Información de Expediente

2020 - E - 1479
Fecha de Entrada: 04/06/2020
Carátula: PROYECTO DE COMUNICACIÓN
Iniciador: FRENTE DE TODOS
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: COMUNICACIONES A LA ESPERA DE RESPUESTA
Desde: 31/07/2020
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando al DE, informe cuales son los lugares que están habilitados para realizar del PCR, en el marco de la Resolución 730/2020.

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
C 5592 24/07/2020

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
043 CALIDAD DE VIDA Y SALUD PUBLICA 09/06/2020 08/07/2020 aprobado
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto



Mar del Plata, 03 de Junio de 2020


Al Presidente del

H. Concejo Deliberante

Sr. Martínez Bordaisco Ariel

S-------------/-------------D



VISTO: La necesidad de preservar la salud pública de la ciudadanía respetando los derechos y garantías individuales por los cuales debe velar el Estado Municipal,y;


CONSIDERANDO:

Que estamos transitando una emergencia sanitaria en virtud de la pandemia declarada el 11 de marzo del 2020 por la Organización Mundial de la Salud en relación al Coronavirus que implico la adopción de diversas medidas a fin de evitar la propagación del Covid 19.

      Que mediante el Decreto 297/2020 se estableció para todas las personas que habitan en el país o se encuentren en él en forma temporaria, la medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio”.

Que hasta el momento el Presidente Alberto Fernández extendió el aislamiento social, preventivo y obligatorio que rige en todo el territorio argentino hasta el 7 de junio del 2020 mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional 493/2020.

      Que la Resolución Conjunta 3/2020 entre Ministerio de Transporte y Ministerio del Interior autorizar el traslado excepcional de las personas que estén cumpliendo el aislamiento social, preventivo y obligatorio establecido por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/20 y sus respectivas prórrogas, en un domicilio distinto al de su residencia habitual en la REPÚBLICA ARGENTINA y deseen regresar a ésta a través de vehículos particulares.

      Que el Decreto Municipal Nº 634/2020, suspendió el ingreso al Partido de General Pueyrredon, de aquellas personas que tengan por objeto prestar servicios personales, hasta tanto se cumplan con los recaudos establecidos en dicha norma.

      Que mediante los Decretos Nº 636/2020 y Nº 637/2020 se han activado protocolos con respecto a las personas que ingresan a nuestra jurisdicción de las denominadas “zonas de circulación viral activa”.

Que desde el 19 de abril se cerraron los ingresos al Partido General Pueyrredon con controles ubicados en distintos accesos de la ciudad.

      Que los controles están ubicados en la Ruta 2 a la altura de "El Sosiego", en la Ruta 226 a la altura de "El Dorado", en el Camino Viejo a Miramar a la altura de Avenida Antártida Argentina y Chuyantuya, en el km 12 de la Ruta 88, en la Ruta 11 a la altura del peaje de Mar Chiquita y en la Ruta 11 a la altura del Peaje “Las Palomas” Norte.

      Que la Resolución Nº 730/20 de la Secretaria de Salud Municipal dispone las medidas a adoptar, que más abajo se detallan, para los trabajadores de salud, personal técnico y/o de mantenimiento y/o afines a la salud, que ingresen al Partido de General Pueyrredon, tengan o no domicilio en éste. En todos los casos:

      1. Control de temperatura y evaluación clínica al ingresar al Partido de General Pueyrredon.

      2. Certificación del establecimiento o Secretaría de Salud de procedencia, donde conste actividad a realizar o realizada, con fecha cierta de su realización.

      Para aquellos trabajadores de salud procedentes de zonas con circulación viral:

      1. Si se desempeña en establecimientos sanitarios de General Pueyrredon en forma permanente.

      Acreditar mediante prueba serológica (IgG) que la persona estuvo expuesta al coronavirus.

      Si no estuvo expuesta al coronavirus

      Realizar aislamiento obligatorio de 14 días,

      Realizar hisopado nasofaríngeo al día 12º de aislamiento.

      2. Si se desempeña en forma transitoria y excepcional.

      Deberá contar con resultado negativo de PCR obtenida en las últimas 48 horas o realizar PCR en General Pueyrredon a cargo de la Institución donde se desempeña y esperar resultado en aislamiento obligatorio.

      3. Si se desempeña en forma temporal y recurrente.

      Acreditar serología que demuestre si tuvo o no, exposición previa al coronavirus.

      Si no estuvo expuesto al coronavirus:

      Deberá contar con resultado negativo de PCR obtenida en las últimas 48 horas o realizar PCR en General Pueyrredon a cargo de la Institución donde se desempeña y esperar resultado en aislamiento obligatorio.

      Que la PCR (reaccion de polimerasa) es una prueba de laboratorio  que presenta  alta especificidad y es precoz porque se detecta virus en las primeras fases de la infección respiratoria. Esta tecnica son un tipo de pruebas de diagnóstico que se llevan utilizando durante años en diferentes crisis de salud pública relacionadas con enfermedades infecciosas.

      Que la definición de caso sospechoso se encuentra actualizada en la página del Ministerio de Salud de la Nación (https://www.argentina.gob.ar/salud/coronavirus-COVID-19/definicion-de-caso).

      Que el Estado municipal debe trabajar en consonancia con los protocolos de Nación y Provincia para la respuesta ante la contingencia de enfermedad por coronavirus 2019 (COVID-19)

Por todo lo expuesto, los concejales abajo firmantes elevan para su tratamiento y posterior sanción el siguiente proyecto de:


COMUNICACIÓN

Artículo 1°: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon solicita al Departamento  Ejecutivo, a través de la Secretaria de Salud Municipal que informe en relación a la Resolución Nº 730/20 cuales son los lugares que están habilitados para la realización del PCR.

Artículo 2º: Asimismo informe cual es el protocolo que se está utilizando para aquellas personas que no están comprendidas dentro de la Resolución 730/20.

Artículo 3º: Comuníquese, etc.


      .










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