Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo


Expediente D.E.:23842/1/84

Expediente H.C.D.:1599/J/84

Nº de registro: O-251

Fecha de sanción:29/11/1984

Fecha de promulgación:19/12/1984



ORDENANZA Nº6178



Artículo 1°- Autorízase al Departamento Ejecutivo a conceder el uso de espacios correspondientes al dominio privado del Estado Municipal, en oficinas y lugares de acceso público, para la instalación de kioscos o escaparates para la venta de cigarrillos y golosinas.

Artículo 2°- Lo dispuesto en el artículo anterior se otorgará a personas discapacitadas de escasos recursos, no siendo este último requisito excluyente, las que deberán tomar a su cargo el costo y mantención de la instalación del módulo o escaparate, cuyas características determinará el Departamento Ejecutivo. Los beneficiarios de la autorización deberán comprometerse a atender personalmente la explotación comercial a que se dedique la instalación, sin perjuicio de que su discapacidad haga admisible la presencia de ayudantes, los que deberán cumplimentar los requisitos que se fijen en la reglamentación que se dicte al efecto.


Artículo 3°- Autorízase al Departamento Ejecutivo a convenir con entes públicos, delegaciones del Estado Nacional o Provincial, o entes descentralizados de cualquier nivel, la instalación de kioscos o escaparates para la venta de cigarrillos y golosinas. La Municipalidad tomará a su cargo la confección de la lista de postulantes y todas las comprobaciones relacionadas con el grado de discapacidad y situación socio-económica de los postulantes.


Artículo 4°- El Departamento Ejecutivo tomará en cuenta, para la redacción de la reglamentación de la presente así como para la elaboración de las pautas que permitan asignarlas prioridades para la concesión de los kioscos o escaparates las recomendaciones que formulen las entidades reconocidas, que agrupan a los discapacitados.


Artículo 5º.- Comuníquese, etc.


Fernández Saggese

B.M. 1244 p. 7 (25/01/1985)