Información de Expediente

2021 - E - 1183
Fecha de Entrada: 01/03/2021
Carátula: PROYECTO DE ORDENANZA
Iniciador: CONCEJAL
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTO DE CONCEJAL
Estado: ARCHIVADO
Desde: 04/07/2022
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Ordenanza
Creando el Programa "Agenda Mujer" en el ámbito de la Dirección de Políticas de Género, que tendrá por objetivo el fortalecimiento de la empleabilidad y la capacidad laboral de las mujeres en el Partido de Gral. Pueyrredon.-

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
O-19583 21/04/2022 25513 10/06/2022

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
055 POLITÍCAS DE GÉNERO, MUJER Y DIVERSIDAD 03/03/2021 09/06/2021 aprobado
051 INDUSTRIA, COMERCIO, PESCA, INNOVACIÓN Y TRABAJO 09/06/2021 18/06/2021 Aprobado
047 LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO 18/06/2021 11/04/2022 aprobado
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto


Mar del Plata, febrero de 2021

Sr. Presidente

Honorable Concejo Deliberante

Dr. Ariel Martínez Bordaisco




VISTO

La situación de desigualdad y violencia que atraviesan las mujeres en nuestro país y en el Partido de General Pueyrredon, y


CONSIDERANDO

Que en las últimas décadas se han dado grandes avances respecto de la consideración de la problemática de género en la legislación y las políticas públicas, visibilizándose su institucionalización en el estado, a partir de la creación de organismos especializados y la implementación de políticas sociales y de empleo que apuntan a promover la equidad y/o mejorar la situación de las mujeres y de las personas con identidades sexuales diversas;


Que a pesar de esto, persisten brechas de género en las esferas pública y privada; en los ámbitos de la política, la economía, la cultura, la educación y la vida doméstica, familiar y social en general;


Que vivimos actualmente un contexto de emergencia social por la cantidad de femicidios y hechos de violencia de género registrados en los últimos años, que crecieron en número y en el nivel de gravedad que revisten;


Que el análisis de una problemática social o el diseño de una política pública desde el enfoque de género nos sirve para analizar como dicha problemática afecta de modo diferencial a varones y mujeres en una misma sociedad, en tanto posibilita de-construir la legitimación y consolidación histórica de las desigualdades sociales fundadas en “lo biológico”, que en las sociedades occidentales se caracteriza por asignar menor valor y jerarquía a lo femenino;


Que asimismo, su importancia radica en que permite pensar soluciones, políticas y herramientas para enfrentar la desigualdad, teniendo en cuenta las necesidades particulares y pensando en soluciones que aporten a la justicia y a la equidad;




Que es sabido que las leyes, las políticas públicas y los programas estatales no son neutrales al género, ya que pueden producir o reforzar desigualdades sin buscarlo ni advertirlo, solo por el hecho de no tener en cuenta las diferencias y desigualdades existentes;


Que por ello, en las últimas décadas se han desarrollado estrategias de incorporación del enfoque de género a partir de su institucionalización y/o transversalización con el fin de garantizar la consideración de la problemática y la equidad de resultados en todas las etapas de una acción, política o programa estatal;


Que el concepto de “mainstreaming” o “transversalidad de género” fue introducido oficialmente en la Conferencia Mundial de las Mujeres de Beijing en 1995 como “el proceso mediante el cual se valoran las implicaciones para las mujeres y los hombres de cualquier acción planificada, incluyendo legislaciones, políticas o programas en todas las áreas y todos los niveles;


Que la transversalidad de género debiera ser el horizonte de la gestión municipal, pero ante una situación de emergencia como la que estamos atravesando, deben pensarse políticas que atiendan de forma integral la problemática de las mujeres en el corto plazo;


Que existe numerosa evidencia empírica que sugiere que las mujeres se ven afectadas de manera desproporcionada por la pobreza, denominado feminización de la pobreza. Las diferencias en la tasa de pobreza entre hombres y mujeres son mayores durante los años reproductivos, cuando el cuidado y la responsabilidad domésticas se superponen y entran en conflicto con sus actividades productivas. Esta tensión es a menudo más pronunciada en los países más pobres y en los grupos de menores ingresos de la sociedad;


Que garantizar los derechos de las mujeres exige avanzar en el goce de sus tres autonomías: económica, física y en la toma de decisiones. La autonomía económica es comprendida como las posibilidades de las personas de generar y hacer uso de recursos, de disponer libremente de su tiempo, de alcanzar su pleno desarrollo y de participar activamente de la vida pública (CEPAL). Las mujeres enfrentan mayores déficits para su ejercicio, por esta razón garantizar la libertad de las mujeres para participar de manera plena en el mercado de trabajo, si así lo desean, se convierte en un factor crítico para promover el goce de sus derechos económicos;


Que resulta relevante una política integral para dar respuesta a la empleabilidad y autonomía económica de las mujeres, especialmente aquellas en situación de vulnerabilidad por violencia de género, aquellas mujeres jefas de hogar y las mujeres con discapacidad;


Que desde ONU Mujeres se promovió durante 2020 la Campaña #EmpoderarParaPrevenir, dirigida a promover el empoderamiento económico de las mujeres para prevenir la violencia de género;


Que además de ser moralmente exigible, la igualdad es económicamente rentable. Según estimaciones del Fondo Monetario Internacional, si los países de América Latina aumentaran la participación laboral femenina hasta el nivel de los países nórdicos (que ronda el 60%) el PBI per cápita podría ser hasta un 10% más alto;


Que desde la Dirección de Políticas de Género deben instrumentarse todos los mecanismos para reducir la brecha laboral y salarial, y contribuir a disminuir la feminización de la pobreza en el Partido de General Pueyrredon;


Que existe una amplia oferta formativa gratuita en la ciudad, pero el desconocimiento acerca de la misma o las dificultades para la inscripción en horarios compatibles con las tareas de cuidado excluyen a muchas mujeres de la posibilidad de capacitarse para mejorar sus condiciones de empleabilidad;


Que la autonomía económica es un componente central en la autonomía de las mujeres, especialmente en aquellas que han sufrido o sufren violencia de género;


Por todo lo expuesto el Bloque de Concejales de Acción Marplatense eleva el siguiente proyecto de





ORDENANZA

ARTÍCULO 1º.- Crease el Programa Agenda Mujer en el ámbito de la Dirección de Políticas de Género, el que tendrá por objetivo el fortalecimiento de la empleabilidad y la capacitación laboral de las mujeres del Partido de General Pueyrredon, a partir de la difusión de la oferta formativa y el otorgamiento de prioridades para la inscripción y elección de horarios.


ARTÍCULO 2º.- El programa cumplirá entre otras las siguientes acciones:

   a) Crear una agenda actualizada con la información de la oferta de capacitación en oficios, cursos y carreras gratuitas en el Partido de General Pueyrredon, que sea de fácil acceso en la web municipal y se actualice periódicamente contando con datos como fechas de inscripción, requisitos, teléfono y correo electrónico para contactarse con cada institución.

   b) Difundir a través de las redes sociales oficiales la oferta formativa con datos de inscripción y contacto de las instituciones.

   c) Establecer la prioridad de inscripción y elección de franja horaria en las Escuelas de Formación Profesional municipales para mujeres en situación de vulnerabilidad por violencia de género, mujeres jefas de hogar y/o con discapacidad.

   d) El Departamento Ejecutivo gestionará convenios con instituciones provinciales y sindicatos de la ciudad para que se otorgue la misma prioridad en la inscripción a su oferta educativa.

   e) Articular la oferta formativa con las necesidades del mercado laboral

   f) Vincular a las mujeres con el acceso a microcréditos y formación específica para la conformación de emprendimientos.


ARTÍCULO 3º.- Autorizase al Departamento Ejecutivo a suscribir convenios con la Universidad Nacional de Mar del Plata a fin de incluir en la agenda las actividades de extensión dirigidas a la capacitación laboral.


ARTÍCULO 4º.- La Dirección de Políticas de Género articulará acciones con la Secretaría de Educación Municipal para el cumplimiento de la presente ordenanza-


ARTÍCULO 5º.- De forma.-





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Mar del Plata



BLOQUE ACCIÓN MARPLATENSE



Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



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