Información de Expediente

2020 - E - 1442
Fecha de Entrada: 22/05/2020
Carátula: Proyecto de Comunicación
Iniciador: CONCEJAL
Autor: CJAL. VOLPONI GUILLERMO
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTO DE CONCEJAL
Estado: AGREGADO A OTRO EXP. Y/O NOTA
Desde: 26/05/2020
Agregado a: 2020 - N - 58 - 0 - 0
Observaciones:
Proyecto 1: Comunicación
Viendo con agrado que el DE articule el diligenciamiento del correspondiente Protocolo de Prácticas Responsables de Surf y Sup en las costas del Partido de Gral. Pueyrredon.-
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

             Mar del Plata, 22 de mayo de 2020.-



Sr. Presidente del Honorable  Concejo Deliberante

General Pueyrredón

Don Ariel Martínez Bordaísco

S                   /                          D:



             VISTO

             La importante cantidad de vecinos del Partido de General Pueyrredon que han expresado su deseo de reiniciar la práctica deportiva de actividades acuáticas como el Surf y Sup que se encuentran suspendidas con motivo del Aislamiento Soial Preventivo Obligatorio –ASPO-  decretado mediante DNU 297/2020  (B.O. 20/03/2020) que ha sido sucesivamente prorrogado mediante los Decretos de Necesidad y urgencia 325/2020; 355/2020; 408/2020 y 459/2020.



             CONSIDERANDO

             Que en las últimas horas hemos recibido un pedido oficial de la Asociación de Surf Argentina -el cual adjuntamos para su conocimiento- donde se sostiene la necesidad de aplicar un Protocolo Responsable para la Práctica del Surf y Sup en las costas de nuestro Partido.



             Que el Partido de General Pueyrredón se encuentra en fase 4 del aislamiento social preventivo y obligatorio, por ser una de las regiones del país donde el virus SARS-COV-2 que genera la enfermedad conocida como Covid-19 no tiene la llamada circulación comunitaria.

              Que la totalidad de contagios registrado en nuestra ciudad han sido de carácter "importado", es decir de personas que estuvieron fuera del país y regresaron; de "contacto frecuente" o los denominados cercanos a personas que contrajeron el virus en otra jurisdicción o de circulación dentro del sistema de salud, es decir que fue contraído en clínicas y sanatorios privados y por personal afectado a las tareas que se desarrollan allí mismo.



             Que el deporte de la tabla (surf) se practica en un ámbito abierto, al aire libre, y que la mayoría de los contagios que se registran hasta ahora se han dado en condiciones contrarias a las descriptas, es decir que ámbitos cerrados y en condiciones de hacinamiento de las personas.



             Que por las características climáticas de Mar del Plata, nuestras costas se encuentran en un proceso de enfriamiento de las aguas que es acompañado con el descenso de la temperatura ambiental, lo que hace que la cantidad de personas ingresando al mar sea concordante con los atletas y amantes de la actividad, que realizan la práctica deportiva ordenada, responsable y eficiente, buscando mantener la performance que requiere el alto rendimiento.



             Que existen otros modelos a seguir en el mundo, como los aplicados en países como Australia, Hawaii, Estados Unidos (California), Brasil, Francia, España, Nueva Zelanda, Costa Rica y Uruguay, entre otros, donde se han liberado las actividades individuales con protocolos preventivos que están dando resultados óptimos para la práctica deportiva del surf como así también para el mantenimiento psicofísico de los atletas de la Asociación de Surf Argentina que se encuentran cumpliendo la cuarentena en casa.



             Por todo lo expuesto, en mi carácter de Concejal integrante del Bloque VAMOS JUNTOS,  elevo a consideración de éste Honorable Concejo Deliberante, el siguiente



             PROYECTO de COMUNICACIÓN.



             ARTICULO 1. El Honorable Concejo Deliberante vería con agrado que el Departamento Ejecutivo Municipal articule, a la mayor brevedad posible, el diligenciamiento de la elevación al Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, del correspondiente Protocolo de Prácticas Responsables de Surf y Sup en las costas del Partido de General Pueyrredón.

             ARTICULO 2. De forma



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