Información de Expediente

2021 - E - 1223
Fecha de Entrada: 09/03/2021
Carátula: PROYECTO DE DECRETO
Iniciador: CONCEJAL
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTO DE CONCEJAL
Estado: ARCHIVADO
Desde: 06/07/2021
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Decreto
Convocando a una Jornada de Trabajo, que se llevará a cabo en forma presencial y telemática, a fin de tratar la problemática del maltrato animal y la elaboración de un protocolo de acción interdisciplinaria para el cumplimiento de la Ord. nº 22031, (Reglamento para la tenencia responsable de mascotas).-

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
D-2529 24/06/2021
Proyecto 2: Decreto Ad Referendum

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
DP-118 14/05/2021

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
048 SALUD COMUNITARIA Y DESARROLLO HUMANO 10/03/2021 21/04/2021 aprobado
047 LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO 21/04/2021 14/05/2021 Decreto de Presidencia
047 LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO 17/05/2021 17/05/2021 APROBADO
048 SALUD COMUNITARIA Y DESARROLLO HUMANO 17/05/2021 16/06/2021 Aprobado
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto







Mar del Plata, marzo de 2021

Sr. Presidente

Honorable Concejo Deliberante

Dr. Ariel Martínez Bordaisco


VISTO

El trabajo realizado por la Comisión de Seguimiento para la aplicación de la Ordenanza Nº 22031 sobre Tenencia Responsable de Mascotas, y;


CONSIDERANDO


Que dicha ordenanza establece el Reglamento para la Tenencia Responsable de Mascotas, disponiendo que los propietarios, poseedores o tenedores de mascotas, tienen la obligación de mantenerlos en condiciones higiénico-sanitarias de bienestar y seguridad, adecuadas a su especie y raza; además de brindar alojamiento, agua limpia suficiente y alimentación, debiéndolos someter a la profilaxis de las enfermedades zoonóticas que se establezcan como obligatorias por la autoridad de aplicación;


Que la ordenanza dispone que los dueños, poseedores y tenedores de mascotas deben tomar en consideración prohibiciones como las siguientes: los animales de compañía no podrán tener como alojamiento habitual balcones, terrazas ni vehículos, habitaciones sin ventilación o espacios que no garanticen la salud del animal, evitando además lugares sin luz o en condiciones climáticas inadecuadas. Solo se mantendrán sujetos en un lugar por causas justificadas y durante un espacio de tiempo limitado, previendo un sistema de sujeción que permita su movimiento, protegiéndolos de los factores climáticos excesivos, con un refugio adecuado contra lluvia, frio y calor;


Que también se establece que quien resulte dueño, poseedor o tenedor de animales deberá abstenerse de abandonar animales en la vía pública, someterlos a trabajos inadecuados en cuanto a las características de los animales y a las condiciones higiénico-sanitarias o someterlos a peleas y/o a toda otra actividad que ponga en riesgo la vida de los animales;






Que se multiplican las denuncias por casos de maltrato animal, y las mismas no encuentran una respuesta adecuada por parte de las dependencias municipales, las que individualmente se encuentran limitadas en el margen de acción;


Que se hace necesario un acuerdo de un protocolo de acción por parte de las distintas dependencias del Departamento Ejecutivo que intervienen ante un incumplimiento de esta ordenanza, para que su intervención esté coordinada y sea eficaz;


DECRETO

Artículo 1º.- Convocase a una Jornada de Trabajo, a realizarse en forma presencial y telemática, a fin de tratar la problemática del maltrato animal y la elaboración de un protocolo de acción interdisciplinaria para el cumplimiento de la Ordenanza Nº 22031 que establece el Reglamento para la Tenencia Responsable de Mascotas


Artículo 2º.- Invitase a participar de la Jornada de Trabajo a las siguientes áreas:

    • Secretaría de Salud

    • Departamento de Sanidad y Control Animal

    • Subsecretaría de Inspección General

    • Juzgados de Faltas

    • Secretaría de Seguridad

    • Miembros de la Comisión de Seguimiento para la aplicación de la Ordenanza Nº 22031 sobre Tenencia Responsable de Mascotas


Artículo 3º.- El día y horario de la Jornada será determinado por la Comisión de Labor Deliberativa. Atento a los protocolos para la prevención del covid-19, se establecerá la cantidad de personas que podrán estar presencialmente en el Recinto de Sesiones y el resto de los asistentes lo harán por vías telemáticas.


Artículo 4º.- De forma.-




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Mar del Plata


Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



   BLOQUE ACCIÓN MARPLATENSE




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