Mar del Plata, 23 de septiembre de 2016
Al Presidente del
H. Concejo Deliberante
Sr. Saenz Sarelegui, Guillermo
S------------/------------D
VISTO:
Visto la Ordenanza Nº 9723 y su decreto reglamentario N° 478 y;
CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza Nº 9723/94 autoriza “la elaboración artesanal a la vista del consumidor y la venta, mediante módulos habilitados al efecto de: pochoclos, garrapiñadas, higos y manzanas confitadas, maní cocido en su vaina, copos de azúcar y los productos derivados de los mencionados, sea cual fuere su denominación y debidamente envasados”.
Que la venta ambulante de cubanitos rellenos con dulce de leche no está regulada por la Ordenanza 9723, ni por otra norma específica.
Que en la NP 98/2016, la Sra. María Carolina Moroni solicitó autorización para desarrollar la actividad de relleno y venta de cubanitos en la vía pública con un carro diseñado para tal fin.
Que ante la ausencia de normativa la Dirección General de Inspección General recomendó tramitar la autorización por vía de excepción.
Que para evitar futuras excepciones resulta prudente generar un marco regulatoria que cuente con el acuerdo de las áreas del Departamento Ejecutivo pertinentes y el consenso de los bloque políticos que integran el Honorable Concejo Deliberante.
Por todo lo anterior es que el Bloque de Concejales del Frente Para la Victoria, proponen la aprobación del siguiente proyecto de
ORDENANZA
Artículo 1º.- Modificase el Artículo nº1 de la Ordenanza nº 9723, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 1º.- Autorizase la elaboración artesanal a la vista del consumidor y la venta, mediante módulos habilitados al efecto de: pochoclos, garrapiñadas, higos y manzanas confitadas, maní cocido en su vaina, copos de azúcar, cubanitos rellenos con dulce de leche y los productos derivados de los mencionados, sea cual fuere su denominación y debidamente envasados.
Artículo 2º.- De forma, etc.
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Mar del Plata
BLOQUE FRENTE PARA LA VICTORIA
Municipalidad del Partido de General Pueyrredon
Departamento Deliberativo