Información de Expediente

2023 - E - 1203
Fecha de Entrada: 10/04/2023
Carátula: Proyecto de Ordenanza
Iniciador: CONCEJAL
Autor: CJAL. RANELLUCCI MARIA FLORENCIA
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTO DE CONCEJAL
Estado: ARCHIVADO
Desde: 29/06/2023
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Ordenanza
Modificando el artículo 1º de la Ordenanza Nº 25.853, referente a la Condonación de la deuda por Derechos de Construcción/Tasa por Servicios Técnicos de la Construcción correspondiente al inmueble ubicado en la calle Castillo 2500 de la ciudad de mar del Plata, propiedad de la Asociación Civil sin Fines de Lucro Tiempo de Dar.

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
O-20100 27/04/2023 25962 12/05/2023

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
047 LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO 11/04/2023 17/04/2023 Aprobado
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto
Mar del Plata, 10 de Abril de 2023


A la Sra. Presidente del


Honorable Concejo Deliberante 


Dra. Marina Sánchez Herrero


S/D


VISTO;


La Ordenanza N° 25.853;


CONSIDERANDO;


Que en fecha 29/11/2022 fue sancionada la ordenanza de referencia, promulgada en fecha 30/12/2022 que en su artículo 1 dice: Condónase la deuda que en concepto de Derechos de Construcción/Tasa por Servicios Técnicos de la Construcción registra la Cuenta 702.561/1 correspondiente al inmueble ubicado en la calle Castillo Nº 2500 entre Canaro y Palestina del Barrio Parque Palermo de la ciudad de Mar del Plata, identificado catastralmente como Circunscripción IV, Parcela 118K, Partida Inmobiliaria 045- 48442 propiedad de la Asociación Civil Sin Fines de Lucro Tiempo de Dar.


Que por lo mencionado y luego de ser promulgada la ordenanza 25.853 se informó desde la Secretaría de Economía y Hacienda que el número correcto de cuenta de la Asociación Civil Sin Fines de Lucro Tiempo de Dar que presenta deuda en concepto de Derechos de Construcción/Tasa por Servicios Técnicos de la Construcción es la cuenta 702.562/8 y no el número de cuenta de la Ordenanza referenciada. Si bien dicha cuenta, la 702.561/1 pertenece a la Asociación Civil Sin Fines de Lucro Tiempo de Dar, las misma no mantiene deuda.


Que atento lo manifestado, se acompaña detalle de deuda y Certificado Catastral de la Asociación Civil Sin Fines de Lucro Tiempo de Dar cuyo número de cuenta es el “702.562/8”


Que asimismo se acompaña detalle de la cuenta 702.561/1 de titularidad de la Asociación Civil Sin Fines de Lucro Tiempo de Dar, la misma no tiene deuda.


Que atento a lo manifestado se pone en consideración la modificación del artículo 1 de la ordenanza N° 25.853, que la totalidad del cuerpo del Honorable Concejo Deliberante aprobó por unanimidad la norma citada, sancionada en fecha 29/11/2022, promulgada en fecha 30/12/2022.


Que por los motivos expuestos, los concejales firmantes proponen para su tratamiento y posterior sanción el siguiente:


ORDENANZA


Artículo 1°.- Modifícase el artículo 1º de la Ordenanza Nº 25.853, referente a la Condonación de la deuda por Derechos de Construcción/Tasa por Servicios Técnicos de la Construcción correspondiente al inmueble ubicado en la calle Castillo 2500 de la ciudad de mar del Plata propiedad de la Asociación Civil sin Fines de Lucro Tiempo de Dar, el que quedará redactado de la siguiente manera:


  Artículo 1º.- Condónase la deuda que en concepto de Derechos de Construcción/Tasa por Servicios Técnicos de la Construcción registra la Cuenta 702.562/8 correspondiente al inmueble ubicado en la calle Castillo Nº 2500 entre Canaro y Palestina del Barrio Parque Palermo de la ciudad de Mar del Plata, identificado catastralmente como Circunscripción IV, Parcela 118M, Partida Inmobiliaria 045-48442 propiedad de la Asociación Civil Sin Fines de Lucro Tiempo de Dar.


Artículo 2°.- De Forma.


AUTORÍA DEL PROYECTO:


Maria Florencia Ranellucci

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