Expediente D.E.:3204/7/84

Fecha de sanción:05/036/1984

Fecha de promulgación:15/03/1984



ORDENANZA Nº5935



Artículo 1º.- Créase el Consejo Municipal de Planeamiento dependiente del Departamento Ejecutivo.


Artículo 2º.- El Consejo Municipal de Planeamiento, será presidido por el Señor Intendente Municipal y se integrará con los secretarios, como miembros permanentes y los miembros transitorios cuya incorporación se disponga oportunamente.


Artículo 3º.- Derógase la ordenanza 5176, de creación de la Secretaría de Planeamiento y el artículo 1º de la ordenanza 5470, que aprueba su estructura orgánico-funcional.


Artículo 4º.- Comuníquese, etc.


B.M. 1223 p. 7 (30/03/1984)