Mar del Plata, 1 de septiembre de 2015
Al Presidente del
H. Concejo Deliberante
Sr. Ariel Ciano
S------------/------------D
VISTO:
La restitución de la identidad de la nieta nº 117 lograda por la
Asociación Abuelas de Plaza de Mayo y;
CONSIDERANDO:
Que el anuncio se produjo el día 31 de agosto del presente año en la
sede de las Abuelas de Plaza de Mayo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
ubicada en la calle Virrey Cevallos 592.
Que la nieta recuperada, de 37 años de edad, es hija de Walter
Dominguez Gladys Castro, nacida durante el cautiverio de su madre en marzo
de 1978.
Que los padres de la nieta recuperada fueron secuestrados el 9 de
diciembre de 1977 en Godoy Cruz, Mendoza, cuando la joven pasaba su sexto
mes de embarazo y desde entonces no se supo nada más de ellos.
Que el 16 de julio del corriente año, la mujer que resultó nieta de
María y Angelina, sobre la que por el momento no se dieron más precisiones,
accedió a realizarse un estudio para establecer su identidad y el jueves
pasado, 27 de agosto, el Banco Nacional de Datos Genéticos informó a la
CONADI que era hija de Walter y Gladys.
Que María Domínguez, madre de Walter y abuela de la nieta recobrada
117, recordó las casi cuatro décadas de búsqueda incansable. “Son 37 años
que estamos esperando esto”, expresó la conmovida abuela y referente de
Madres de Plaza de Mayo en Mendoza.
Que durante la conferencia de prensa, la abuela paterna, María,
recordó el papel de Néstor Kirchner y Cristina Fernández de Kirchner en la
anulación de las leyes de impunidad y el juzgamiento de los acusados por
crímenes del terrorismo de estado, y recordó en contraste que pasaron
"muchos años sin que nadie se ocupara del tema”.
Que, estos anuncios producen una inmensa alegría en quienes apoyamos
la lucha inclaudicable de las Madres y Abuelas de Plaza de Mayo, en defensa
de los derechos humanos.
Que originalmente se identificaron como "Abuelas Argentinas con
Nietitos Desaparecidos", pero la historia y el pueblo las bautizaron
"Abuelas de Plaza de Mayo".
Que Raquel Radío de Marizcurrena, Clara Jurado, María Eugenia
Cassinelli de García Iruretagoyena, Celia Giovanola de Califano, Haydée
Vallino de Lemos, Alicia "Licha" Zubasnabar de De la Cuadra, Leontina
Puebla de Pérez, Beatriz Aicardi de Neuhaus, Eva Márquez de Castillo
Barrios, María Isabel "Chicha" Chorobik de Mariani, Vilma Delinda Sesarego
de Gutiérrez y Mirta Acuña de Baravelle fueron las doce madres-abuelas que
iniciaron la tarea que hasta hoy permitió recuperar 117 nietos.
Que el Estado argentino tardó 28 años en reconocer el trabajo de las
Abuelas y en 2005 promulgó la ley 26.001 sancionada por el Congreso
Nacional en diciembre de 2004, que establece el 22 de octubre como el Día
Nacional del Derecho a la Identidad.
Que el trabajo de las Abuelas de Plaza de Mayo está muy vinculado con
el de la Comisión Nacional por el Derecho a la Identidad (Conadi), creada
en 1992, y del Banco Nacional de Datos Genéticos que permite obtener la
información genética para establecer la filiación familiar.
Que las primeras pericias para determinar la abuelidad y poder
identificar a los menores secuestrados se realizaron en 1984 a pedido de
Abuelas y en 1987 el Congreso Nacional sancionó la ley 23.511 que creó el
Banco Nacional de Datos Genéticos, que funciona en el Hospital Durand.
Que el último logro en materia legislativa de las Abuelas fue en 2009
cuando se sancionaron las leyes que habilitan al juez a ordenar la
extracción de ADN para identificar a hijos de desaparecidos y la que
reconvierte el Banco Nacional de Datos Genéticos en un ente autárquico
dentro de la órbita del Ministerio de Ciencia y Tecnología.
Por todo lo anterior es que el Bloque de Concejales del Frente
Para la Victoria, proponen la aprobación del siguiente proyecto de
COMUNICACIÓN
Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General
Pueyrredon expresa su beneplácito por la restitución de la identidad de la
nieta nº 117 lograda por la Asociación Abuelas de Plaza de Mayo
Artículo 2º.- Envíese copia de la presente a la Asociación Abuelas de Plaza
de Mayo filial Mar del Plata.
Artículo 3º.- Comuníquese, etc.
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Mar del Plata
BLOQUE FRENTE PARA LA VICTORIA
Municipalidad del Partido de General Pueyrredon
Departamento Deliberativo