Información de Expediente

2021 - E - 1994
Fecha de Entrada: 20/10/2021
Carátula: Proyecto de ORDENANZA
Iniciador: UNION CIVICA RADICAL
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: GIRADO A COMISION
Desde: 22/10/2021
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Ordenanza
Autorizando al Departamento Ejecutivo que en virtud de lo determinado en el Artículo 17º de la Ley Nº 10233 proceda a denunciar el Convenio celebrado el 31 de agosto de 1984 entre la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad, y a la liquidación del Ente Administración Punta Mogotes y su restitución de administración, uso y explotación a la Municipalidad de Gral. Pueyrredon.

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
006 TURISMO 22/10/2021
047 LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO
002 HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTAS
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto


  Mar del Plata, Miércoles 20 de Octubre de 2021


Sr. Presidente del


Honorable Concejo Deliberante



Dr. Ariel Martinez Bordaisco


S                      /                         D.






VISTO


      Que el 28 de mayo de 2015 se aprobó por unanimidad la ordenanza Nº 16525 promulgada bajo el Nº 22232 facultando al Departamento Ejecutivo a denunciar el convenio suscripto con la Provincia de Buenos Aires con fecha 31 de agosto de 1984, e iniciar las gestiones para que la ciudad recupere el complejo de Punta Mogotes y,




CONSIDERANDO


      Que con sus 2,5 kilómetros de playas, una superficie de 930 mil metros cuadrados y sus 24 balnearios, Punta Mogotes permanece desde 1984 bajo la órbita provincial.


      Que en mayo de 2015 fue aprobada la ordenanza 22.232, mediante la cual se facultó al Departamento Ejecutivo, conducido en aquel entonces por Gustavo Pulti, a que denuncie el convenio suscripto por la Provincia el 31 de agosto de 1984, en función de lo dispuesto por el artículo 17 del convenio ratificado por la ley 10.233.


      Que en el anexo de la mencionada Ley en su artículo 1 crea la Administración Punta Mogotes en carácter de entidad pública interjuridiccional con personalidad jurídica propia, determinando que su relación con el Poder Ejecutivo Provincial se mantendrá por el intermedio del Ministerio de Economía. Sus relaciones con el Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de General Pueyrredon se mantendrán a través de la Secretaria de Gobierno. La participación en la titularidad del patrimonio de la Administración Punta Mogotes es del 70% por la Provincia de Buenos Aires y el 30% por la Municipalidad de General Pueyrredon. La entidad se hará cargo del activo, pasivo, derechos y obligaciones del ente denominado “Proyectos Especiales de Mar del Plata Sociedad de Estado”


      Que en su Artículo 3 determina como objeto la administración conservación y explotación, por si o a través de concesionarios del Complejo Balneario Punta Mogotes, el que se compone por 24 balnearios, una laguna, 6 restaurantes y 10 kioscos


      Que en su Artículo 4 la faculta a declarar por si la caducidad de las concesiones de las unidades mencionadas y pudiendo ejecutar también por si los actos administrativos que declaren caducidades


      Que en el Artículo 17 inciso 5to las partes se obligan a denunciar el presente convenio una vez extinguidas las deudas que el ente denominado “Proyectos Especiales de Mar del Plata Sociedad de Estado” contrajera con el Banco de la Provincia de Buenos Aires y la totalidad de las obligaciones que le correspondan a la Administración Punta Mogotes.


      Que el acuerdo firmado por el intendente Ángel Roig (UCR) planteaba la caducidad del acuerdo “una vez extinguidas las deudas que Proyectos Especiales de Mar del Plata -el ente que administraba Mogotes- contrajera con el Banco de la provincia de Buenos Aires y la totalidad de las obligaciones que le correspondan a la Administración de Punta Mogotes (APM)”.


      Que la salida jurisdiccional fue la solución al conflicto financiero que atravesaba en aquel entonces la  nombrada entidad municipal, que adeudaba unos 50 millones de dólares, según detalló en 2015 el concejal José Cano, quien en 1984 se desempeñaba como Secretario de Hacienda.


      Que habiendo transcurrido 37 años desde la firma del convenio, se considera extinguida la deuda del ente con el Banco de la Provincia de Buenos Aires.


      Que si bien General Pueyrredon cuenta con un 30% de la titularidad del Complejo de Punta Mogotes y un representante en el Consejo de Administración, integrado por otros dos miembros designados por el gobierno provincial, en rigor las decisiones son tomadas por la gestión bonaerense.


      Que en octubre de 2016 el Honorable Concejo Deliberante volvió a pronunciarse, en esta oportunidad en base a una iniciativa del concejal Mario Rodríguez. En el mismo se formuló un pedido de informes al entonces intendente Carlos Arroyo, a fines de dar cuenta sobre las gestiones llevadas adelante, y una comunicación a la gobernadora Eugenia Vidal para que, en tanto se  inicie el proceso de municipalización, se designe al frente de la Administración de Punta Mogotes (APM) a un representante municipal.


      Que más allá del reclamo por la municipalización que unificó en varios momentos al conjunto de la política marplatense, en concreto las respuestas y los protagonistas con poder de decisión nunca estuvieron a la altura de las circunstancias.


      Que es de vital importancia lograr la municipalización del complejo turístico más importante de la ciudad, a fines de darle un vuelo diferente, ampliando inversiones, ofertas y lograr de esta manera su funcionamiento durante todo el año.


      Por todo lo expuesto, la concejal Vilma Baragiola y abajo firmantes, elevan el siguiente proyecto de:




PROYECTO DE ORDENANZA


Artículo 1º.- Autorizase al Departamento Ejecutivo que en virtud de lo determinado en el Articulo 17 de la Ley 10.233 proceda a denunciar el convenio celebrado el 31 de Agosto de 1.984 entre la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de General Pueyrredon, y a la liquidación del Ente Administración Punta Mogotes y su restitución de administración, uso y explotación a la Municipalidad de General Pueyrredon.


Artículo 2º.- De forma


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BLOQUE UNIÓN CÍVICA RADICAL






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