Mar del Plata, 17 de diciembre de 2014.-
Sr. Presidente del
Honorable Concejo Deliberante
Nicolás Maiorano
Visto
La ORDENANZA Nº 20829 que establece el sistema de
estacionamiento por tiempo medido tarifado en la vía pública y
Considerando
Que el artículo 9º autoriza al Departamento Ejecutivo a
imprimir tarjetas prepagas con créditos de estacionamiento para ser
utilizados desde teléfonos móviles de los usuarios adheridos al sistema o
desde los puntos de venta autorizados y que las condiciones de
comercialización y seguridad de las tarjetas están determinadas en el
Decreto Reglamentario Nº 281/13
Que el artículo 16º autoriza al Departamento Ejecutivo a
celebrar convenios con comercios minoristas, empresas de cobranza, bancos
públicos y privados y entidades públicas y privadas para la realización de
la venta de crédito para estacionamiento.
Que por su parte el Artículo 19º establece severas sanciones
para los infractores.
Que el DECRETO REGLAMENTARIO Nº 281/13 en su artículo 2º (parte
pertinente) establece de modo imperativo que “ …el usuario para
estacionar… deberá adquirir una tarjeta prepaga en los puntos de venta
adheridos o por medio de los permisionarios…”
Y CONSIDERANDO: Que durante el año 2014 en diversas
oportunidades debió suspenderse la aplicación del Sistema de
Estacionamiento Medido aduciendo el Departamento Ejecutivo inconvenientes
con el proveedor de las tarjetas prepagas.
Que por su parte la información referida a la suspensión
provisional del sistema de Estacionamiento Medido no resulta clara para la
ciudadanía, lo cual genera incertidumbre en cuanto al momento a partir del
cual se reanuda el control del estacionamiento y por ende la adquisición de
las tarjetas prepagas, lo cual genera la posibilidad de aplicar multas a
quienes de buena fe han estacionado en el convencimiento que el sistema no
se había reanudado.-
Por su parte el Estado Municipal debe garantizar un adecuado
poder de policía al ciudadano, no pudiendo el ejercicio de éste depender
del arbitrio de proveedores que rutinariamente no pueden aprovisionar al
Municipio con las tarjetas prepagas de estacionamiento, cuando su
adquisición resulta obligatoria para el ciudadano (art. 2º Decreto
Reglamentario Nº 281/13).-
Que a fin de mejorar el sistema resulta adecuado darse a
conocer las modalidades de contratación con los proveedores y los motivos
ciertos por los cuales estos no proveen el material necesarios para
asegurar la vigencia continua e ininterrumpida del Sistema de
Estacionamiento Medido.-
Que ante la falta de garantías respecto de una provisión
constante y permanente de las tarjetas prepagas, resulta necesario
suspenderse la aplicación del Sistema de Estacionamiento Medido hasta tanto
se de una solución definitiva a las continuas suspensiones de hecho del
sistema y a fin de evitar afectar el derecho patrimonial de la ciudadanía.-
Mantener el sistema en las condiciones actuales conlleva al
ejercicio aleatorio del poder de policía municipal con respecto de las
infracciones de tránsito relacionadas con la falta de provisión tarjetas de
estacionamiento, colocando al ciudadano en situación de incertidumbre y de
inseguridad jurídica, con las gravosas consecuencias que ello trae
aparejado, como ser la imposibilidad de renovar la licencia de conducir o
solicitar pedidos de habilitaciones municipales.-
Por los motivos expuestos, el Bloque de Concejales de la Unión
Cívica Radical eleva a consideración del Honorable Concejo Deliberante, los
siguientes
PROYECTO DE COMUNICACION
Artículo 1º.- Se solicita al Departamento Ejecutivo en los términos de la
Ordenanza Nº 9364 informe listado de proveedores de
tarjetas de estacionamiento y modalidad de contratación de los mismos.-
Artículo 2º.- Informe períodos durante los cuales se debió suspender el
Sistema de Estacionamiento Medido y cuales fueron los motivos en cada caso.-
Artículo 3º.- Informe motivos por los cuales se discontinuó la provisión de
las tarjetas prepagas de estacionamiento cuya adquisición resulta
obligatoria para estacionar en los lugares comprendidos por el Sistema de
Estacionamiento Medido.-
Artículo 4º.- Comuníquese, etc.-
PROYECTO DE ORDENANZA
Artículo 1º.- Suspéndase la aplicación del Sistema de Estacionamiento
Medido dispuesto por la Ordenanza Nº 20829 hasta tanto el Departamento
Ejecutivo asegure de forma permanente y continua el expendio de tarjetas
prepagas de estacionamiento.-
Artículo 2º.- La reanudación del Sistema de Estacionamiento Medido deberá
realizarse mediante la sanción de una nueva ordenanza una vez que se
constate por parte de este Honorable Cuerpo que están dadas las garantías
de aprovisionamiento de las tarjetas prepagas.
Artículo 3º.- Una vez que se reanude el Sistema de Estacionamiento Medido,
deberá el Departamento Ejecutivo dar difusión durante el lapso de una
semana a través de medios gráficos, radiales y televisivos acerca de la
nueva entrada en vigente.- Durante el período de difusión no se aplicarán
sanciones.-
Artículo 4º.- Notifíquese, publíquese, etc.-
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Mar del Plata
BLOQUE U.C.R.
Municipalidad del Partido de General Pueyrredon
Departamento Deliberativo