Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo


FECHA DE SANCION : 4 de diciembre de 1986

NUMERO DE REGISTRO : 0- 787

EXPEDIENTE H C. D. : N°. 1547 LETRA D AÑO 1986





O R D E N A N Z A Nº 6686


ABROGADA POR ORDENANZA 11746



Artículo 1°.- Modifícase el artículo 2° de la Ordenanza n° 6589 el que quedará redactado de la siguiente manera:


Artículo 2°.- La publicidad exterior en los vehículos de alquiler con taxímetro, podrá efectuarse exclusivamente en las siguientes formas:

a) Mediante el uso de fajas autoadhesivas en la parte superior del parabrisas delantero y la parte inferior de la luneta trasera, cuyo ancho no sea superior a los diez centímetros, pudiendo cubrir toda la longitud del parabrisas o luneta, sin obstaculizar la visual del conductor ni del pasajero.

b) Mediante la instalación de elementos portamensajes sobre el techo del vehículo, construidos en materiales livianos y resistentes y de diseño adecuado, sujetos a aprobación por la dependencia técnica competente. En este caso deberá colocarse la palabra "TAXI" en la parte delantera y el número de licencia en la trasera ambas inscripciones contarán con iluminación interior y serán de fácil lectura.


Artículo 2°.- Comuníquese, etc.