Información de Expediente

2016 - E - 1112
Fecha de Entrada: 12/02/2016
Carátula: Proyecto de Comunicación
Iniciador: FRENTE PARA LA VICTORIA
Autor:
Tema:
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 31/10/2016
Agregado a:
Observaciones:

Antecedentes

Tipo Número Digito Año Cuerpo Alcance Anexo Observaciones
E 1101 0 2013 0 0 0 AUTOMATICO
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando al D.E., informe sobre varios ítems relacionados con parcelas en el sector delimitado por las calles Ituzaingó, Ayacucho, Perú y Tierra del Fuego.-

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
028 OBRAS, SEGURIDAD Y PLANEAMIENTO 15/02/2016 23/06/2016 Artículo 52º RI
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 23/06/2016 23/06/2016 Artículo 52º RI
002 HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTAS 23/06/2016 23/06/2016 Artículo 52º RI
028 OBRAS, SEGURIDAD Y PLANEAMIENTO 24/06/2016 27/10/2016 Art. 52° del R.I.
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 27/10/2016 27/10/2016 Art. 52° del R.I.
002 HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTAS 27/10/2016 27/10/2016 Art. 52° del R.I.
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto


Mar del Plata,  5 de febrero de 2016

Al Presidente del

H. Concejo Deliberante

Sr. Guillermo Sáenz Saralegui

S------------/------------D


VISTO:

Las Ordenanzas 17187/05, 13585/08 y 19764/10 que declararon de utilidad pública sujetos a expropiación una serie de parcelas del Partido de General Pueyrredon.



CONSIDERANDO:



Que la Ordenanza 17187/05 declaró “de utilidad pública y sujetos a expropiación los inmuebles designados catastralmente como: Circunscripción VI, Sección C, Chacra 195, Fracción 1, Parcelas 3, 4, 5, 6, 14, 15 y 16 (tributan en forma conjunta en la parcela 14a)”.



      Que esta Ordenanza facultó al Departamento Ejecutivo a gestionar ante la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires la sanción de una ley que autorice la expropiación.



      Que según el artículo 3 de la mencionada ordenanza la expropiación de los “inmuebles tendrá por objeto la preservación de las características ambientales y su aprovechamiento como espacio verde, equipamiento comunitario y consolidación de la trama urbana”.



      Que la Ordenanza 13585/08 modificó el artículo 1 excluyendo a la Parcela 6 por formar parte de otra manzana.



      Que en 2010 la Ordenanza 19764 desafectó “de la declaración de utilidad pública y sujeción a expropiación impuesta por la Ordenanza nº 17187 el inmueble ubicado en la calle Ituzaingó nº 5680 de la ciudad de Mar del Plata, cuya nomenclatura catastral es: Circunscripción VI, Sección C, Chacra 195, Fracción I, Parcela 3”.



      Que esta norma modificó el artículo 1 de la Ordenanza 17187/05 el cual quedó redactado de la siguiente manera: “Decláranse de utilidad pública y sujetos a expropiación los inmuebles designados catastralmente como: Circunscripción VI, Sección C, Chacra 195, Fracción I, Parcelas 4, 5, 14, 15 y 16 (las parcelas 14, 15 y 16 conforman la parcela 14a con fines tributarios).”



      Que la solicitud de desafectación de la parcela 3 de la declaración de utilidad pública y sujeción a expropiación fue solicitada el 22 de febrero de 2010 por los apoderados de Oscar Alejandro Casal, María Ester Casal y Carolina Modesta Vidal, propietarios del inmueble.



      Que los solicitantes plantean que “luego de 5 años no se ha realizado tratamiento efectivo al tema y por tal motivo el predio se encuentra en estado de abandono”.



Que de aprobarse la desafectación los propietarios realizarían un “complejo deportivo sin espectadores, para la práctica de fútbol siete sobre césped sintético, paddle y gimnasio para actividades varias (…) actividades sociales, etc”.



      Que además se plantea la firma de convenios  con entidades deportivas de la ciudad para potenciar la actividad social.



      Que 6 años después de aprobada la Ordenanza19764 los terrenos (incluida la Parcela 3) continúan en estado de abandono.









Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales del Frente para la Victoria  eleva  el siguiente proyecto de:






COMUNICACION






Artículo 1.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon vería con agrado que el Departamento Ejecutivo informe las gestiones realizadas ante la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, para la expropiación de los terrenos designados catastralmente como: Circunscripción VI, Sección C, Chacra 195, Fracción 1, Parcelas 4, 5, 14, 15 y 16 (tributan en forma conjunta en la parcela 14a).



Artículo 2.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon vería con agrado que el Departamento Ejecutivo, a través de la Secretaría de Planeamiento Urbano, informe acerca del estado de ejecución de la obra en el inmueble sito en calle Ituzaingó 5680, nomenclatura catastral Circ. VI, Sección C, Chacra 195, parcela 3, partida nro. 14890.



Artículo 3.- En función a la respuesta al informe requerido en el artículo 2, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon vería con agrado que el Departamento Ejecutivo evalúe la posibilidad de dejar sin efecto la desafectación del predio ubicado en Circ. VI, Sección C, Chacra 195, parcela 3 sancionada en la Ordenanza 19764.



Artículo 4.- Asimismo este cuerpo vería con agrado que el Departamento Ejecutivo evalúe la posibilidad de gestionar la apertura de las calles Perú, Ayacucho, y la ampliación de Tierra del Fuego.



Artículo 5.- Comuníquese, etc.





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Mar del Plata



BLOQUE  FRENTE PARA LA VICTORIA



Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



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