Información de Expediente

2021 - E - 1001
Fecha de Entrada: 04/01/2021
Carátula: Proyecto de ORDENANZA
Iniciador: ACCION MARPLATENSE
Autor:
Tema:
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 01/03/2022
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Ordenanza
Creando una nueva señal complementaria a las de las condiciones del mar, en los puestos de guardavidas a lo largo de la costa de Mar del Plata, donde se emplace una nueva bandera que refleje la señal de "Aglomeración", como medida de prevención ante la actual crisis sanitaria.

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
006 TURISMO 05/01/2021 25/02/2022 art. 32/22
047 LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO 25/02/2022 25/02/2022 art. 32/22
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto





Mar del Plata, 4 de enero de 2021



Señor

Presidente del

Honorable Concejo Deliberante

Su Despacho


VISTO

                                            La necesidad de buscar alternativas de comunicación pública para alertar a los concurrentes a diferentes ámbitos recreativos y de playa en torno a las medidas de prevención del Covid-19 durante la presente temporada de verano, y


CONSIDERANDO



                                            Que es una alternativa fácil de instrumentar que ya la ciudad tiene su antecedente producido en el año 2014 cuando los rayos eléctricos en las playas estaban generando preocupación y hasta víctimas fatales es incorporar una bandera en los puestos de guardavidas.



                                            Que en aquella ocasión se incorporó una bandera de seguridad en las playas de Mar del Plata.



                                            Que los banderines avisan cuando haya probabilidad de temporales con actividad eléctrica. Es uno de los cinco que se pueden ver incluso en la actualidad en los balnearios.



                                            Que, además, en aquella oportunidad se sumó a la campaña de prevención un avión que recorría las playas dando información preventiva.



                                            Que no hay duda que la mejor protección ante los rayos y ante esta situación del Covid-19 es la prevención:y así como cuando hay tormenta eléctrica no hay que exponerse en espacios abiertos, ni playas ni ningún otro espacio, lo mismo ahora hay que hacer cuando se observan espacios públicos sin distanciamiento social y con una gran aglomeración de gente que impide cumplir protocolos y normas de seguridad.



                                            Que es necesario que se imponga en todos los balnearios la obligatoriedad de la bandera de advertencia playas con aglomeración y carencia de medidas indicadas de seguridad.



                                            Que, además, podrían adoptarse también una alerta o mensajes de prevención a través de aviones con comunicación aérea, que recorran las playas todos los días recomendando evitar cualquier concurrencia a sitios de gran afluencia de público.



                                            Que se usa para advertir que se superó la cantidad recomendada de personas. La idea es que quienes lleguen, al verla, vayan a otro balneario, playa pública o sector de la costa marplatense que cuenta con 44 km de extensión de playa.







                                            Que, además de las típicas banderas que indican el estado del mar (sereno o peligroso), este verano resulta fundamental que se imponga una nueva señal de advertencia en la costa marplatense con una bandera que refleje el emblema de las aglomeraciones.



                                            Que la misma servirá para advertir a futuros bañistas que en esa zona hay más gente de la recomendada y en dicha playa, no se está cumpliendo con la distancia física adecuada entre los grupos de personas.



                                            Que en este sentido, la Municipalidad de Gral. Pueyrredon deberá realizar una amplia campaña de concientización, prevención y divulgación de esta nueva herramienta de comunicación y prevención en playas para que en caso de visualizar esta indicación los concurrentes puedan dirigirse a otra playa cercana para disfrutar del verano con responsabilidad.



                                            Que esta iniciativa se debe sumar a un sistema de aviso que ya existe y lo comuniquen los efectores municipales en conjunto con los guardavidas locales, quienes, al recibir los partes de la Secretaría de Salud o visualicen una cantidad de gente ya no recomendable por las condiciones de cercanía, insten a los veraneantes que estén en las playas a ubicarse en lugares con mayor aislamiento social y abandonar los espacios con conglomeración inapropiada colocando la bandera nueva y a los que aún no han llegado que al visualizar la bandera puedan optar por otras playas entre la variada oferta a lo largo de toda la costa que ofrece la ciudad.


El Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente


ORDENANZA


Artículo 1°:  Crease una nueva señal complementaria a las de las condiciones del mar en los puestos de guardavidas a lo largo de la costa de Mar del Plata donde se emplace una nueva bandera que refleje la señal de “Aglomeración” como medida de prevención ante la actual crisis sanitaria que atraviesa la ciudad.



Artículo 2°:  Constituye el objetivo central de esta nueva señal advertir que se superó la cantidad recomendada de personas para que quienes lleguen, al verla, vayan a otro balneario, playa pública o sector de la costa marplatense que cuenta con 44 km de extensión de playa y mejores condiciones que la que exhibe el sector que cuenta flameando con la bandera o nueva señal.


Artículo 3°:  El Departamento Ejecutivo deberá realizar una amplia campaña de concientización, prevención y divulgación de esta nueva herramienta de comunicación y prevención en playas para que en caso de visualizar esta indicación los concurrentes puedan dirigirse a otra playa cercana para disfrutar del verano con responsabilidad.


Artículo 4°:El Departamento Ejecutivo reglamentará la presente ordenanza en un plazo máximo de 5 días de sancionada la presente ordenanza, elaborando el diseño de la nueva bandera, y distribuyéndola en el más corto plazo posible.


Artículo 5°:De forma.



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Mar del Plata


Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



   BLOQUE ACCIÓN MARPLATENSE




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