Información de Expediente

2020 - E - 1224
Fecha de Entrada: 21/02/2020
Carátula: Proyecto de Ordenanza
Iniciador: FRENTE DE TODOS
Autor: CJAL. SÍVORI MARÍA VIRGINIA
Tema:
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 22/10/2020
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Ordenanza
Encomendando al DE a enviar en forma mensual al H. Concejo Deliberante, un estado de ejecución presupuestaria de gastos y recursos de cada uno de los Entes Descentralizados de la MGP.-

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
O-18933 25/06/2020 24791 08/07/2020

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 27/02/2020
002 HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTAS
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

Mar del Plata, 21 de febrero de 2020


Al Presidente del

Honorable Concejo Deliberante

Sr. Ariel Martínez Bordaisco

S----------------/------------------D




VISTO



El Decreto Provincial 2.980/00 Reglamentario de la Ley Orgánica de Municipalidades;



El Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración aprobado por el Honorable Tribunal de Cuentas con vigencia desde el 1 de enero de 1992;



La Ley Orgánica de Municipalidades; y


CONSIDERANDO



Que   a partir del año 2005, el Departamento Ejecutivo comenzó el proceso de incorporación del Sistema informático RAFAM, Reforma de la Administración Financiera en el Ámbito Municipal;



Que el objetivo de la utilización del sistema informático RAFAM es asistir a un proceso de gestión financiera y contable del municipio, transparente, ordenada y consistente con las normas vigentes;



Que la Administración del Municipio comprende un conjunto de sistemas, órganos, normas y procedimientos administrativos cuya interrelación conforma un Macrosistema Integrado de Administración Municipal, para registrar, generar y proporcionar información adecuada, oportuna y confiable;



Que el acceso de usuarios autorizados al sistema RAFAM permite dar seguimiento sobre la utilización de los recursos públicos, identificar una correcta asignación de funciones y responsabilidades, y realizar una evaluación sistemática de los resultados alcanzados;



Que en el decreto 2980/00 consta que los organismos descentralizados “deberán administrar sus recursos financieros y reales en función de las normas y procedimientos contenidos en las presentes disposiciones, (…) de modo de permitir la uniformidad e integralidad de la información referida a la gestión municipal”;



Que actualmente, los integrantes del Honorable Concejo Deliberante tienen acceso al módulo de Contabilidad del Software RAFAM referidos a la Administración Central del Municipio de General Pueyrredon;



Que en 2019, en Honorable Concejo Deliberante sancionó la ordenanza Nº 24.419 encomendando al Departamento Ejecutivo que habilite el acceso a los integrantes del Honorable Cuerpo al sistema contable informático RAFAM para la consulta de ejecución presupuestaria de gastos y recursos de los Entes Descentralizados del Municipio de General Pueyrredon;



Que hasta el momento, no se ha avanzado con la generación y difusión de claves de acceso al Sistema RAFAM para Entes Descentralizados, con el objetivo de facilitar las tareas de control y auditoría de integrantes del Departamento Deliberativo;



Que el artículo 17 del decreto 2.980/00 indica que “La exigencia de equilibrio fiscal a que se refiere el artículo 31 de la Ley Orgánica de la Municipalidades debe considerarse referida al total consolidado del Presupuesto del Municipio”, el cual incluye a los organismos descentralizados.



Que el artículo 28 de la norma estipula que “La Oficina Municipal de Presupuesto evaluará la ejecución de los presupuestos de la Administración Municipal tanto en forma periódica, durante el ejercicio, como al cierre del mismo. Para ello, los organismos centralizados y descentralizados del Municipio deberán registrar la información de la gestión presupuestaria en términos físicos y remitirla a dicha Oficina”;



Que el Sistema de Contabilidad, en organismos centralizados y descentralizados deberán ajustarse a múltiples objetivos, entre ellos presentar “la información contable y la respectiva documentación de apoyo ordenadas, de forma tal que se faciliten las tareas de control y auditoría, sean éstas internas o externas”;



Que es la Ley Orgánica de Municipalidades la normativa que da facultades al Honorable Concejo Deliberante para autorizar la creación de organismos descentralizados;








Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales del Frente de Todos propone para su tratamiento y posterior sanción el presente:




PROYECTO DE ORDENANZA


Artículo 1º- Encomiéndese al Departamento Ejecutivo a enviar en forma mensual al Honorable Concejo Deliberante, un estado de ejecución presupuestaria de gastos y recursos de cada uno de los Entes Descentralizados del Municipio de General Pueyrredon conforme al sistema RAFAM.

Artículo 2º- Comuníquese.




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Municipalidad del Partido de General Pueyrredon


Departamento Deliberativo






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