Información de Expediente

2024 - E - 2034
Fecha de Entrada: 22/10/2024
Carátula: Proyecto de Comunicación
Iniciador: UNION POR LA PATRIA
Autor: CJAL. GARCIA DIEGO ALEJANDRO SEBASTIAN
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVO
Desde: 11/12/2024
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando al Departamento Ejecutivo, evalúe la posibilidad de incluir dentro de las partidarias presupuestarias correspondientes al ejercicio 2025, el servicio de atención de telemedicina en pediatría para aquellos vecinos y vecinas que presenten usuario registrado en la aplicación móvil “Salud MGP” y que residan en barrios dentro del área programática de los C.A.P.S. de la zona norte y de la zona sur-sur del Partido de General Pueyrredon que no cuentan con atención de 24 horas.-

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
048 SALUD COMUNITARIA Y DESARROLLO HUMANO 23/10/2024 11/12/2024 Archivo
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto
Mar del Plata, 22 de octubre de 2024


A la Presidenta del


Honorable Concejo Deliberante


Sra. Marina Sánchez Herrero


S_________/_________D


VISTO


La posibilidad de incorporar el servicio de atención médica de telemedicina para la atención de pediatría, destinado a aquellos vecinos y vecinas que residan en las áreas programáticas de atención de la zona norte y “sur-sur”, dentro de las partidas presupuestarias del ejercicio 2025. Y;


CONSIDERANDO


Que la telemedicina -o telesalud- es una modalidad de atención de la salud que se desenvuelve a través de la conectividad vía internet.


Que este tipo de servicio garantiza el acceso a la atención médica a la distancia, estableciendo el contacto virtual con profesionales de las distintas modalidades de atención.


Que en este caso, la Organización Mundial de Salud (OMS) define a la telemedicina de la siguiente forma: “La Telesalud (incluyendo a la telemedicina) involucra la entrega de servicios de salud usando las TICs, específicamente cuando la distancia es un obstáculo para los servicios de la salud”.


Que en el Municipio de General Pueyrredon, mediante la Ordenanza N°24.904 del año 2020, se convalidó el Contrato N° 722/20 dando acceso a los profesionales de la salud a fines de posibilitar el desarrollo del servicio de telemedicina.


Que durante el año 2020, debido al aislamiento obligatorio en la pandemia del COVID-19, la telemedicina obtuvo un rol fundamental para posibilitar el acceso a la salud en las poblaciones.


Que en Argentina se desarrolló, durante el año 2020, una Plataforma Federal de Telesalud y Comunicación a Distancia impulsada bajo la órbita del Ministerio de Salud de la Nación.


Que el Ministerio de Salud de la Nación comprende las siguientes dimensiones de la telemedicina: “Teleconsultoría (o telemedicina): es la modalidad de atención que a través del uso de canales tecnológicos que permite la resolución de problemas de salud a distancia, en sus dos variantes, de primera y segunda opinión.


Telegestión: la cual permite además llevar a cabo actividades a distancia para trabajar en forma operativa y colaborativa con los diferentes equipos sanitarios, promocionando la vinculación intersectorial e interinstitucional.


Teleducación: consiste en un formato innovador para la formación y educación continua tanto de los equipos de salud como de la comunidad en general a través de las TIC.


Teleinvestigación: es el proceso sistemático, organizado y objetivo destinado a alcanzar nuevos conocimientos fehacientes sobre un hecho o fenómeno, mediado por las TIC.”


Que el Municipio de General Pueyrredon cuenta con 34 Centros de Atención Primaria de Salud, bajo la órbita de la Secretaría de Salud, instalados en los diferentes barrios y zonas de la ciudad.


Que de 34 Centros de Atención Primaria de Salud, solo 6 de ellos cuentan con atención de 24 horas, el CAPS Ameghino, CAPS Playas del Sur, CAPS Batán, CAPS Belgrano, CAPS Centro de Salud N°2 y CAPS La Peregrina.


Que los Centros de Atención Primaria ubicados en las zonas norte y “sur-sur” del Partido cuentan con grandes áreas programáticas de atención.


Que es posible comprender la composición del área programática de atención de los C.A.P.S. de la zona norte en la delimitación de aquellos barrios lindantes con los C.A.P.S. Félix U. Camet, Colonia Barragan y Estación Camet.


Que en este mismo sentido se puede reconocer la composición de la zona programática de atención de los C.A.P.S. de la zona “sur-sur” sobre los barrios lindantes con los C.A.P.S. Colonia Chapadmalal, Playas del Sur y Antártida Argentina.


Que ambas regiones de la ciudad se caracterizan por encarar procesos de crecimiento urbano y poblacional ininterrumpidos en los últimos años.


Que el término “sur-sur” surge como una terminología de los vecinos y vecinas de este sector del Partido de General Pueyrredon en pos de referirse hacia aquellos barrios emplazados en el sector costero de General Pueyrredon delimitado por el barrio Los Acantilados y el Arroyo Las Brusquitas, lindante con el Partido de General Alvarado.


Que por ejemplo, el CAPS Colonia Chapadmalal se encuentra a más de 17 kilómetros de distancia del Centro de Atención Primaria más cercano, el C.A.P.S Playas del Sur.


Que asimismo el CAPS Félix U. Camet se encuentra a más de 8 kilómetros de distancia del Centro de Atención Primaria más próximo, el C.A.P.S. Alto Camet.


Que los reclamos ante la falta de turnos e insumos para la atención primaria en estos Centros es constante, especialmente en los barrios de las zonas mencionadas.


Que es una situación recurrente el hecho de no contar con turnos médicos ni atención de guardia, incluso en los horarios donde curricularmente deberían encontrarse en funciones los Centros de Salud.


Que los vecinos y vecinas de la ciudad, al no encontrar respuesta en las “salitas”, optan por movilizarse hasta los hospitales provinciales H.I.G.A y H.I.E.M.I. para garantizar su atención.


Que en otras instancias, los vecinos y vecinas afectados por esta situación optan por atenderse en localidades vecinas, dadas las ubicaciones lindantes de las zonas norte y sur del Partido de General Pueyrredon con los Partidos de Mar Chiquita y General Alvarado.


Que esta problemática constante termina de impactar negativamente en el funcionamiento de los hospitales provinciales de la ciudad debido a que los mismos terminan destinando y colapsando su capacidad de atención en consultas del primer nivel de cuidado sanitario.


Que en la mayoría de estos casos, las consultas pueden ser resueltas mediante el primer nivel de cuidado, sin la necesidad de que las personas deban de trasladarse grandes distancias hasta los hospitales provinciales.


Que en la zona “sur-sur”, esta situación se profundiza dada la poca accesibilidad en términos de cantidad y frecuencias de líneas de transporte público de pasajeros que puedan conectar a los vecinos y vecinas con los hospitales provinciales.


Que a raíz de esta problemática, surge la posibilidad de poder incorporar el servicio de atención de telemedicina para el servicio de pediatría en los casos donde los Centro de Salud no logren dar respuesta a las demandas surgidas dentro del área programática donde se encuentran instalados.


Que la pediatría representa la segunda especialidad de atención con mayor consultas en la Secretaría de Salud según indica el Boletín Epidemiológico N°5 del año 2024 del Municipio de General Pueyrredon.


Que en el Municipio de General Pueyrredon, según datos aportados por el Censo 2022 realizado por el INDEC[1], más del 84% de los habitantes del Partido cuentan con internet en su hogar y alrededor de 94% cuenta con servicio de internet móvil.


Que el Municipio de Tigre ha implementado el servicio de atención instantánea de telemedicina dentro de su sistema sanitario[2].


Que esta solicitud podría ser utilizada como precedente para que en los próximos ejercicios presupuestarios se pueda incluir la telemedicina dentro de las erogaciones de gastos de la Secretaría de Salud en el primer nivel de atención.


Que a la hora de trabajar sobre la “modernización” de la administración pública deben de contemplarse todas las herramientas que garanticen accesibilidad y brinden una respuesta a través de los nuevos medios que aporta la tecnología a las problemáticas de la comunidad.


Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejalas y Concejales de Unión por la Patria eleva el siguiente proyecto de:


COMUNICACIÓN


Artículo Nº1.- El Honorable Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo evalúe la posibilidad de incluir dentro de las partidarias presupuestarias correspondientes al ejercicio 2025, el servicio de atención de telemedicina en pediatría para aquellos vecinos y vecinas que presenten usuario registrado en la aplicación móvil “Salud MGP” y que residan en barrios dentro del área programática de los C.A.P.S. de la zona norte del Partido de General Pueyrredon que no cuentan con atención de 24 horas:


a)  C.A.P.S. Félix U. Camet.


b)  C.A.P.S. Estación Camet.


c)  C.A.P.S. 2 de Abril.


d)  C.A.P.S. Alto Camet.


e)  C.A.P.S. Colonia Barragan.


Artículo Nº2.- Asimismo, se requiere al Departamento Ejecutivo evalúe la posibilidad de incluir dentro de las partidarias presupuestarias correspondientes al ejercicio 2025, el servicio de atención de telemedicina en pediatría para aquellos vecinos y vecinas que presenten usuario registrado en la aplicación móvil “Salud MGP” y que residan en barrios dentro de la zona ”sur-sur” del Partido de General Pueyrredon:


a)  La Arboleda.


b)  Playa Los Lobos.


c)  Playa Chapadmalal.


d)  Santa Isabel.


e)  San Eduardo de Chapadmalal.


f)  El Marquesado.


g)  San Eduardo del Mar.


Artículo Nº3.- Comuníquese, etc.


AUTORÍA:


ADHERENTES:


[1] Censo 2022: el 91% de las casas de Mar del Plata tiene agua por red y el 84% accede a internet


https://www.lacapitalmdp.com/censo-2022-el-91-de-las-casas-de-mar-del-plata-tiene-agua-por-red-y-el-84-accede-a-internet/#:~:text=mayo%20de%202023-,Censo%202022%3A%20el%2091%25%20de%20las%20casas%20de%20Mar%20del,est%C3%A1n%20habitadas%20por%20sus%20due%C3%B1os.


[2] Telemedicina: Salud en el instante Atención instantánea


https://www.tigre.gob.ar/salud/telemedicina

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