MAR DEL PLATA, 30 de noviembre de 2006.-
Señor Presidente del
Honorable Concejo Deliberante
CPN MAURICIO IRIGOIN
S / D
VISTO:
La iniciativa de vecinos e instituciones en pos de que se
declare de “interés patrimonial”, conforme lo que dispone la Ordenanza
10.075, al Carrusel instalado en Plaza Rocha, propiedad del señor Alberto
Mantovano, por formar parte de nuestro “patrimonio cultural más
entrañable”, y,
CONSIDERANDO:
Que el Código de Preservación Patrimonial –Ordenanza 10.075-,
tiene por objeto establecer las acciones de preservación y protección de
aquellos bienes muebles o inmuebles, públicos o privados, considerados
componentes del patrimonio cultural, histórico, arquitectónico,
urbanístico, paisajístico y ambiental, tutelado por las Constituciones
Nacional y de la Provincia de Buenos Aires, y fijar el alcance de las
declaraciones de interés patrimonial de aquéllos.
Que el carrusel actualmente emplazado en la Plaza Rocha, es
considerado el más antiguo existente en la ciudad, y forma parte del
paisaje urbano desde hace más de cuarenta años.
Que el mismo ha permanecido en el tiempo como juego tradicional
que aún sigue vivo y ha fortalecido la transmisión cultural de las
distintas generaciones, permitiéndoles remitirse a la primera infancia, al
entretenimiento, a los sentimientos.
Que más allá del objeto, que por si mismo reúne valores
históricos referenciales, debe destacarse su aspecto simbólico, en cuanto
está ligado a los recuerdos, el significado de la plaza, el encuentro con
los primeros amigos, la salida de la escuela, etc.
Que se trata de un carrusel construído en forma artesanal, en
el cual sus figuras –caballitos, leones, chanchitos, ponis, bambi y
burritos- están hechos de madera tallada a mano, al igual que su carro
jardinero, sus lanchas, los autos y el avión, a diferencia de las calesitas
industrializadas.
Que el mismo, situado en una plaza también histórica y
tradicional de la ciudad, es el único testimonio de un entretenimiento que
aún se mantiene en funcionamiento, dado que los anteriores fueron vendidos,
y otros al fallecer sus dueños y no continuarse con la actividad,
desaparecieron.
Que podemos decir sin temor a equivocarnos, que tanto las
plazas históricas y fundacionales de la ciudad, como los entretenimientos a
ella vinculados, forman parte de una auténtica “identidad marplatense” que
es nuestro deber preservar y rescatar, como emblema testimonial para las
sucesivas generaciones.
POR ELLO, el Bloque de Concejales de El Frente – U.C.R. eleva a
consideración el siguiente:
PROYECTO DE ORDENANZA
Artículo 1º .- Declárase de “interés patrimonial” al Carrusel situado en
la Plaza Rocha de la ciudad de Mar del Plata, propiedad del señor Alberto
Mantovano, en los términos y con los alcances del Código de Preservación
Patrimonial – Ordenanza 10.075.
Artículo 2º .- De forma.
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Mar del Plata
BLOQUE EL FRENTE – U.C.R.
Municipalidad del Partido de General Pueyrredon
Departamento Deliberativo