Información de Expediente

2021 - E - 1089
Fecha de Entrada: 28/01/2021
Carátula: Proyecto de Ordenanza
Iniciador: ACCION MARPLATENSE
Autor: CJAL. TACCONE HORACIO DANIEL
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 19/08/2022
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Ordenanza
Creando una Mesa de Trabajo Especial para relevar, revisar, analizar, rediseñar y definir un nuevo "Plan Maestro de Seguridad Antisiniestral" para el Parque Industrial Gral. Savio.

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
O-19736 14/07/2022 25622 09/08/2022

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
028 OBRAS, SEGURIDAD Y PLANEAMIENTO 29/01/2021 01/03/2021
056 OBRAS Y PLANEAMIENTO 01/03/2021 08/06/2022 Aprobado
047 LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO 08/06/2022 11/07/2022 Aprobado
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

Mar del Plata, enero de 2021






Señor

Presidente del

Honorable Concejo Deliberante

Su Despacho



VISTO


La necesidad de revisar, fortalecer y diseñar un nuevo Plan Maestro de Seguridad Antisiniestral en el Parque Industrial General Savio del Partido de General Pueyrredon, y




CONSIDERANDO


Que el Parque Industrial local no cuenta en su diseño estructural y urbanístico con una salida alternativa o de emergencia.


Que, a su vez, se ha detectado que no cuenta con bocas hidrantes sobreelevadas y las que están obran tapadas por la vegetación del lugar quedando plasmado ello en la práctica en el último incendio de envergadura que se registró en el Parque en la firma Bonano que no se encontraron a tiempo las bocas debiendo abastecerse de agua para atacar el incendio con las instalaciones hidrantes de la empresa Havanna.


Que la dimensión de los caños que comunican hoy una boca hidrante a otra podrían merecer una revisión técnica para determinar si cuentan con la dimensión necesaria para cubrir las eventualidades siniestrales del Parque, ya que el relevamiento realizado por el Gabriel Zahora, Capitan de Bomberos del distrito de Fortlauderdale en una visita reciente que desarrolló a instancias de su presencia en la ciudad y su concurrencia al Parque invitado por empresarios locales sugirió avanzar en esa línea para en su caso restructurar la instalación existente dotándola de mayor operatividad y funcionalidad.


Que se utiliza el mismo acceso para empleados, transportes en general, transportes de sustancias peligrosas, proveedores, empresarios y visitas al Parque en general hecho que representa un alto nivel de peligrosidad en materia antisiniestral.


Que las fábricas deben poseer a no más de tres metros de acceso a las mismas una caja metálica con frente de vidrio térmico donde se pueda observar las zonas de riesgo de las fábricas para que en caso de incendio, al llegar el personal de asistencias, bomberos, etc..tengan conocimiento del lugar por donde deben acceder y atacar el fuego.


Que por información de empresarios, los 3.000 empleados en una partida reciente en un mismo horario implicó una cola de más de 300 metros lo que implica un alto riesgo de vida en caso de una explosión o incendio en una de las plantas del Parque y sobre todo si ello sucede en una de las plantas cercanas al único acceso y egreso del predio.


Que el Parque no cuenta con una dotación propia de Bomberos (camión, personal, etc) y el más próximo tiene asentamiento en Batán con una dotación de dos personas y un único camión hidrante.


Que no existe fiscalización permanente por parte del Estado Municipal sobre todos los sistemas de seguridad del Parque en general y de las plantas y fábricas en particular.


Que el Plan Antisiniestral del Parque Industrial con formación a cargo de la Dirección General de Defensa Civil Municipal merece hoy una profunda revisión y reformulación para dotar al mismo de las mejores alternativas para los escenarios actuales y futuros de crecimiento del Parque, no solo teniendo en cuenta la última expansión sino los proyectos de desarrollo que se encuentran en Estudio, habiendo alguno de ellos, inclusive, presentado públicamente.


Que el Parque Industrial local no cuenta con una célula de Defensa Civil en cada una de las fábricas coordinadas con el Jefe de Defensa Civil Municipal que determine ante un eventual siniestro los inmediatos cursos de acción a seguir.


Que el Parque cuenta con 35 empresas del rubro alimenticio, una del rubro cereales, una del rubro informático, una del rubro gráfica, tres del rubro maderera, 21 del rubro metalúrgica y construcción, 6 del rubro textil, 12 del rubro polímeros y 10 del rubro químico y farmacéutico, formando un vasto conjunto de 90 empresas en total en la actualidad, hecho que merece una especial consideración con respecto al equipamiento y condiciones de seguridad antisiniestral.


Que si bien en el sitio web oficial del Parque se menciona el ítem seguridad destacando que el mismo cuenta con un Plan y las mejores condiciones, la realidad es que esa manifestación se encuentra desactualizada con los parámetros modernos y actuales en materia de seguridad siniestral.


Que el Parque, a su vez, entre otras carencias además de las antes mencionadas, no cuenta con demarcación relativa a la seguridad vial que debe realizarse con pintura vial reflectiva de tal forma de visualizarla en caso de reducciones de visibilidad por humo u otras circunstancias que puedan desarrollarse ya que en su caso lo único que lo conduce a uno a medios seguros de evacuación son, justamente, las señales en tierra.


Que, entre otros detalles, el acceso y egreso al Parque genera en la estadística siniestral un antecedente alarmante para registrar al menos un replanteo vial que se produzca como consecuencia de un importante relevamiento del sector hecho que evitará a futuro no solo daños materiales sino también lesiones y víctimas fatales.


Que resulta necesario hoy disponer por cuestiones de seguridad de condiciones de admisibilidad al Parque teniendo en cuenta que al ser un espacio público si bien no hay hoy restricciones para visitas particulares, constituye un imperativo antisiniestral abordar esta específica y particular situación en el Plan.


Que incluso hoy habría que definir horarios o nuevas vías de ingreso, egreso y circulación para los transportes de materiales peligrosos y ello debería ser, también, un concepto a revisar del Plan Antisiniestral.


Que el Parque Industrial cuenta con una gran superficie en hectáreas y una importancia significativa para el perfil estratégico de la ciudad lo cual merece la mayor atención por parte del Municipio de General Pueyrredon.


Que para que un Parque crezca de forma sustentable, ordenada y segura es fundamental avanzar en la definición de un Plan Maestro de Seguridad Antisiniestral de forma tal de establecer un esquema de obras de corto, mediano y largo plazo en orden a los aportes que arroje el Plan que indispensablemente hoy requiere de una revisión integral y de un rediseño superador.


Que las posiblidades de expansión y crecimiento del Parque son significativas e importantes para potenciar el desarrollo del mismo y con el incrementar las fuentes de trabajo en Mar del Plata y Batán y para ello el Plan constituye un pilar fundamental.


El Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente




ORDENANZA




ARTÍCULO 1°:Constitúyase una Mesa de Trabajo Especial con el fin de proceder a relevar, revisar,  analizar, rediseñar y definir un nuevo Plan Maestro de Seguridad Antisiniestral para el Parque Industrial General Savio del Partido de General Pueyrredon.


ARTÍCULO 2°:  El Departamento Ejecutivo Municipal convocará e invitará para la realización del Estudio Técnico enunciado en el artículo primero a representantes del Consorcio del Parque Industrial, el Cuerpo de Bomberos local de la Policía de la Provincia de Buenos Aires, el Director del Hospital General de Agudos Oscar Allende, a miembros del Colegio de Ingenieros y Arquitectos de Mar del Plata, además de las Direcciones con competencia afín a la temática del Municipio de General Pueyrredon en un plazo no mayor a los 10 días de sancionada la presente.


ARTÍCULO 3°:  Autorizase al Departamento Ejecutivo a realizar convenios específicos y particulares con Universidades Públicas de Argentina, y especialmente, de Mar del Plata y organismos del Estado Nacional y/o Provincial para enriquecer el trabajo a desarrollar con profesionales con incumbencias concretas en la materia.


ARTÍCULO 4°:  El Departamento Ejecutivo, en el supuesto de analizar la oportunidad y conveniencia de complementar el trabajo con profesionales rentados de organismos universitarios o gubernamentales del Estado realizará las transferencias de partidas presupuestarias que la ocasión requiera para satisfacer las necesidades económicas que esos aportes técnicos requieran.


ARTÍCULO 5°:  De forma.






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