Expediente D.E.: 19983/1/92
Expediente H.C.D.: 1899/92
Nº de registro: O-2887
Fecha de sanción: 22/10/1992
Fecha de promulgación: 09/11/1992
ORDENANZA Nº 8757
Artículo 1°.- Incorpórase al artículo 4° de la Ordenanza n° 4471, el siguiente inciso:
“Inc.l9) En los vehículos cuyo titular disponga la prohibición de fumar, se colocará en el exterior de las puertas traseras, el logotipo cuyo modelo se adjunta a la presente como Anexo I.
Artículo 2°.- E1 Departamento Ejecutivo determinará la normativa respecto a las medidas del logotipo a utilizar.
Artículo 3°.- Comuníquese, etc.
B.M. 1392, p.1 (26/11/1992)