Información de Expediente

2022 - E - 1482
Fecha de Entrada: 02/06/2022
Carátula: Proyecto de ORDENANZA
Iniciador: FRENTE DE TODOS
Autor: CJAL. GUGLIELMOTTI MIGUEL ANGEL
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: AFECTADO POR ARTICULO 32º/2024
Desde: 29/02/2024
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Ordenanza
Modificando el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 20068, mediante la cual se destino un inmueble de dominio privado municipal para la construcción de un centro de salud, un playón deportivo y la sede de la Sociedad de Fomento Quebradas de Peralta Ramos.

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
056 OBRAS Y PLANEAMIENTO 06/06/2022 29/02/2024 art. 32 R.I.
047 LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO 29/02/2024 29/02/2024 art. 32 R.I.
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto
Mar del Plata, 1 de Junio de 2022


A la presidenta del


H. Concejo Deliberante


Sra. Marina Sánchez Herrero


S------------/------------D


VISTO:


“La Ordenanza Nº 20068, en la cual se destina el inmueble de dominio privado municipal ubicado en las calles J. Hernandez, Santiago Daneri, Alvear y Casacuberta, a la construcción de un centro de salud, un playón deportivo y la sede de la Sociedad de Fomento Quebradas de Peralta Ramos.” y;


CONSIDERANDO:


Que en la misma se destina el inmueble de dominio privado municipal denominado catastralmente como: Circunscripción IV, Sección Z, Quinta 167, Parcela 0001, con una superficie de 9641.03 m2 ubicado en calles J. Hernández, Santiago Daneri, Alvear y Casacuberta, a la construcción de un centro de salud, un playón deportivo y la sede de la Sociedad de Fomento Quebradas de Peralta Ramos.


Que los vecinos y vecinas del barrio históricamente han hecho uso de ese predio destinándolo a una plaza. Configurándose como escenario de la vida pública, donde las familias comparten con otros y otras los momentos de esparcimiento.


Que la plaza del barrio Quebradas, inaugurada y nombrada vecinalmente en 2012 como Plaza José Hernández Peralta Ramos, se asume como un espacio social, un lugar de confluencia, capaz de generar respuestas eficientes a las cuestiones barriales que se presentan.


Que la superficie afectada es de gran dimensión, exactamente de 941.03 m2, y no es incompatible con el uso que le están dando en la actualidad los vecinos y vecinas.


Que la ordenanza contempla que parte de ese predio esté destinado a un playón deportivo y bien podría estar acompañado de una plaza.


Que es importante manifestar que la propuesta de modificación aquí solicitada es producto del encuentro con las vecinas y vecinos, quienes requieren nuevas funcionalidades del espacio público, más adaptadas al momento actual, y cuya solución impactará directamente en la calidad de vida de los habitantes locales.


Que la organización del espacio público siempre debe respetar la vida comunitaria, permitiendo una apropiación de los espacios recreativos y naturales, entendiendo que es tarea del Estado Municipal escuchar y tener en consideración las necesidades y las propuestas de la ciudadanía.


Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales y Concejalas del Frente de Todos eleva el siguiente proyecto de:


ORDENANZA


Artículo 1º: Modifíquese el artículo 1º de la Ordenanza Nº 20068, quedando redactado de la siguiente forma:


Artículo 1º: Destínese el inmueble de dominio privado municipal denominado catastralmente como Circunscripción IV, Sección Z, Quinta 167, Parcela 1, con una superficie de 9641.03 m2 ubicado en calles J. Hernández, Santiago Daneri, Alvear y Casacuberta, a la construcción de un centro de salud, la sede de la Sociedad de Fomento Quebradas de Peralta Ramos y a la conformación de un área verde, libre y pública (plaza pública) con playón deportivo.


Artículo 2°. - En virtud del artículo precedente, el Departamento Ejecutivo adecuará la plancheta urbanística determinando la superficie asignada para cada uso, respetando en el mayor grado posible las dimensiones y locación que le ha dado la comunidad.


Artículo 3º.- El Departamento Ejecutivo a través de la Secretaria de Planeamiento desarrollará en el plazo de 120 días un proyecto integral de arquitectura para el espacio verde y el playón deportivo, invitando a participar y opinar a los vecinos en el proceso de diseño.


Artículo 4º: De forma. -

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