Información de Expediente

2014 - E - 2036
Fecha de Entrada: 09/10/2014
Carátula: Proyecto de ORDENANZA
Iniciador: UNION CIVICA RADICAL
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 24/06/2015
Agregado a:
Observaciones:

Antecedentes

Tipo Número Digito Año Cuerpo Alcance Anexo Observaciones
E 1195 0 2008 0 0 0 AUTOMATICO
Proyecto 1: Ordenanza
Autorizando los usos de suelo: "Geriátrico", "Residencia de Ancianos" pertenecientes al uso: Habitacional Clase 3 y "Hogar de Día" perteneciente al uso: Servicio Clase 2, en distintos distritos de la ciudad.

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
O-16502 30/04/2015 22204 11/05/2015

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
028 OBRAS, SEGURIDAD Y PLANEAMIENTO 14/10/2014 10/03/2015 Aprobado
043 CALIDAD DE VIDA Y SALUD PUBLICA 10/03/2015 13/04/2015 Aprobado
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 13/04/2015 20/04/2015 aprobado
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

Mar del Plata, 09 de Octubre de 2014.

                                                                            

 

 

Al

Honorable Concejo Deliberante

Partido de General Pueyrredón

 

 

 

Visto:

 

              El expediente 1195-U- 2008  del Bloque  de  Concejales  de  la

Unión Cívica Radical por el que se elevó un proyecto de Ordenanza  tendiente

a facilitar la instalación  de  establecimientos  geriátricos  en  distritos

aún no autorizados por el COT y

 

 

Considerando:

 

               Que  dicho  proyecto  fue  analizado  positivamente  por  las

Comisiones de: Obras,  Seguridad  y  Planeamiento  y  Calidad  de  Vida,  en

coincidencia  en  cuanto  a  la   necesidad   de   posibilitar   que   tales

emprendimientos, de muy bajo impacto en su lugar de  implantación,  pudieran

desarrollarse en zonas  residenciales,  lo  que,  sin  duda,  aportar  mejor

calidad de vida a los internados.

 

              Que  en  el  mismo  intervino  la  Dirección  de  Ordenamiento

Territorial, que sugirió como  única  modificación,  exigir  una  superficie

minima de 800m² para las radicaciones en los distritos residenciales  R5-R7-

R7B1-R7B2-R7B3-R7B4.

 

             Que, en dicho tratamiento, la Comisión de  Obras,  Seguridad  y

Planeamiento rectifico por unanimidad dicha superficie, estimando que  750m²

de superficie  eran adecuados.

 

              Que el mismo cuenta con informe favorable al área  de  Tercera

Edad- Control de Inspección de Geriátricos,  agregándose  posteriormente  lo

sugerido por la Dirección de Discapacidad que solicita que  se  incorpore  a

esta autorización de localización ampliada, a los Hogares o Centros de Día.

 

              Que, a pesar de haber sido aprobado el proyecto  por  las  dos

comisiones intervinientes, el mismo quedó sin tratamiento en la Comisión  de

Legislación, Interpretación y Reglamento por lo que  se  envió  al  archivo,

sin haberse podido avanzar en una solución para  el  uso  de  suelo  de  tan

importantes actividades, cuya demanda crece día a día.


               Que huelga decir que  nuestra  ciudad  tiene  una  importante

población de adultos mayores, muchos de ellos sin familia para atenderlos  o

con la libre decisión de no vivir solos o de no convertirse en una  molestia

y manejarse con independencia y  que,  para  las  personas  con  capacidades

diferentes, contar con la oferta ampliada de Centros de Día  u  Hogares,  en

múltiples distritos de la ciudad, amplía las  posibilidades  de  contar  con

espacios de contención, socialización y/o alojamiento.



               Por todo lo expuesto, el Bloque de  Concejales  de  la  Unión

Cívica Radical eleva a su consideración el siguiente

 


 

                            PROYECTO DE ORDENANZA

 


Artículo 1º.- Autorizase los usos de suelo: “Geriátrico”,  “  Residencia  de

Ancianos”,  pertenecientes al uso:  Habitacional  Clase 3   y   “  Hogar  de

Día  “  perteneciente  al   uso:  Servicio  Clase  2,   en   los   Distritos

Residenciales: R1, R2, R3, R4, R5, R6,  R7,  R8;  Distritos  Centrales:  C1,

C1a, C2,  C3,  C4,  C5;  Distritos  de  Equipamiento:  E1-  E2-  E3  y  Vías

Clasificadas: VC1- VC2- VC3 y VC4 .

 

Artículo 2º.- En los Distritos Residenciales:  R5, R7, R7B1,  R7B2,  R7B3  y

R7B4, la autorización será otorgada  con  condición  de  parcela  mínima  de

750m² de superficie.

 

Artículo 3º.- La admisión de los usos de suelos consignados en  el  Artículo

1°, no exime del cumplimiento de las normas establecidas  en  el  Código  de

Ordenamiento Territorial (COT), en el Reglamento General  de  Construcciones

(RGC) y en toda otra prescripción Nacional,  Provincial  y/o  Municipal,  de

aplicación para los rubros objeto de la presente.

 

Artículo 4º.- Abróganse  todas las normas que se opongan a lo dispuesto  por

la presente.

 

Artículo 5º.- Comuníquese, etc.


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Mar del Plata



                                BLOQUE U.C.R.



Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



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