Mar del Plata, 5 de octubre de 2023
Sra. Presidenta
Honorable Concejo Deliberante
Dra. Marina Sánchez Herrero
VISTO
La denuncia realizada por vecinos de la zona de Playa Serena por las construcciones irregulares realizadas por el Parador La Balconada, y la resolución de la Autoridad del Agua de la Provincia de Buenos Aires, y;
CONSIDERANDO
Que el sitio está ubicado sobre Ruta Provincial 11 entre calles 447 y 453 del barrio Playa Serena, y allí se encuentran realizando una construcción edilicia permanente sobre zona de médano y acantilado. En el mes de diciembre de 2021 se construyó un piso de cemento, con un área de superficie aproximada de 160 mts cuadrados y otra construcción que consta de 4 columnas de hormigón sobre la que se asienta una losa de 20 metros cuadrados sobre médano vertical a escasos metros del agua del mar;
Que dichas construcciones están en notoria contravención al Artículo 142 del Código de Aguas de la Provincia, generando a su vez una degradación del paisaje, de las condiciones ecosistémicas del ambiente y menoscabando el patrimonio natural y cultural. A su vez se constató la existencia de una perforación para la provisión de agua en estado precario y sin contar con el permiso y condiciones de uso;
Que se trata de un sitio integrante de la Reserva Costanero Sur, que fuera declarada Reserva Forestal y Turística por Ordenanza 10.011/95. Que a su vez forma parte del Yacimiento Paleontológico excepcional de acuerdo a la Ordenanza 22.325.
Que en el decreto 2604/28 se establece la prohibición de realizar excavaciones en los acantilados o en las zonas cercanas a los mismos, al este de la Ruta Provincial Nº 11, sin autorización previa de Obras Sanitarias Sociedad de Estado y de las autoridades del Museo de Ciencias Naturales “Lorenzo Scaglia”;
Que la Autoridad del Agua de la Provincia de Buenos Aires estableció que la intervención producida sobre la playa en dominio público estaría generando una importante alteración en la morfodinámica costera del área en cuestión;
Que dicho organismo establece que no debería continuarse con este tipo de prácticas y recomienda al Municipio de General Pueyrredon adecue su Plan de Ordenamiento Territorial, contemplando la demarcación de la Línea de Ribera en todo su frente costero, y las restricciones al dominio impuestas por la normativa provincial vigente;
Que también se establece, de acuerdo al Art. 142 de la Ley de Código de Aguas, que tanto la Municipalidad de General Pueyrredon como emprendimientos privados, deben visar los planos de mensura ante la Autoridad del Agua, y no consta que ello haya sido realizado;
Por todo lo expuesto se eleva el siguiente proyecto de
COMUNICACIÓN
Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo informe qué medidas adoptó respecto de la resolución de la Autoridad del Agua de la Provincia de Buenos Aires respecto del Parador La Balconada, producto de la denuncia obrante en expediente EX-2021-33918719.
Artículo 2º.- Solicitase al Departamento Ejecutivo informe a través de la Secretaría de Obras y Planeamiento si han sido visados los planos de mensura correspondientes al Parador La Balconada, ubicado sobre Ruta Provincial 11 entre calles 447 y 453 del barrio Playa Serena.
Artículo 3º.- De forma.-
Autor
Adherente