Mar del Plata, Marzo 05 de 2014.-
AL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE:
VISTO: El Decreto Provincial nº 27/89 y la Ordenanza nº 14269, por
medio de las cuales se regulan la acciones inherentes a la seguridad en
playas; y
CONSIDERANDO:
Que durante las temporadas estivales la Municipalidad de General
Pueyrredon organiza el Operativo de Seguridad en Playas, el cual consta de
componentes publicos y privados.
Que es un reclamo reiterado de los guardavidas municipales que no
poseen las condiciones de trabajo establecidas en las normativas de
aplicación.
Que el no cumplimiento por parte del Municipio de las condiciones
mínimas establecidas en las normativas mencionadas no solo perjudican la
calidad del servicio brindado por la Comuna, sino que pueden poner en
peligro los agentes que prestan funciones como Guardavida de Playa.
Que brindar un servicio de calidad en materia de seguridad en playas
es una de las condiciones necesarias para la mantener la posición de
privilegio que tiene la Ciudad de Mar del Plata como destino turístico de
sol y playas.
Por todo ello, los concejales abajo firmantes elevan para su
tratamiento el presente proyecto de
COMUNICACIÓN
ARTICULO 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo informe sobre el Operativo
de Seguridad en Playa sobre los siguientes puntos:
a) Cantidad de personal asignado al operativo de seguridad en playas
discriminando en Guardavidas de Playa, Jefes de Sector, Coordinador
General de Operativo; Jefe Único de Operativo y Jefe de Operativo
Sur/Norte contratados por la Municipalidad de General Pueyrredon para
la Temporada 2013/2014
b) Cantidad de puestos de vigilancia a cargo de la Municipalidad de
General Pueyrredon, indicando su estado de conservación en cada uno de
los casos.
c) Grado de cumplimiento de los elementos expuestos en el Decreto
Provincial nº 29/87 y la Ordenanza nº 14269 que deben ser asignados a
los puestos de vigilancia, indicando en cada caso materiales estado de
conservación de cada uno de ellos.
d) Grado de cumplimiento de los elementos expuestos en el Decreto
Provincial nº 29/87 y la Ordenanza nº 14269 que deben ser asignados a
los Guardavidas de Playa-
ARTICULO 2º: de forma.-
-----------------------
Municipalidad del Partido de General Pueyrredon
Departamento Deliberativo
PRESIDENCIA H.C.D.
Mar del Plata