Información de Expediente

2021 - E - 1016
Fecha de Entrada: 11/01/2021
Carátula: Proyecto de COMUNICACIÓN
Iniciador: FRENTE DE TODOS
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 10/06/2021
Agregado a:
Observaciones:

Antecedentes

Tipo Número Digito Año Cuerpo Alcance Anexo Observaciones
E 1447 0 2021 0 0 0 AUTOMATICO
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando al DE informe sobre varios items relacionados con las Ordenanzas Nº 19.059 y 19400 sobre creación y reglamentación de la Comisión de Seguimiento de la Contribución a la Salud Pública y Desarrollo Infantil.

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
5755 08/04/2021
Proyecto 2: Decreto de Archivo

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
D-2525 10/06/2021

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
043 CALIDAD DE VIDA Y SALUD PUBLICA 12/01/2021 01/03/2021
048 SALUD COMUNITARIA Y DESARROLLO HUMANO 01/03/2021 17/03/2021 Aprobado
048 SALUD COMUNITARIA Y DESARROLLO HUMANO 21/05/2021 02/06/2021 Archivo
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

Mar del Plata, 05 de enero de 2021


Al presidente del


H. Concejo Deliberante


Sr. Ariel Martínez Bordaisco


S------------/------------D





VISTO:



La relevancia de la Comisión de Seguimiento de la Contribución a la Salud y Desarrollo Infantil, creada por Ordenanza Nº 19.059, y,



CONSIDERANDO:


Que la Ordenanza 19.059, artículo 2º, incorporó a la Ordenanza Fiscal la Contribución a la Salud Pública y Desarrollo Infantil, por la prestación de los servicios de salud y atención del desarrollo infantil brindados por el Municipio, afectando el producido a la cobertura de la totalidad de las erogaciones que contenga la reglamentación, composición y funciones de la mencionada Comisión.


Que en su artículo 5º, el mentado cuerpo legal crea la Comisión de Seguimiento de la Contribución a la Salud y Desarrollo Infantil, siendo la Ordenanza Nº 19.400 la que aprobó el “Reglamento de Funcionamiento de la Comisión de Seguimiento de la Contribución a la Salud Pública y Desarrollo Infantil”.


Que la Comisión está integrada (con renovación bienal) por un representante de distintas instituciones y/o dependencias estatales, como Sociedad Argentina de Pediatría Filial Mar del Plata, Asociación Bonaerense de Medicina General Filial Mar del Plata, Organizaciones no Gubernamentales de reconocida labor comunitaria en el medio local, Hospital Interzonal General de Agudos “Dr. Oscar Alende”, Hospital Interzonal Especializado Materno Infantil “Don Victorio Tetamanti”, Dirección Provincial de Regiones Sanitarias, Facultad de Ciencias Económicas y Sociales de la Universidad Nacional de Mar del Plata, un representante de la Secretaría de Salud, un representante de Desarrollo Social, un representante de Economía y Hacienda, dos representantes de movimientos sociales que desarrollan acciones destinadas a población con NBI y tres concejales del HCD, cuyo objetivo es monitorear la percepción y afectación de la contribución a la salud pública y desarrollo infantil.


Que el plexo legal aludido establece que la Comisión tendrá como funciones: analizar la efectiva recaudación de la contribución, monitorear la efectiva afectación del recurso a gastos sanitarios de desarrollo social, además de asesorar en asuntos que se propongan desde la Administración Municipal, presidida por un representante de la Secretaría de Salud.


Que la Comisión debe elaborar un informe (art. 7º Ord. 19.400, “Transparencia de la Información”) que dé cuenta de los recursos percibidos, montos no cobrados y la aplicación de dichos fondos a los gastos pertinentes, informando los saldos existentes. El informe debe presentarse en dos fechas, al 30 de junio y 31 de diciembre de cada año.


Que al día de la fecha no nos consta oficialmente ningún dato acerca de la operatividad de la referida comisión, siendo de cabal importancia para la protección y promoción de la salud en el municipio, por lo que hacemos uso de la capacidad del Honorable Cuerpo de requerir informes al D.E. sobre la efectiva aplicación de las ordenanzas sancionadas por el cuerpo representativo de la voluntad vecinal.


Que las ordenanzas de referencia implican una herramienta más para fortalecer la salud pública del Partido, más cuando se tiene en consideración la pandemia producto del COVID-19 y su impacto en todos los frentes de la vida del vecino y vecina-



Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales del Frente de Todos eleva el siguiente proyecto de:



COMUNICACIÓN


Artículo 1.- El Honorable Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo informe, respecto de las Ordenanzas Nº 19.059 y 19.400 sobre creación y reglamentación de la Comisión de Seguimiento de la Contribución a la Salud Pública y Desarrollo Infantil, lo siguiente:


Si la Comisión se encuentra conformada a la fecha. En caso de responder afirmativamente señale:

Nombre de los miembros y su representación.

Si ha realizado reuniones en el año 2020 y su periodicidad.

Si ha presentado los informes del artículo 7 de la ordenanza 19.400.

En caso de responder negativamente al punto A indique los motivos de tal negativa y si tiene proyectado conformar la comisión.


Artículo 2.- Comuníquese.


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