Información de Expediente

2020 - E - 2049
Fecha de Entrada: 12/11/2020
Carátula: Proyectos de RESOLUCIÓN y de COMUNICACIÓN
Iniciador: FRENTE DE TODOS
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 22/12/2021
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Resolución
Expresando beneplácito ante la sanción de la Ley Nacional de "Capitales Alternas", tendiente a agilizar un esquema de reuniones entre funcionarios locales, nacionales y la comunidad, destacándose el Partido de Gral. Pueyrredon como uno de los 24 distritos del país designado.

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
R-4780 02/12/2021
Proyecto 2: Comunicación
Solicitando al DE que implemente todos los medios necesarios para la concreción de los encuentros previstos, impulsando a la mayor brevedad posible la convocatoria de organizaciones pertenecientes a la sociedad civil.

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 16/11/2020 01/03/2021
047 LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO 01/03/2021 15/11/2021 Aprobado
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

Mar del Plata, 12 de noviembre del 2020

Al Presidente del

H. Concejo Deliberante

Sr. Ariel Martínez Bordaisco

S------------/------------D


VISTO:

La ley Nacional que establece a General Pueyrredon como una de las “Capitales alternas”, propuesta impulsada con el objetivo de agilizar un esquema de reuniones en las provincias entre funcionarios locales y nacionales.


CONSIDERANDO:

Que la ley Nacional de “Capitales alternas”, prevé que 24 ciudades a lo largo del país sean parte del Programa “Gabinete Federal”, destinado a realizar reuniones entre funcionarios nacionales, representantes de las organizaciones de la sociedad civil y autoridades locales.

Que el Ministerio del Interior será el encargado de coordinar con las provincia y administraciones municipales, las distintas reuniones en cada capital alterna.

Que la normativa estipula que estos encuentros, sean convocados con una periodicidad que no supere los 30 días.

Que los distritos propuestos para ser capitales alternas son: La Matanza y General Pueyrredon (Buenos Aires), Rosario (Santa Fe), Río Cuarto (Córdoba), Bariloche (Río Negro), Comodoro Rivadavia (Chubut), Concordia (Entre Ríos), Orán (Salta), Río Grande (Tierra del Fuego), General Pico (La Pampa), Guaymallén (Mendoza), las capitales de Formosa y San Luis, Oberá (Misiones), Tinogasta (Catamarca), Roque Sáenz Peña (Chaco), Goya (Corrientes), San Pedro (Jujuy), Chilecito (La Rioja), Cutral Có (Neuquén), Caucete (San Juan), Caleta Olivia (Santa Cruz), La Banda (Santiago del Estero) y Monteros (Tucumán).

Que resulta destacable que dentro de las  24 ciudades ciudades seleccionadas, se encuentre el partido de General Pueyrredon.

Que debemos celebrar la creación de herramientas que contribuyan al diálogo, la coordinación y la cooperación entre las distintas esferas de gobierno, ya que fortalecen el sistema democratico permitiendo el trabajo en conjunto de todos los sectores.

Que sin duda, el rol de los gobierno locales dentro del esquema de gobierno resulta fundamental debido a la cercanía con la ciudadanía y el territorio, garantizando el conocimiento de las dinámicas particulares que caracterizan a los mismos.

Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales del Frente de Todos eleva  el siguiente proyecto de:


RESOLUCIÓN


Artículo 1.- Expresando beneplácito ante la sanción de la Ley Nacional de “Capitales Alternas”, tendiente a agilizar un esquema de reuniones entre funcionarios locales, nacionales y la comunidad, destacándose el Partido de General Pueyrredon como una de los 24 distritos del país designados.


Artículo 2.- Comuníquese, etc.


COMUNICACIÓN


Artículo 1.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon  insta al Departamento Ejecutivo a que implemente todos los medios necesarios para la concreción de los encuentros previstos, impulsando a la mayor brevedad posible la convocatoria de organizaciones pertenecientes a la sociedad civil.


Artículo 2.- Comuníquese, etc.

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