Información de Expediente

2015 - E - 1387
Fecha de Entrada: 29/04/2015
Carátula: Proyecto de COMUNICACIÓN
Iniciador: VARIOS SEÑORES CONCEJALES
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: VARIOS SEÑORES CONCEJALES
Estado: COMUNICACIONES A LA ESPERA DE RESPUESTA EN ARCHIVO
Desde: 05/08/2019
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando al D.E. informe sobre la previsiones dispuestas por la empresa Trenes Argentinos Ramal Roca en cuanto al mantenimiento de los pasos peatonales y vehículares y a la continuidad de las obras de desagües pluviales en la intersección de las mismas con las calles Strobel, Rizzuto y Bradley.

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
C-4627 11/06/2015

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
028 OBRAS, SEGURIDAD Y PLANEAMIENTO 06/05/2015 12/05/2015 Aprobado
031 RECURSOS HIDRICOS, OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS 12/05/2015 04/06/2015 Aprobado
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

                                                                        Mar

del Plata, 27 de abril de 2015.-




Señor Presidente del

Honorable Concejo Deliberante

Dr. Ariel Ciano

S                  /                           D



Visto

                La realización de importantes obras en curso,  tendientes  a

consolidar  y  renovar  las   vías  pertenecientes   a  la  Empresa   Trenes

Argentinos, Ramal  Julio Argentino Roca en el acceso a la ciudad y


Considerando


              Que la referidas obras son sin duda necesarias, toda  vez  que

permitirán  transitar con seguridad y rapidez a las formaciones de  máquinas

y vagones recientemente incorporados al servicio de la línea Roca.


              Que se estima considerable el monto de las referidas obras   y

posiblemente satisfactoria  la velocidad impresa a las mismas, que  por  lo

que  se  puede  apreciar  contemplan,  no  solo  la  renovación  de  vías  y

durmientes, sino también un nuevo  terraplenamiento,  dejando  perfectamente

definido el área de servicio del ferrocarril, delimitado a ambos  lados  por

un cordón conformado  por  elementos  premoldeados  de  hormigón  armado  de

aproximadamente 0.60 m. de altura, similares a los que  se  utilizan  en  la

separación de autopistas, los que según parece, serán provistos de rejas  en

su parte superior, impidiendo el paso de peatones por zonas no permitidas.


                Que  la  Ordenanza  Nº  6614,  promulgada  el  24-10-1986  ;

establece en su artículo 10.2, entre otros pasos a nivel, los de las  calles

Strobel, Rizzuto y Bradley, que están sujetos a la donación del espacio  por

parte de la Empresa Trenes Argentinos, que debería dotar  a  los  mismos  de

personal de guardabarreras. Si bien la referida Ordenanza ha sido  en  parte

modificada  por  la  Ordenanza  Nº  1414/87  ,  esta  no  introduce  cambios

referidos a los pasos en cuestión.


              Que se ha  recepcionado una denuncia  de  vecinos  del  Bº  La

Florida, que corre  anexo  a la presente, donde  manifiestan  que,  producto

de las  obras  de  Trenes  Argentinos  se  han  provocado  daños  varios  en

viviendas  de  su  sector:  destrucción  de  muros,  derrumbe  de   árboles,

destrozos de plantas, etc. En síntesis los vecinos manifiestan que:”si  bien

las obras son  realizadas  en  tierras  fiscales,  deberían  contar  con  un

estudio de Impacto Ambiental, respetar los  retiros   de  vías  ,  tener  en

cuenta  entre   otras   cuestiones,   las   vibraciones,   construcción   de

alcantarillados  y desagües y de muros medianeros  ( Código Civil y  Ley  de

Ferrocarriles) “. Expresando,  finalmente  que  “  no  saben  si  las  obras

responden a renovación de vías, segunda vía o ruta para el paso  de  ómnibus

de larga distancia”.


              Que  el  presidente  de  la  Asociación  de  Fomento  Malvinas

Argentinas  ,  Sr.  Caporaletti,  expuso  ante   la   Comisión   de   Obras,

Planeamiento y  Seguridad,   sobre   la  aparente  supresión  de  los  pasos

vehiculares existentes en calles  Strobel, Rizzuto y  Bradley  ;  informando

asimismo, sobre la radicación de viviendas precarias  en  calles  Strobel  y

la vía,   indicando que varios de  sus  ocupantes  apedrearon  recientemente

una  formación  con  pasajeros  que  circulaba  a   paso   lento,   por   la

inestabilidad transitoria de las vías, formación que  debió  retornar  a  la

estación hasta que interviniera la policía..


             Que, supuestamente, las obras referidas crearían una  verdadera

frontera , aislando sectores importantes  de los barrios que atraviesa.


             Que las fotografías que  se  acompañan  reflejan  la  supresión

efectiva del paso vehicular existente en calle  Strobel,  la  radicación  de

viviendas precarias en el sitio y  el muro continuo de hormigón  premoldeado

que  supuestamente  será  provisto  de   rejas   en   su   parte   superior,

desconociendo a la fecha la situación  de  los  pasos  en  calle  Rizzuto  y

Bradley.


             Que de subsistir esta ausencia de pasos y no  ser  reemplazados

por otros se complicará grandemente el acceso a diversas zonas, obligando  a

extensos y tortuosos recorridos tanto  a  vehículos  particulares,  como  de

transporte colectivo  y  servicios públicos en general, con el  consiguiente

perjuicio para la población afectada.


             Que atento  a  la  realización  de  las  obras  descriptas,  se

desconocen las previsiones adoptadas para el correcto desagüe de  las  aguas

pluviales, de por  si  complejo,  en  el  decurso  de  los  arroyos  que  la

atraviesan.


             Que se estima necesario que el Departamento  .Ejecutivo  recabe

de la autoridad de Trenes Argentinos, un  informe   sobre  el   proyecto  en

cuestión, el alcance de las referidas obras y  las  previsiones  para  dejar

resueltas las objeciones planteadas y otras que pudieran surgir.


             Que la premura por llevar a cabo obras  de    envergadura,  sin

duda necesarias, pero con algunos aspectos no  resueltos  en  profundidad  y

con todas sus variables presentes,  puede ocasionar desajustes,  aislamiento

y en definitiva trastornos  en la vida ciudadana.


             Que la difusión de las obras es un derecho de la  población,  y

es de sana política   permitirle  evaluar los pro y contra   de  aquellas  e

interponer reclamos. La  falta de  consulta  y  el  desconocimiento  de  las

normas del Municipio, viabiliza muchas veces  acciones inconsultas de  Entes

Nacionales que las ignoran y  generan  impactos  negativos  en  la  zona  de

intervención.


             Por lo expuesto los concejales integrantes de  la  Comisión  de

Obras , Planeamiento y Seguridad del HCD elevan  para  su  consideración  la

presente


                                COMUNICACIÓN


Artículo 1º.- Solicitase  al  Departamento  Ejecutivo,  ante  las  obras  de

recambios de vías y otras, a cargo de la  Empresa  Trenes  Argentinos  Ramal

Roca, informe sobre las  previsiones  dispuestas  por  ésta,  en  cuanto  al

mantenimiento de los pasos  peatonales y vehiculares en la  intersección  de

las mismas, con las calles Strobel, Rizzuto y Bradley,    de  acuerdo  a  lo

dispuesto por la Ordenanza Nº 6614 del año 1986, en su acápite 10.2.


Artículo  2º.-   Solicitase  al  Departamento  Ejecutivo  informe  en  igual

sentido de lo expresado en el artículo 1º), las previsiones  respecto  a  la

continuidad de las obras de desagües pluviales para dicho  sector.


Artículo 3º.-De forma




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