Información de Expediente

2018 - E - 1578
Fecha de Entrada: 17/05/2018
Carátula: PROYECTO DE COMUNICACIÓN
Iniciador: CONCEJAL
Autor: CJAL. GONZÁLEZ ANGÉLICA
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTO DE CONCEJAL
Estado: ARCHIVADO
Desde: 25/06/2020
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Comunicación
Encomendando al D.E. proceda a la correcta, adecuada y acabada indicación de las zonas de carga o descarga en el Partido de Gral Pueyrredon, mediante señalización vial vertical y horizontal.-

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
005 TRANSPORTE Y TRANSITO 18/05/2018 15/11/2018 Art. 52° del R.I.
005 TRANSPORTE Y TRANSITO 26/11/2018 11/04/2019 Art. 52° del R.I.
005 TRANSPORTE Y TRANSITO 16/04/2019 05/09/2019 Art. 52° del R.I.
005 TRANSPORTE Y TRANSITO 23/09/2019 29/02/2020 archivo art. 52 RI
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

                                                                                    Mar del Plata, 17 de mayo de 2018.



Sr. Presidente del

Honorable Concejo Deliberante del

Partido de General Pueyrredón

Dn. Guillermo Sáenz Saralegui

s------------------------/--------------------d


Por vuestro intermedio se eleva para su consideración al Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredón el siguiente PROYECTO DE COMUNICACIÓN, que a continuación se fundamenta:


                                                          VISTO


      Que hemos recibido la crítica de varios vecinos a los que se les han labrado actas de infracción por haber estacionado en sitios reservados para la carga o descarga de mercadería, las que no se encontraban adecuadamente señalizadas, y;


                                                CONSIDERANDO


      Que la señalización urbana (fundamentalmente la prohibitiva cuyo incumplimiento genera penalización a través de multas pecuniarias) debe estar adecuada y claramente determinada;

      Que para ello la indicación de la restricción debe ser apropiada para su clara receptividad por aquellos a quienes está dirigida;

      Que en materia de tránsito el objetivo de las prohibiciones es exclusivamente preventivo y ordenador;

      Que por ello, de existir una prohibición, la misma debe estar claramente expresada, de manera que resulte ineludible advertir su indicación;

      Que de lo contrario, es decir, en caso de la existencia de una prohibición cuya expresión e indicación no resulten evidentes, resultaría injusto sancionar o penalizar al infractor que podría haber cometido la falta por no haber notado la restricción, producto de la deficiente especificación e incorrecta indicación de la misma;

      Que además el sancionar a un infractor por haber incurrido en una prohibición que no se encontrare acabadamente expuesta, alejaría a la administración del rol ordenador que le es propio, para colocarla en la indeseable postura de ente meramente recaudador;

Por todo lo antes expresado, se propone la sanción de la siguiente:


                                             COMUNICACIÓN


ARTÍCULO 1º: Encomiéndese al Departamento Ejecutivo que proceda a través del organismo o ente que corresponda, a la correcta, adecuada y acabada indicación de las zonas de carga o descarga en el Partido de General Pueyrredón, la que deberá expresarse mediante señalización vial vertical y horizontal claramente visible.


ARTÍCULO 2º: Comuníquese. De forma.






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Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



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