Información de Expediente

2007 - E - 1093
Fecha de Entrada: 08/02/2007
Carátula: PROYECTO DE ORDENANZA
Iniciador: EL FRENTE
Autor:
Tema:
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 14/04/2008
Agregado a:
Observaciones:

Antecedentes

Tipo Número Digito Año Cuerpo Alcance Anexo Observaciones
E 1255 0 2007 0 0 0 AUTOMATICO
Proyecto 1: Ordenanza
Suspendiendo por un plazo de trescientos sesenta diás (360) la recepción de solicitudes para la habilitación de comercios con rubro de boite, cabaret, club nocturno, confiteria bailable, etc.en el sector del microcentro de la ciudad.-

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
O-12315 12/04/2007 17998 19/04/2007
Proyecto 2: Ordenanza

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
O-12316 12/04/2007 17999 19/04/2007

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
028 OBRAS, SEGURIDAD Y PLANEAMIENTO 09/02/2007 27/03/2007 aprobado
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 27/03/2007
028 OBRAS, SEGURIDAD Y PLANEAMIENTO 10/04/2007 10/04/2007 aprobado
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto


                                  MAR DEL PLATA,  07 de Febrero de 2007.-




Al Honorable Concejo Deliberante


S     /     D



VISTO:


             La  sanción  de  la  Ordenanza  17.394,  mediante  la  cual  se

suspendió por el plazo de ciento ochenta (180) días corridos a partir de  la

publicación, ocurrida el 9 de mayo de  2006,  la  recepción  de  solicitudes

para la habilitación de comercios del rubro boite, cabaret,  club  nocturno,

confitería  bailable,  discoteca,  dancing  y  disquería  consignados   como

Servicio Turístico Recreativo Clase 4 y de "bailantas",  en  el  sector  del

microcentro de la ciudad, designado como Distrito Central Uno a (C1a), y



CONSIDERANDO


            Que por el artículo 2º  de  la  misma  norma,  se  encomendó  al

Departamento  Ejecutivo  la  creación  de  una   Comisión   conformada   por

representantes de distintas dependencias municipales, que  en  un  plazo  no

mayor a ciento cincuenta (150) días corridos a partir de la  publicación  de

la  Ordenanza, debía elevar una propuesta  para  el  sector  aludido  en  el

artículo 1º para su tratamiento por el Honorable Concejo Deliberante.


            Que la zona precitada reviste una particular  sensibilidad,  por

resultar el microcentro  comercial  de  la  ciudad,  donde  convive  un  uso

intensivo con una fuerte presencia de comercios y servicios  de  todo  tipo,

un caudaloso tránsito y una alta densidad poblacional.


            Que además de ello se  suma  al  sector  una  crítica  situación

provocada por algunos comercios  que  cuentan  con  numerosas  denuncias  de

vecinos por molestias causadas, o como focos generadores de inseguridad.


             Que  las  arterias  del   microcentro,   fueron   otrora   vías

clasificadas de  importantes  comercios  entre  los  cuales  se  encontraban

aquellos de marcas de renombre y jerarquía a nivel nacional, aptos  para  el

paseo peatonal y el esparcimiento familiar hasta altas horas de la noche.


            Que se observa en la zona una progresiva  degradación,  motivada

por la pauperización de los locales, que va de  la  mano  con  algunos  usos

nocturnos que contribuyeron a alterar la fisonomía que era  tradicional  del

sector.


             Que  la  suspensión  prevista  en   la   precitada   Ordenanza,

conllevaba un necesario estudio de los usos  admisibles  por  parte  de  una

Comisión en el ámbito del Departamento Ejecutivo que debía elevar al  H.C.D.

sus conclusiones.


            Que dicha labor  no  ha  sido  concluída,  por  lo  que  resulta

necesario  prorrogar  el  plazo  que  tenía  para  expedirse,  en  tanto  se

establece una nueva suspensión  de  la  recepción  de  solicitudes  para  la

habilitación de usos nocturnos en el sector del microcentro  correspondiente

al Distrito Central Uno a (C1a).


POR ELLO, el Bloque de Concejales de El Frente – U.C.R. eleva a

consideración el siguiente






                       PROYECTO DE ORDENANZA


Artículo 1º .-  Suspéndese por el plazo de trescientos  sesenta  (360)  días

corridos a partir de  la  promulgación  de  la  presente,  la  recepción  de

solicitudes para la habilitación de  comercios  del  rubro  boite,  cabaret,

club  nocturno,  confitería  bailable,  discoteca,   dancing   y   disquería

consignados como Servicio Turístico Recreativo Clase 4 y de "bailantas",  en

el sector del centro de la ciudad, designado como  Distrito  Central  Uno  a

(C1a).


Artículo 2º .- Prorrógase por 120 días corridos  contados  a  partir  de  la

promulgación de la presente, el plazo para que la Comisión dispuesta por  la

Ordenanza 17.394, conformada por representantes  de  distintas  dependencias

municipales eleve una propuesta para el sector aludido  en  el  artículo  1º

para su tratamiento por el Honorable Concejo Deliberante.


Artículo 3º .- Comuníquese, etc.-












































                        Expediente D.E.: 11653/3/2003

                       Expediente H.C.D.: 1298-v-2006

                           Nº de registro: O-11685

                        Fecha de sanción: 06/04/2006

                      Fecha de promulgación: 06/04/2006

                        Decreto de promulgación: 995



                             ORDENANZA Nº 17394



Artículo 1º .-  Suspéndese  por  el  plazo  de  ciento  ochenta  (180)  días

corridos a partir  de  la  publicación  de  la  presente,  la  recepción  de

solicitudes para la habilitación de  comercios  del  rubro  boite,  cabaret,

club  nocturno,  confitería  bailable,  discoteca,   dancing   y   disquería

consignados como Servicio Turístico Recreativo Clase 4 y de "bailantas",  en

el sector del microcentro de la ciudad, designado como Distrito Central  Uno

a (C1a).


Artículo 2º .- Encomiéndase al Departamento Ejecutivo  la  creación  de  una

Comisión   conformada   por   representantes   de   distintas   dependencias

municipales, que en  un  plazo  no  mayor  a  ciento  cincuenta  (150)  días

corridos a partir de la  publicación  de  la  presente,  deberá  elevar  una

propuesta para el sector aludido en el artículo 1º para su  tratamiento  por

el Honorable Concejo Deliberante.


Artículo 3º .- Comuníquese, etc.-



Targhini    Irigoin



González    Pagni      Katz


B.M. 1916, p. 18 (09/05/2006)


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Mar del Plata



                          BLOQUE EL FRENTE – U.C.R.



Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



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