Información de Expediente

2021 - E - 2111
Fecha de Entrada: 16/11/2021
Carátula: PROYECTO DE ORDENANZA
Iniciador: BLOQUE CREAR JUNTOS
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: GIRADO A COMISION
Desde: 19/11/2021
Agregado a:
Observaciones:

Antecedentes

Tipo Número Digito Año Cuerpo Alcance Anexo Observaciones
G 63474 0 2024 0 0 0 EX-2024-00063474- -MUNIMDP-DA#SLTH
Proyecto 1: Ordenanza
Creando en el ámbito del Partido de Gral. Pueyrredon, el "Programa de Capacitación de Reanimación Cardiopulmonar (RCP)" obligatoria para todos los que trabajan en entidades deportivas públicas y privadas del municipio.-

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
027 DEPORTES Y RECREACIÓN 19/11/2021 27/04/2022 Aprobado
048 SALUD COMUNITARIA Y DESARROLLO HUMANO 27/04/2022 10/06/2022 aprobado
047 LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO 10/06/2022
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto
Mar del Plata, 15 de Noviembre del 2021


Sr. Presidente


Honorable Concejo Deliberante


Dr. Ariel Martínez Bordaisco


S / D


VISTO:


La necesidad de que quienes trabajan en el ámbito deportivo estén capacitados teórica y técnicamente, de manera obligatoria, en primeros auxilios y reanimación cardiopulmonar y;


CONSIDERANDO:


Que las personas que realizan primeros auxilios y reanimación cardiopulmonar son un eslabón entre el paciente y el equipo de salud.


Que las maniobras de reanimación cardiopulmonar consisten en una seria de sencillas técnicas con las cuales se pueden salvar muchas vidas.


Que, si todos supiéramos identificar estas situaciones, pedir ayuda y realizar las maniobras de resucitación cardiopulmonar básica, se lograría reducir en gran medida el número de personas que fallecen o el riesgo de secuencias neurológicas que ocurren como consecuencia de la ausencia de oxigenación cerebral.


Que las posibilidades de supervivencia de una persona que padece un paro cardiorrespiratorio aumentan en un 70% si se actúa antes de que lleguen los equipos de emergencias.


Que el objetivo de este proyecto es poder capacitar a quienes trabajen en el ámbito del deporte y que ante un episodio de este tipo poder comenzar la reanimación cardiopulmonar (RCP) durante los cuatro primeros minutos, para que los órganos del paciente, sobre todo el cerebro, no se encuentren dañados cuando se presente la ambulancia.


Que la inmensa cantidad de paros cardiacos se producen lejos de un hospital y generalmente no suele haber personal sanitario que pueda dirigir la reanimación.


Que en casi todos los casos tras un paro ocurre la muerte, a menos que el ritmo normal se restablezca en pocos minutos. En estos eventos, el primer auxilio es prestado por las personas más cercanas, habitualmente no entrenadas.


Que es por ello que la comunidad toma un rol protagónico en la cadena asistencial y forma parte del sistema de atención pre-hospitalario, voluntario o involuntariamente.


Que el 20% de las personas que sufren un paro y llegan al hospital, sobreviven sin secuelas si se les realiza una reanimación básica.


Que la mitad de la población adulta reconoce no saber identificar correctamente un paro cardiorrespiratorio.


Que las maniobras varían en adultos y niños.


Que la muerte súbita es un fallecimiento que no se espera y no presenta síntomas previos, por lo que quien lo sufre no suele estar en un hospital o una farmacia para poder ser atendido.


Que la muerte súbita es la tercera causa de muerte.


Que la intervención de la población general que presencie una de estas situaciones es fundamental para iniciar la cadena de supervivencia y lograr salvar vidas.


Que lo más importante es actuar rápido, ya que desde los primeros minutos empieza a haber daños irreversibles y la única solución para evitar estos daños es actuar de la manera más rápida posible.


Que la reanimación no debe depender única y exclusivamente del sistema sanitario, ya que si todos ponemos nuestro grano de arena siguiendo los pasos de la cadena de supervivencia se pueden salvar muchas vidas.


Que por cada minuto que se pasa sin que se comiencen a practicar las técnicas de RCP, las posibilidades de sobrevivir sin secuelas disminuyen un 10%.


Que la cadena de supervivencia es el conjunto de acciones sucesivas y coordinadas que permite resucitar a las víctimas de un paro cardiaco. Que está constituida por una serie de eslabones que son fundamentales para que sea eficaz. No puede haber un eslabón débil.


Que los pasos de la cadena de supervivencia son:


1.  Comprobar si la persona está consciente y respira


2.  Si no respira llamar al servicio sanitario.


3.  Practicar las maniobras de RCP


4.  Pedir a una tercera persona que localice el desfibrilador mas cercano.


5.  Seguir las instrucciones del desfibrilador para aplicar las descargas


6.  Continuar con las maniobras de RCP hasta que llegue la ambulancia.


Que todos los pasos de la cadena de supervivencia deben ser ejecutados son escrupulosa precisión para mejorar el pronóstico de la víctima.


Que el paro cardiaco puede suceder en cualquier momento y a cualquier persona.


Que los expertos han repetido en muchas ocasiones que es vital garantizar la presencia de desfibriladores y la educación de la sociedad para garantizar los primeros eslabones a las víctimas.


Que es necesario disponer de todos los elementos para fortalecer en la comunidad una completa y efectiva cadena de supervivencia y así reducir al máximo las muertes y discapacidades de victimas de in pardo cardiaco súbito.


Que en el caso del deporte adquiere especial importancia porque el ejercicio intenso podría desencadenar en un paro cardiaco.


Que las instalaciones y los clubes reúnen en un mismo punto a muchos posibles candidatos a un paro cardiaco.


Que los deportistas y el personal a cargo de las instalaciones son una población favorable y proactiva para el aprendizaje de estas maniobras y medidas de resucitación.


Que todo centro deportivo o club debería tener un plan de actuación urgente, idealmente escrito que garantice a las victimas la mejor atención.


Que es importante que el plan incluya la anticipación y reconocimiento inmediato del paro, el contacto inmediato con el servicio médico de emergencias, RCP básica de calidad y formación del personal que atiende en las instalaciones.


Que la muerte súbita en el deporte es aquella que se produce de manera inesperada durante la práctica deportiva o hasta una hora después de finalizarla, por causa natural, no traumática ni violenta, en una persona con aparente buen estado de salud.


Que la incidencia es mayor en deportistas debido a las exigencias que provoca el aumento de la frecuencia cardiaca, tensión arterial y contractilidad del corazón, lo que produce un aumento de la demanda de oxígeno, los cambios ambientales extremos a los que se enfrentan algunos deportistas e incluso el propio estrés emocional de la competición.


Que la función principal de este programa es acortar la brecha de tiempo entre la demanda de auxilio y la atención del paciente en paro cardiaco.


Por lo anteriormente expuesto, los abajo concejales firmantes elevan para su tratamiento y posterior sanción el siguiente proyecto de:


ORDENANZA


ARTICULO 1°: Créese en el ámbito del Partido de General Pueyrredon el programa de capacitación de reanimación cardiopulmonar (RCP) obligatoria para todos los que trabajen en entidades deportivas públicas y privadas del municipio


ARTICULO 2°: Autoridad de aplicación


Serán autoridad de aplicación de la presente norma el Ente Municipal de Deportes y Recreación (EMDER) y la secretaria de salud.


ARTICULO 3º: Objeto del Programa


El objeto del programa será brindar herramientas de apoyo y capacitación a profesores de educación física y deportiva, directores técnicos, entrenadores, asistentes y auxiliares que trabajen en entidades deportivas públicas y privadas del Municipio de General Pueyrredon como así también sus dirigentes.


ARTICULO 4º: aplicación del programa


Las capacitaciones se llevarán a cabo anualmente de manera obligatoria para todas aquellas personas que se desempeñen en el ámbito deportivo en entidades públicas y privadas.


El municipio dictará las capacitaciones de manera gratuita con el fin de que todas aquellas personas que se inserten en el ámbito deportivo puedan acceder al mismo.


ARTICULO 5°: comuníquese, etc.

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