Información de Expediente

2020 - E - 1767
Fecha de Entrada: 26/08/2020
Carátula: Proyecto de COMUNICACIÓN
Iniciador: UNION CIVICA RADICAL
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: COMUNICACIONES A LA ESPERA DE RESPUESTA
Desde: 15/12/2020
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando al DE informe el estado actual del Convenio Marco de Cooperación Técnico Institucional y su Convenio Específico Nº 1 con : el Anexo I denominado Programa Municipal Integral de Seguridad Vial y Movilidad Urbana Sustentable y el Anexo II denominado Acciones Específicas y asimismo informe sobre varios items relacionados a las fotomultas realizadas a partir del del 1º de diciembre de 2019.

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
C-5679 03/12/2020

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
005 TRANSPORTE Y TRANSITO 27/08/2020 03/11/2020 aprobado
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 03/11/2020 16/11/2020 Aprobado
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto








        Mar del Plata, Lunes 25 de agosto de 2020


Sr. Presidente del


Honorable Concejo Deliberante


Dr. Ariel Martínez Bordaisco


S                        /                           D




VISTO


      La ordenanza Nº 23484 autorizando al Departamento Ejecutivo  a suscribir con la Universidad Tecnológica Nacional Facultad - Regional La Plata (UTN), “Convenio Marco de Cooperación Técnico Institucional y su Convenio Específico Nº 1 con: el Anexo I denominado Programa Municipal Integral de Seguridad Vial y Movilidad Urbana Sustentable y el Anexo II denominado Acciones Específicas” y,




CONSIDERANDO


      Que la Ordenanza Nº 23484 fue sancionada en diciembre de 2017 y promulgada por  Decreto 2870/17.



      Que tras la firma de dicho convenio con la UTN, comenzó a funcionar el sistema de “Fotomultas” para el control de las infracciones de tránsito.



      Que ingresando al portal infracciones.gba.gov.ar se encuentran las multas realizadas por el sistema de fotomultas en el Partido de General Pueyrredon.



      Que allí se pueden observar infracciones registradas por el sistema de fotomultas con posterioridad al 1 de diciembre de 2019 (Ver Anexo), las cuales no fueron analizadas y evaluadas por la Comisión de Seguimiento, Monitoreo y Control de la Ejecución de Convenio de Fotomultas.



      Que el encargado de firmar la documentación en representación de la Universidad Tecnológica Nacional Facultad Regional La Plata (UTN) era su Director de Proyectos de Seguridad vial, Felipe Yannaduoni, quien a su vez al momento de firmar dicho convenio era vicepresidente de CECAITRA.


      Que el Artículo 2° de la Ordenanza 23484 crea la Comisión de Seguimiento, Monitoreo y Control de la Ejecución de Convenio de Fotomultas, la cual debe estar integrada por 3 concejales de Honorable Concejo Deliberante y 2 miembros del Departamento Ejecutivo.


      Que dicha Comisión tiene la obligación de evaluar mensualmente las infracciones realizadas en base al sistema autorizado, en forma previa a su notificación.


      Que el Decreto Nº235/2018  designa a los concejales Marcelo Carrara, María Cristina Coria y Santiago Bonifatti para integrar la Comisión de Seguimiento, Monitoreo y Control de la Ejecución del Convenio de Fotomultas.



















      Que en el Decreto 1479/18 el Departamento Ejecutivo  designó como miembros de la Comisión  a Claudio Javier Cambareri y a Marcos Antonio Basualdo.


      Que en el Acta de Comunicación consta la última reunión de Comisión el 29 de noviembre de 2019, en la cual se aprobaron las últimas dos exportaciones de fotomultas: las Nº 16574 y Nº 16682.


      Que en declaraciones en medios periodísticos el secretario de Gobierno Santiago Bonifatti sostuvo que "Si la UTN decide retirarse, este convenio estaría caído y deberemos ir hacia un proceso diferente, como una licitación o un convenio con otra universidad para poder llevar adelante el sistema".




      Que en su visita a la Comisión de Hacienda el pasado 29 de enero de 2020, el Secretario de Gobierno Santiago Bonifatti explicó que “la realidad del sistema de fotomultas es que tenemos una presentación de la UTN del año 2019 en la cual plantea retirarse del convenio que tenía firmado con el municipio, para cuyo retiro presenta la opción que sea otro grupo el que sostenga el contrato. El intendente Arroyo en su momento mandó a consultar si era una decisión definitiva, respuesta que vino con algunas ambigüedades, y nosotros con el intendente Montenegro le hemos enviado una carta al Rector de la UTN en La Plata diciéndole ‘¿van a cumplir con el convenio o pasamos a ejecutar las acciones legales correspondientes?’ (…) Si tomamos este año y medio la recaudación impacta en el 10% de la totalidad de las actas registradas y 13% de las notificadas. Se emitieron 71.951 actas, se notificaron fehacientemente, a través del acuse de recibo del Correo, 57.597 y se pagaron 7.513. (…) Para nosotros la respuesta de la UTN no es una salida formal del convenio, por eso el sistema está funcionando pero como no opera la Comisión de fotomultas no se están distribuyendo porque no está la aprobación del Concejo”.




Por todo lo expuesto, el bloque de concejales de la Unión Cívica Radical eleva  el siguiente proyecto de:





COMUNICACIÓN




Artículo 1.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon solicita al Departamento ejecutivo informe cuál es el estado actual del “Convenio Marco de Cooperación Técnico Institucional y su Convenio Específico Nº 1 con: el Anexo I denominado Programa Municipal Integral de Seguridad Vial y Movilidad Urbana Sustentable y el Anexo II denominado Acciones Específicas”.

Artículo 2.- Asimismo el Honorable Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo informe en relación a las fotomultas realizadas a partir del 1º de diciembre de 2019:

    • Cantidad de fotomultas registradas.

    • Motivos por las cuales se ejecutaron, a pesar de no contar con el análisis y evaluación de la Comisión de Seguimiento, Monitoreo y Control de la Ejecución de Convenio de Fotomultas, establecido en el Artículo 2° de la Ordenanza 23484.

    • Si las mismas fueron enviadas para notificar a los respectivos infractores.

    • Cantidad de fotomultas notificadas fehacientemente.






Artículo 3.- El Honorable Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo informe el domicilio legal, responsables administrativos y técnicos de SECAITRA, como así también el encargado de realizar las actualizaciones, mantenimiento de equipos y modelos y marcas de los mismos.

Artículo 4.- El Honorable Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo informe a nombre de quien se efectúa el pago de dicho convenio.

Artículo 5.- El Honorable Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo informe del Contador Municipal respeto al convenio y la vigencia del mismo.

Artículo 6.- De forma y comuníquese.




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BLOQUE UNIÓN CÍVICA RADICAL






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