FECHA DE SANCION 11 de abril de 1990.
NUMERO DE REGISTRO : o - 1832
EXPEDIENTE H. C. D. ; N°. 1221 LETRA V AÑO 1990
O R D E N A N Z A
Artículo 1°.- Autorizase el uso precario y ocupación de hasta el veinticinco (25) por ciento de la Unidad Turistica Fiscal "Playa de Estacionamiento Las Toscas", para el funciona-miento de la extension "Paseo Jesus de Galíndez" de la Feria de Exposicion y Ventas de Artesanías, autorizada por Ordenanza 7123. Artículo 2°.- La vigencia de la autorizacion sera entre el 1° de abril y el 30 de noviembre de cada año, y se materializara mediante la instalacion de modulos desarmables, cuyas dimensiones y características constructivas las determinara el Departamento Ejecutivo.
Artículo 3°.- Las condiciones de uso y funcionamiento de la extension "Paseo Jesus de Galíndez" seran las establecidas por la Ordenanza 7123 y las reglamentaciones particulares que se dicten al efecto.
Artículo 4°.- Establecese un canon anual adicional equivalente al
cincuenta (50) por ciento del determinado en el artí culo 8° de la Ordenanza 7123.
Artículo 5º .- Comuniquse, etc.