aféctase al Distrito de Urbanización Parque (UP), el predio
municipal identificado catastralmente como: Circunscripción VI, Sección D,
Manzana 332 f, Parcelas 2a, 3b, 3c, 3d, 3e, 3f y 3g, delimitadas por las
calles Tucumán, Almafuerte y Laprida.
Artículo 2º .- Lo establecido en el artículo anterior no afectará el
funcionamiento de la estación de bombeo de agua de Obras Sanitarias Mar del
Plata Sociedad de Estado instalada actualmente en el predio, ni la
construcción futura en el lugar de instalaciones destinadas al servicio de
provisión de agua potable.
Artículo 3º .- El Departamento Ejecutivo realizará la afectación
correspondiente y la registración catastral, así como las tareas de
parquización, equipamiento y adecuación paisajística del predio.
Toda obra y/o arborestación que se realice en el predio deberá contar con
la aprobación previa de O.S.S.E.
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Mar del Plata
BLOQUE EL FRENTE – U.C.R.
Municipalidad del Partido de General Pueyrredon
Departamento Deliberativo