Información de Expediente

2020 - E - 1739
Fecha de Entrada: 24/08/2020
Carátula: PROYECTO DE ORDENANZA
Iniciador: COALICIÓN CÍVICA
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: GIRADO A COMISION
Desde: 27/08/2020
Agregado a:
Observaciones:

Antecedentes

Tipo Número Digito Año Cuerpo Alcance Anexo Observaciones
N 235 0 2022 0 0 0 AUTOMATICO
Proyecto 1: Ordenanza
Incorporando por contrato el servicio de Intérprete de Lengua de Señas Argentinas en las Sesiones Ordinarias y Exptaordinarias del Honorable Concejo Deleberante del Partido de Gral Pueyrrdon.

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
043 CALIDAD DE VIDA Y SALUD PUBLICA 27/08/2020 18/11/2020 SE GIRA A LABOR DELIBERATIVA
013 LABOR DELIBERATIVA 18/11/2020
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto



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                                              BLOQUE DE COALICIÓN CÍVICA ARI MDP




                                                                 Mar del Plata,   24   de agosto de 2020




Sr. Presidente del

Honorable Concejo Deliberante del

Partido de General Pueyrredón

Dr. Ariel Martínez Bordaisco

S                         /                            D




                     Por su intermedio elevo a consideración del Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon el siguiente proyecto de Ordenanza.-


                                                              VISTO


                     Que el colectivo de personas sordas continúan realizando reclamos acerca de la necesidad de contar en los actos públicos del HCD  con el servicio de  Intérprete de Lengua de Señas, para poder ejercer el derecho Constitucional de accesibilidad a la información  y


                                                   CONSIDERANDO


                     Que la Lengua de señas Argentina (LSA)  es utilizada por una parte de la comunidad sorda en nuestro país, permitiéndole ejercitar sus derechos civiles, constitucionales y humanos, tales como el derecho al trabajo, a la cultura, el acceso a la información, entre otros, y desarrollar una vida social más activa.


                    Que si bien la lengua de señas en Argentina es una lengua de minorías, ello no obsta a que deba  ser  relegada y excluida  del seno del HCD, que es fundamentalmente la Institución que debe representar y  escuchar todas  las voces además de trabajar en pos de resolver la problemática de las personas residentes en el Municipio.


                     Que es insoslayable que el Honorable Concejo Deliberante disponga de los recursos humanos necesarios capacitados, idóneos en Lengua de Señas Argentina, para respetar en forma efectiva a las personas sordas que sólo pueden comunicarse e informarse por lengua de señas, con el objetivo primordial de garantizarles la accesibilidad real a los derechos otrora plasmados y declamados en los Instrumentos Internacionales de  jerarquía Constitucional.


                     Que al sólo efecto de respetar el derecho a la igualdad de oportunidades consagrado en nuestra Carta Magna, el CCAri MdP propone el siguiente proyecto de:


                                                   ORDENANZA


Art.1º: Incorpórese por contrato el servicio de Intérprete de Lengua de Señas Argentina en las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias del Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon-Batán-


Art.2º: Los intérpretes brindarán el servicio de Lengua de Señas Argentina  en el recinto del Concejo Deliberante durante las sesiones Ordinarias y Extraordinarias respetando el protocolo sanitario de convocatorias por el Covid-19.


Art. 3º: Comuníquese. De Forma












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