Información de Expediente

2020 - E - 1298
Fecha de Entrada: 31/03/2020
Carátula: Proyecto de DECRETO
Iniciador: FRENTE DE TODOS
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 30/07/2020
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Decreto
Encomendando al DE que establezca con carácter de urgencia, protocolos de buenas prácticas de seguridad e higiene en la elaboración, empaquetado, traslado y entrega de alimentos a domicilio (Delivery).

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
D 2445 24/07/2020
Proyecto 2: Decreto Ad Referendum

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
DP-187 01/04/2020

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
044 PROMOCION, DESARROLLO E INTERESES MARITIMOS y PESQUEROS 08/04/2020 15/05/2020 Aprobado
043 CALIDAD DE VIDA Y SALUD PUBLICA 15/05/2020 22/07/2020 aprobado
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

Mar del Plata, 26 de marzo de 2020


Al presidente del


H. Concejo Deliberante


Sr. Ariel Martínez Bordaisco


S------------/------------D







VISTO:



El Decreto de Necesidad y Urgencia 260/2020 dictado por el Poder Ejecutivo Nacional sobre Emergencia Sanitaria en virtud de la Pandemia declarada por la Organización Mundial De La Salud (OMS) en relación con el coronavirus COVID-19;



La Ordenanza 17672, Decreto reglamentario 2518/07 y sus modificatorias referida a la actividad, en nuestra ciudad, de traslado y reparto de alimentos a domicilio conocida como “delivery”, realizada a través de motos, motocicletas, y/u otros vehículos similares, con personal propio o contratado;



La necesidad de fijar en el Partido de General Pueyrredon protocolos extraordinarios de buenas prácticas de seguridad e higiene en la manipulación, traslado y reparto de los alimentos crudos o cocidos;y






CONSIDERANDO:



Que el reparto de alimentos a domicilio, aún vigente el Decreto de Necesidad y Urgencia 260/2020 dictado por el Poder Ejecutivo Nacional, siguen operando en nuestra ciudad sin restricciones.



Que no hay pruebas científicas concluyentes de que los alimentos puedan, en sí mismo, ser una fuente o una vía de transmisión probable del virus.



Que, sin embargo, está el contacto entre comercio - repartidor y receptor, que sí es una probable vía de contagio del coronavirus COVID-19 por la cercanía física o el hecho de tocar los mismos objetos, como el dinero o la bolsa.



Que si nos centramos entonces en la seguridad de los alimentos cocinados, pedirlos a domicilio durante la pandemia no supone un riesgo.



Que es imprescindible fijar protocolos extraordinarios de protección y prevención en la materia.



Que entre las medidas sugeridas serían las de implementar, en lo posible, un servicio sin contacto entre todos los involucrados en la operatoria, trabajar con guantes, posibilidad de higienizarse por parte de los repartidores, trabajar a bulto sellado, respetar el metro y medio de seguridad entre el repartidor y el usuario.



Que se debe prestar especial atención a la vulnerabilidad de los repartidores, en especial a los que las plataformas desamparan por considerar que trabajan en régimen de autónomos.






Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales del Frente de Todos eleva el siguienteproyecto de:



COMUNICACIÓN




Artículo 1º:El Honorable Concejo Deliberante de General Pueyrredon solicita al Departamento Ejecutivo establezca, con carácter de urgencia, protocolos de buenas prácticas de seguridad e higiene en la elaboración, empaquetado, traslado y entrega de alimentos a domicilio (delivery) que se realicen por intermedio de motos, motocicletas, bicicletas y/u otros vehículos similares con personal propio o contratado.


Artículo 2º:El Ejecutivo Municipal deberá, como mínimo, propender a que se aplique la modalidad de servicio sin contacto y a garantizar que los comercios elaboradores de alimentos que operen bajo esta modalidad lo hagan a bulto sellado, aseguren a la persona responsable del traslado, sea dependiente suyo o no, barbijos, guantes descartables y fundamentalmente poder higienizarse debidamente de forma compatible con lo indicado por las autoridades sanitarias Municipales, Provinciales y Nacionales.


Artículo 3º:Comuníquese, etc.-


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