Información de Expediente

2007 - E - 1455
Fecha de Entrada: 06/06/2007
Carátula: PROYECTO DE COMUNICACION
Iniciador: EL FRENTE
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 26/09/2007
Agregado a:
Observaciones:

Antecedentes

Tipo Número Digito Año Cuerpo Alcance Anexo Observaciones
E 1685 0 2007 0 0 0 AUTOMATICO
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando al D.E. la implementación anual del PREMIO MUNICIPAL A LA PRESERVACION PATRIMONIAL tal como lo establece la O-11.761.

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
C-3154 19/07/2007
Proyecto 2: Decreto de Archivo

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
D-1319 13/09/2007

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
033 EDUCACION Y CULTURA 08/06/2007 03/07/2007 APROBADO
033 EDUCACION Y CULTURA 29/08/2007 04/09/2007 ARCHIVO
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

                                       MAR DEL PLATA,  junio de 2007.-



Señor Presidente del

Honorable Concejo Deliberante

CPN MAURICIO IRIGOIN

S     /     D



VISTO:

            La vigencia  de  la  Ordenanza  11.761,  mediante   la  cual  se

instituye el “Premio  Municipal  a  la  Preservación  Patrimonial”,  con  el

objetivo de efectuar  un  reconocimiento  oficial  a  los  propietarios  y/o

responsables de aquellos inmuebles declarados de interés patrimonial que  se

destaquen por su buena preservación, manutención y  uso,  convirtiéndose  en

ejemplo  de  preservacionismo  y  promoción  de  los   valores   históricos,

arquitectónicos,  culturales  y  urbanísticos   del   Partido   de   General

Pueyrredon, y:


CONSIDERANDO:


            Que para la  asignación  del  mismo,  se  consideran  todos  los

inmuebles declarados de interés patrimonial, conforme lo establecido por  la

Ordenanza 10.075 - Código de Preservación Patrimonial -,  que  se  destaquen

por su preservación, requiriéndose el  consentimiento  del  propietario  y/o

responsable del bien que resultare adjudicatario de alguno de los premios  o

menciones especiales


            Que a los efectos de la asignación de los premios, la  Ordenanza

dispone que se abrirá durante 30 (treinta) días al año, en la fecha  que  en

cada caso determinara el entonces  Ente  de  Cultura  –hoy  Secretaría-,  un

Registro para que los particulares o instituciones sugieran  inmuebles  para

su premiación.


             Que  los  Premios  actúan  como  estímulo  e  incentivo  a  una

actividad, en este caso a aquella preservación de los  bienes  patrimoniales

que se destaquen, logrando imponerse a modo de ejemplo para la sociedad.


            Que de este  premio  deviene  rescatable  el  efecto  que  puede

generar a partir de la difusión  de  la  temática  de  la  preservación,  la

puesta en consideración  por parte de la ciudadanía  de  aquellas  conductas

valiosas  en  la  materia,  y  la  concientización  acerca  del  valor   del

patrimonio colectivo como integrante de la identidad de los marplatenses


            Que volver a la asignación del  Premio  en  objeto,  significará

aportar al rescate de nuestra historia y de nuestra memoria urbana.


POR  ELLO,  el  Bloque  de  Concejales  de  El  Frente  –  U.C.R.  eleva   a

consideración el siguiente:



                 PROYECTO DE COMUNICACION



Artículo 1º .-  El Honorable Concejo Deliberante  solicita  al  Departamento

Ejecutivo, la implementación anual, a través de la  Secretaría  de  Cultura,

del PREMIO MUNICIPAL A LA PRESERVACIÓN PATRIMONIAL, tal  como  lo  establece

la Ordenanza 11.761.


Artículo 2º .- De forma.

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Mar del Plata



                          BLOQUE EL FRENTE – U.C.R.



Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



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