Información de Expediente

2010 - E - 1107
Fecha de Entrada: 25/01/2010
Carátula: PROYECTO DE DECRETO
Iniciador: UNION CIVICA RADICAL
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 06/08/2020
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Decreto
Modificando el art. 32º del Reglamento Interno del H.C.D., ref. a creación de la Comisión de Intereses Pesqueros.

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
D-1471 15/04/2010

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 26/01/2010 03/03/2010 A Sesión
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 03/03/2010 16/04/2010 MOCION DE PREFERENCIA
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto


             Mar del Plata, 25 de Enero de 2010.-


Señor Presidente del

Honorable Concejo Deliberante

Arq. Marcelo Artime.


S                         /                      D




VISTO:


        Que  la ordenanza Nº  14.916  creara  en  el  ámbito  del  Honorable

Concejo Deliberante la Comisión Mixta  Permanentes  de  Intereses  Marítimos

del Partido de General Pueyrredon.



CONSIDERANDO:


                             Que es de notoria  incidencia  en  la  economía

local la actividad pesquera y portuaria en general.


                               Que   teniendo   en   cuenta   la   inminente

instalación del  amarradero  de  buques  turísticos,  como  así  también  la

compleja situación que atraviesa el sector pesquero  en  particular,  es  de

suma  importancia  que  este  Concejo  tenga  la  posibilidad  de  opinar  e

intervenir.



El Bloque de la Unión Cívica Radical eleva el siguiente proyecto de:



                                                       DECRETO


Artículo 1º .-  Modifícase  el  artículo  32º  del  Reglamento  Interno  del

Honorable Concejo Deliberante, el que  quedará  redactado  de  la  siguiente

forma:


   "Artículo 32º .-  Las Comisiones permanentes del  Concejo  se  integrarán

   con el número de miembros que  determine el  Cuerpo entre un mínimo de  7

   y un máximo de 9, con excepción de la Comisión de Labor Deliberativa y se

   denominarán:

   1. Labor Deliberativa.

   2. Hacienda, Presupuesto y Cuentas.

   3. Legislación, Interpretación y Reglamento.

   4. Obras, Seguridad y Planeamiento.

5. 5. Calidad de Vida.

   6.   Educación y Cultura.

6. 7.   Deportes y Recreación.

   7. 8.   Transporte y Tránsito.

   8. 9.   Turismo.

   9. 10. Promoción y Desarrollo.

  10. 11. Medio Ambiente.

  11. 12. Recursos Hídricos, Obras y Servicios Sanitarios.

  12. 13. Derechos Humanos.

  13. 14. Intereses Marítimos.


Artículo  2º  .-  Incorpórase  el  siguiente  inciso  al  artículo  45º  del

Reglamento Interno del Honorable Concejo Deliberante:


.- La Comisión tendrá como objeto el tratamiento de  temas  relacionados  a

la defensa de los intereses marítimos del Partido, tales como:

a) Realizar ante autoridades competentes, que  en  cada  caso  correspondan,

   las gestiones para la obtención de recursos presupuestarios, científicos,

   tecnológicos, legales o normativos que permitan el desarrollo  de  nuevos

   proyectos o propuestas que presenten  los  actores  relacionados  con  la

   actividad marítima en cualquiera de sus aspectos.

b) Apoyar  a  las  instituciones,  entidades  públicas  y  privadas  en  los

   aspectos relacionados con la actividad marítima, el mantenimiento de  sus

   vías de acceso, los fletes y el comercio marítimo, la conservación de las

   playas, el turismo y los deportes náuticos, los  problemas  educacionales

   sobre  el  mar  y  sus  posibilidades,  la  contaminación  marítima,   la

   salvaguarda de la vida humana en el mar, la preservación de los  recursos

   marítimos, la industria naval y pesquera y el desarrollo de una verdadera

   conciencia marítima en la comunidad.

c) Integrar y coordinar los  esfuerzos  públicos  y  privados  tendientes  a

   tales fines.

Estudiar por sí y  en  colaboración  de  instituciones  especializadas,  las

problemáticas propias del sector.


Carácter General: Promover  económica,  informativa  y  culturalmente  todo

asunto relacionado con la actividad pesquera y su industria con  el  fin  de

enriquecer y consolidar las relaciones entre el conjunto de la sociedad  del

Partido  de  General  Pueyrredon,  en  general  y  el  sector  pesquero   en

particular.



Carácter Particular:

1.- Relación e intercambio de informaciones con los organismos nacionales y

provinciales del área, con el  fin de implementar actividades conjuntas  del

sector.

2.- Incremento de la participación municipal en la problemática del  sector

fomentando políticas que propicien un mayor desarrollo  de  las  actividades

con valor agregado en nuestro partido.




Artículo 3º .- Comuníquese, etc.-



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Mar del Plata



BLOQUE UNION CIVICA RADICAL



Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



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