Información de Expediente

2021 - E - 1225
Fecha de Entrada: 10/03/2021
Carátula: PROYECTO DE ORDENANZA
Iniciador: FRENTE DE TODOS
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 09/09/2021
Agregado a:
Observaciones:

Antecedentes

Tipo Número Digito Año Cuerpo Alcance Anexo Observaciones
E 1632 0 2021 0 0 0 AUTOMATICO
Proyecto 1: Ordenanza
Encomendando al DE, la inclusión en el sitio web oficial del Municipio de una pieza de campaña digital que combina imágenes y texto con un enlace que redireccione a la dirección virtual https// vacúnatems.gba.gov.ar, página de registro para vacunación, generada por el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires que forma parte del Plan Provincial, Público, Gratuito y Optativo contra el Covid-19.-
Proyecto 2: Comunicación

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
C-5795 27/05/2021
Proyecto 3: Decreto de Archivo

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
D-2541 09/09/2021

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
048 SALUD COMUNITARIA Y DESARROLLO HUMANO 11/03/2021 21/04/2021 aprobado
047 LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO 21/04/2021 17/05/2021 aprobado
048 SALUD COMUNITARIA Y DESARROLLO HUMANO 12/07/2021 28/07/2021 Archivo
047 LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO 28/07/2021 30/08/2021 Archivo
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

Mar del Plata, 8 de marzo de 2021


Al presidente del


H. Concejo Deliberante


Sr. Ariel Martínez Bordaisco


S------------/------------D







VISTO:


    La necesidad de potenciar los mecanismos de difusión del Plan provincial público, gratuito y optativo contra COVID-19; y






CONSIDERANDO:



     Que el 30 de enero de 2020, el Director General de la OMS declaró que el brote del nuevo coronavirus constituía una emergencia de salud pública de importancia internacional (ESPII) en el marco del Reglamento Sanitario Internacional 2005 (RSI 2005) y finalmente el 11 de marzo de 2020 la Organización Mundial de Salud (OMS) declaró el estado de pandemia.



     Que la Organización Mundial de la Salud (OMS) recomienda la vacunación contra la COVID-19 como una herramienta de prevención primaria fundamental para limitar los efectos sanitarios y económicos devenidos de la pandemia.



     Que el desarrollo de vacunas con estas características, su adquisición, distribución y administración supone un reto sin precedentes a nivel mundial; por lo tanto, su adecuada implementación constituye el desafío de vacunación más importante de las últimas décadas para nuestro país.



     Que Argentina cuenta con un sistema nacional de vacunación concebido como una política de estado que busca generar equidad, accesibilidad y cerrar brechas. La vacunación es gratuita y obligatoria para las 19 vacunas que forman parte del Calendario Nacional de Vacunación (CNV), y es el Estado Nacional el responsable de adquirir los insumos necesarios para la vacunación y proveer a las 24 jurisdicciones.



     Que, gracias a la política de inmunizaciones, el país se ha mantenido libre de poliomielitis, rubéola y sarampión, entre otras enfermedades inmunoprevenibles.



     Que el Plan provincial público, gratuito y optativo contra COVID-19 consiste en el plan de vacunación que la Provincia de Buenos Aires puso en marcha para registrar las personas a fin de ser inmunizadas de manera estratégica y transparente.



     Que el Plan provincial público, gratuito y optativo contra el COVID-19 está enmarcado en el Plan Estratégico para la Vacunación contra la COVID-19 en la República Argentina que fue lanzado por el Gobierno Nacional el 23 de diciembre de 2020.



     Que la Provincia de Buenos Aires también incluyó en el mencionado sitio web un sistema para recibir denuncias por irregularidades en la vacunación en la sección "Denuncias por irregularidades en el plan de vacunación" ubicado en la portada, a los fines de poder efectivizarse de manera rápida para que personal especializado evalúe y haga el seguimiento de la irregularidad señalada.



     Que, al día de firma de la presente, se distribuyeron 669.805 de dosis de vacunas contra el COVID-19 en todo el territorio de la Provincia de Buenos Aires y, a partir del registro optativo de vacunación, se registran 3.484.869 de bonaerenses que se inscribieron para vacunarse.


      Que es necesaria la vacunación generalizada para alcanzar la inmunidad colectiva, en la que suficientes personas sean inmunes para evitar que la enfermedad se propague libremente.


      Que el Plan público, gratuito y optativo de la provincia de Buenos Aires, cuenta con un gestor de turnos para que la vacunación sea organizada, ágil y no signifique un riesgo de aglomeración de gente en los puntos de vacunación.



     Que el Municipio de General Pueyrredon cuenta con herramientas para difundir, fomentar e impulsar a que marplatenses y batanenses se inscriban en el registro de vacunación que generó el Ministerio de Salud provincial.



     Que municipios como Avellaneda, La Matanza, Ensenada y Vicente López poseen en sus páginas oficiales la pieza de campaña digital que combina imágenes y texto con un enlace que redirecciona al sitio web del registro del Plan provincial público, gratuito y optativo contra COVID-19.



     Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejalas y Concejales del Frente de Todos eleva el siguiente proyecto de:







ORDENANZA


    Artículo 1º.- Se encomienda al Departamento Ejecutivo, a través de las áreas pertinentes, la inclusión en el sitio web oficial del Municipio de General Pueyrredon de una pieza de campaña digital que combina imágenes y texto con un enlace que redireccione a la dirección virtual https://vacunate.ms.gba.gov.ar, página de registro para vacunación generada por el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires que forma parte del Plan provincial público, gratuito y optativo contra el COVID-19.


    Artículo 2°.- Autorícese al Departamento Ejecutivo a gestionar con el/las área/áreas que corresponda/n la obtención de la pieza de campaña digital que combina imágenes y texto que el Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires diseñó para fomentar y difundir el Plan provincial público, gratuito y optativo contra el COVID-19.


    Artículo 3°.- De forma.



































    ANEXO
































    Pieza de campaña digital que combina imágenes y texto diseñada por el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires para el Plan provincial público, gratuito y optativo contra el COVID-19.








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