Información de Expediente

2021 - E - 1748
Fecha de Entrada: 09/08/2021
Carátula: Proyecto de ORDENANZA
Iniciador: ACCION MARPLATENSE
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 08/08/2022
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Ordenanza
Creando el Programa Educativo de Tenencia Responsable de Mascotas y respeto a la vida animal en el Partido de Gral. Pueyrredon.

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
O-19716 24/06/2022 25585 08/07/2022

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
049 EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA E INVESTIGACIÓN 10/08/2021 17/05/2022 Aprobado
047 LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO 17/05/2022 13/06/2022 Aprobado
002 HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTAS 13/06/2022 22/06/2022 Aprobado
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

Mar del Plata, agosto de 2021

Sr. Presidente

Honorable Concejo Deliberante

Dr. Ariel Martínez Bordaisco


VISTO

La Ordenanza 22031 que establece el Reglamento para la Tenencia Responsable de Mascotas, y;


CONSIDERANDO

Que en el ámbito del Honorable Concejo Deliberante se conformó la Comisión para la aplicación de la Ordenanza 22031 sobre Tenencia Responsable de Mascotas;


Que la superpoblación canina y felina es un problema creciente en ámbitos urbanos y rurales de todo el país y requiere de un esfuerzo especial de la comunidad educativa para abordar acciones tendientes al control de la misma a través de la transmisión de nuevos saberes y la generación de cambios actitudinales;


Que el objetivo debe ser generar conciencia en la población acerca del respeto y cuidado para con los animales, velar por su vida, el bienestar, la salud y la preservación de toda especie animal; fomentar el conocimiento del mundo animal promoviendo la participación y organización ciudadana; garantizar las condiciones necesarias de hábitat, trato, cuidado, nutrición, prevención y cura de enfermedades con manejo responsable y prevenir, erradicar y sancionar malos tratos y actos de crueldad para con los animales;


Que se reconoce internacionalmente a los animales de todas las especies como seres dotados de sensibilidad, merecedores de respeto y tutela de conformidad con la Declaración Universal de los Derechos del Animal, aprobada por la Organización de las Naciones Unidas (ONU);  


Que de ello se infiere que en la actualidad el derecho al bienestar de los animales ha sido aceptado y se consagra, al menos, como umbral irreductible-.


Que Sandra, la famosa orangutana, ha sido un ícono para despertar la conciencia de doctrinarios, jueces y legisladores, en cuanto ha sido declarada “persona no humana”.


Que  se han estudiado los beneficios que aportan los perros y los gatos  en la infancia, en cuanto juegan un rol importante contribuyendo en el desarrollo educativo y social; tener una mascota obliga a los niños y niñas a asumir responsabilidades y a aprender valores como el respeto por los demás, aumenta su autoestima y mejora su integración en la familia.


Que  los animales desarrollan en la niñez la capacidad de cuidar de alguien y fomentan el sentimiento de competencia y seguridad: los dos indispensables a desarrollar en el primer ciclo de la vida del niño para conseguir su correcto equilibrio emocional.


Que las personas que durante su niñez han tenido contacto con un animal de compañía aprenden valores como la compasión y la empatía, importantes para mantener una relación interpersonal positiva con otras personas.

Que la relación con los perros o los gatos ejerce como estabilizador de la conducta infantil, contribuye a fomentar la alegría y a eliminar la tristeza así como a disminuir los miedos que son normales en la infancia.

Que están probadas las terapias  en las que se interviene con  animales, ya que se crea la oportunidad de un vínculo con otro ser viviente que permite explorar distintos sentimientos y emociones, así como también el desarrollo de pautas psicomotrices y habilidades sociales.


Que se han  puesto en práctica iniciativas en varias ocasiones, por parte de ONGs de charlas sobre Tenencia Responsable de Mascotas, para alumnos de nivel inicial y primario, con el fin de sensibilizar sobre los que significa cuidar y atender, de manera responsable, a los animales que están a su cargo;

Que si bien esta tarea es de mucha importancia no se encuentra sistematizada y depende de la buena voluntad de los actores de la sociedad civil y de los establecimientos educativos;


Que las modificaciones en los hábitos y conductas de una sociedad se logra a través de la educación y concientización, las que resultan más efectivas a temprana edad, modificando los comportamientos, en este caso, respecto de la tenencia de mascotas y el maltrato animal;


Que los niños y niñas son agentes multiplicadores que pueden difundir la información en su hogar, familia y sus pares;


Que independientemente de las posibilidades de acceder a turnos de castración gratuitos ofrecidos desde el municipio, es fundamental crear conciencia acerca de la importancia de las castraciones para evitar la superpoblación de animales que luego terminan abandonados en las calles de la ciudad;

Que las organizaciones de proteccionistas realizan una gran tarea rescatando perros y gatos que han sido abandonados, pero no resulta nunca suficiente en tanto no se pueda avanzar con el control poblacional necesario;


Que también resulta fundamental concientizar acerca de la importancia de la adopción de mascotas y la responsabilidad que conlleva;


Que el objetivo debiera ser presentar a jóvenes y niños una visión más participativa de problemas que competen a todos, así como demostrar la importancia y la manera en que los ciudadanos pueden asumir el compromiso con el ambiente y la situación de los animales;


Que la Ordenanza 22031establece en su artículo 51º que “El Centro Municipal de Zoonosis, organizará programas permanentes de educación y promoción de la salud, de los cuales serán partícipes las escuelas y la población en general, utilizando los medios de difusión más adecuados, a los efectos de lograr la concientización de la población para ejercer una tenencia responsable de mascotas”

Que en el artículo 52º establece que “Se implementarán campañas anuales por medios masivos de comunicación, destinada a diferentes grupos etarios y sociales, a fin de fomentar el concepto de tenencia responsable de mascotas y demás normas de sanidad y de seguridad en relación a las mascotas y prevención de enfermedades zoonóticas. Asimismo se establecerá el Día de las Mascotas el cual servirá para tratar el tema en las escuelas y espacios públicos”

Que en el artículo 53º se establece que “Según lo establecido en el artículo anterior, el Centro Municipal de Zoonosis podrá realizar convenios con ONGs para ejecutar estas campañas de difusión e intervenciones en el ámbito escolar, de manera conjunta y/o con otras instituciones estatales o privadas, que tengan entre sus objetivos programáticos la educación en Tenencia Responsable o actividades de extensión a la comunidad, como por ejemplo, la Terapìa Asistida con Animales (T.A.C.A)


Que por medio del Decreto Nacional 1088/2011 se creó el Programa Nacional de Tenencia Responsable y Sanidad de Perros y Gatos, en el marco del cual se elaboró una Guía sobre Tenencia Responsable de Perros y Gatos, que tiene como propósito difundir entre los docentes de Educación Primaria pautas básicas sobre bienestar animal, tenencia responsable y sanidad de perros y gatos;


Por todo lo expuesto el Bloque de Concejales de Acción Marplatense eleva el siguiente proyecto de


ORDENANZA

Artículo 1º: Crease el Programa Educativo de Tenencia Responsable de Mascotas y respeto a la vida animal en el Partido de General Pueyrredon que tendrá por objetivos los siguientes:

Capacitar a los docentes sobre derecho animal, legislación vigente respecto del maltrato animal, salud animal y enfermedades zoonóticas

Propiciar material bibliográfico, didáctico, pedagógico e informativo sobre la Tenencia Responsable de Mascotas en todas las instituciones educativas municipales y en aquellas que lo requieran.

Promocionar campañas de difusión sobre temáticas del compromiso y la responsabilidad de los niños, respecto al cuidado de sus animales y animales sin hogar.

Coordinar acciones con distintos organismos públicos, privados y no gubernamentales que por su naturaleza y fines puedan contribuir con la consecución de los objetivos

Capacitar de forma permanente a todos los agentes involucrados en el programa.


Artículo 2º: El Programa Educativo de Tenencia Responsable de Mascotas y respeto a la vida animal será coordinado por la Secretaría de Educación, con el asesoramiento permanente de la Dirección de Protección Sanitaria y la Comisión de Seguimiento para la aplicación de la Ordenanza 22031 sobre Tenencia Responsable de Mascotas.


Artículo 3º: El Programa operará en todos los establecimientos educativos municipales y se invitará a participar del mismo a los establecimientos de gestión provincial y privada.


Artículo 4º: El Programa se organizará a partir de dos componentes:

Sensibilización y capacitación

Se incorporará a la currícula escolar una unidad o taller sobre la enseñanza de la tenencia responsable de mascotas y el respeto a la vida animal, con la implementación de actividades de capacitación a cargo de un equipo interdisciplinario que planificará las estrategias educativas como actividades de difusión y promoción del programa en la comunidad educativa.


Promoción y difusión

Se establecerán actividades culturales y creativas con el fin de difundir en la comunidad el significado de la tenencia responsable de mascotas y el respeto a la vida animal en una sociedad. Para ello podrán elaborarse piezas de difusión por parte del ejecutivo municipal e incorporar concursos en los establecimientos educativos para promover material gráfico, escrito o audiovisual que se comunicará a través de diversos medios de comunicación y redes sociales.


Artículo 5º: Para la aplicación del presente programa la Secretaría de Educación desarrollará guías o manuales para los docentes en soporte impreso y/o digital, con el asesoramiento de la Dirección de Protección Sanitaria. Se privilegiará en la compra de material bibliográfico de las bibliotecas escolares municipales la adquisición de textos/cuentos que promuevan el buen trato a los animales.


Artículo 6º: El Departamento Ejecutivo dispondrá las partidas presupuestarias necesarias para la ejecución de la presente ordenanza.


Artículo 7º: Comuníquese.-



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