Información de Expediente

2022 - E - 1480
Fecha de Entrada: 02/06/2022
Carátula: Proyecto de Resolución
Iniciador: CONCEJAL
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTO DE CONCEJAL
Estado: ARCHIVADO
Desde: 24/01/2023
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Resolución
Declarando de Interés del HCD, el XII Encuentro Nacional de la Red Argentina del Paisaje, a realizarse los días 9, 10 y 11 de septiembre del cte.

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
R-4867 09/06/2022

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
049 EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA E INVESTIGACIÓN 02/06/2022 07/06/2022 Aprobado
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto
Mar del Plata, mayo de 2022


Sra. Presidenta


Honorable Concejo Deliberante


Dra. Marina Sánchez Herrero


VISTO


La realización del XII Encuentro Nacional de la Red Argentina del Paisaje los días 9, 10 y 11 de septiembre en nuestra ciudad, y;


CONSIDERANDO


Que dicho encuentro contará con la participación de responsables de la Red Argentina del Paisaje, miembros de los diferentes Nodos e invitados extranjeros;


Que la Red Argentina del Paisaje es una forma asociativa tejida por intereses comunes. Está desplegada por grupos de interés que actúan a modo de nudos de la red (nodos) que se constituyen en función de necesidades concretas y motivaciones genuinas;


Que la complejidad de nuestra sociedad y las variadas características socioculturales de la geografía de nuestro país, nos obligan a actuar de manera local sin perder el contacto con lo global;


Que la intención del modelo organizativo de la Red es potenciar los intereses reales es potenciar los intereses reales y concretos por los y concretos por los que se requiere agruparse, pero al mismo tiempo evitar o minimizar los conflictos de disputa de poder, liderazgos forzados o protagonismo;


Que cada grupo funciona como grupo base de la red y es el espacio del que hay que formar parte para ser miembro ya que no se permiten miembros individuales;


Que en el mes de octubre de 1983 se realizaron las Primeras Jornadas Nacionales sobre Paisaje en nuestro país. En ellas se definió el paisaje como “el espacio vital donde la sociedad se relaciona con la naturaleza, con sus connotaciones económicas, políticas y sociales”;


Que la Red Argentina del Paisaje tuvo su primer encuentro nacional en el año 2008 en la ciudad de Rosario, estableciendo los siguientes objetivos:


-   Crear espacios de construcción y formación colectiva


-   Fortalecer y desarrollar un saber propio sobre el paisaje y la sociedad en todas las regiones que conforman nuestro territorio nacional


-   Articular y establecer relaciones de cooperación con otras redes similares


-   Gestionar sobre las incumbencias profesionales


-   Potenciar un intenso intercambio académico de enseñanza e interconsultas


-   Demandar una gestión responsable en el manejo del paisaje


-   Ser un foro permanente de discusión en todos aquellos temas relacionados con el paisaje, tanto como patrimonio natural como cultural, donde se despliegan conjuntamente, tanto la intencionalidad humana como los procesos biológicos y físicos de la naturaleza.


Que la realización del Encuentro Nacional de la RAP en la ciudad de Mar del Plata es una ocasión para difundir su tarea, su historia y específicamente las acciones que desarrolla el Nodo General Pueyrredon;


Que Mar del Plata se instala como ciudad anfitriona de encuentros, congresos y convenciones que la posicionan como destino turístico;


Por todo lo expuesto el bloque de concejales de Acción Marplatense eleva el siguiente proyecto de


RESOLUCIÓN


Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante declara de su interés el XII Encuentro Nacional de la Red Argentina del Paisaje que se realizará en la ciudad de Mar del Plata los días 9, 10 y 11 de septiembre de 2022.


Artículo 2º.- Entréguese copia de la presente a las autoridades de la Red Argentina del Paisaje.


Artículo 3º.- De forma.-

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