Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo


Expediente D.E.: EX-2024-00796308-DTTAIT#EMVIAL

Expediente H.C.D.: 1054/D/2025

Nº de registro: O-20791

Fecha de sanción: 15/05/2025

Fecha de promulgación: 19/05/2025

Decreto de promulgación: 1103-25


ORDENANZA Nº 26637



Artículo 1º.- Modificase el apartado a) del Artículo 1° de la Ordenanza N° 21.260 y sus modificatorias, el que quedará redactado de la siguiente manera:


a) Junto a ambas aceras:


- CORRIENTES, desde 9 de Julio hasta Avda. Pedro Luro.

- 25 DE MAYO, desde Catamarca hasta Avda. Independencia.

- BELGRANO, desde Avda. Patricio Peralta Ramos hasta Buenos Aires.

- MORENO, desde Avda. Patricio Peralta Ramos hasta Buenos Aires.

- AVDA. DE LOS TRABAJADORES, desde su comienzo en la Avda. Patricio Peralta Ramos hasta Avenida Juan B. Justo.

- PASEO JESÚS DE GALÍNDEZ, desde el acceso a la playa de estacionamiento hasta la Avda. Patricio Peralta Ramos.

- CALLE de unión entre la Avda. de los Trabajadores y el Paseo Guardavidas Guillermo Volpe.

- PASEO COSTANERO DEL SUD PRESIDENTE ARTURO UMBERTO ILLIA y su continuación AVDA. DE LOS TRABAJADORES, calzada sur a norte, desde Diagonal Vélez Sarsfield hasta calle Valentín Vergara.

- AVDA. DE LOS TRABAJADORES, calzada norte a sur, desde S. de Arana y Goiri hasta Pedro Aráoz.

- CALLE Colectora de balnearios del Complejo Punta Mogotes, en toda su extensión, incluidos sus accesos.

- CÓRDOBA, desde Avda. Juan B. Justo hasta Azcuénaga.

- BOLÍVAR, desde Buenos Aires a Entre Ríos.

- LAMADRID, desde Av. Colón hasta Avda. Patricio Peralta Ramos.

- ROJAS, entre la calle Valencia y la Avda. Constitución.


Artículo 2º.- Modificase el apartado c) del Artículo 1° de la Ordenanza N° 21.260 y sus modificatorias, el que quedará redactado de la siguiente manera:


c) Junto a la acera derecha en el sentido de circulación:


- AVDA. LURO, desde Hipólito Yrigoyen hasta San Luis.

- AVDA. LURO, desde Santiago del Estero hasta Entre Ríos.

- 12 DE OCTUBRE, desde Avda. de los Trabajadores hasta Padre Dutto.

- FUNES, desde Roca hasta 20 metros hacia el norte.

- BOLÍVAR, desde Entre Ríos a Corrientes.


Prohíbase el estacionamiento de vehículos durante las 24 horas en las calles que se enumeran a continuación:


Junto a ambas aceras:

- BUENOS AIRES, desde San Martín hasta la Avda. Colón.

- CENTENARIO.

- 9 DE JULIO entre Misiones y la Avda. Jara, micros de larga distancia (prohibido estacionar ni detenerse con el motor en marcha).

- VERGARA, entre Avda. Mario Bravo y Benito Lynch.


Junto a la acera derecha en el sentido de circulación:

- AVDA. PATRICIO PERALTA RAMOS entre Avda. Luro y San Martín.

- URQUIZA (números impares, calzada adyacente al Parque Primavesi) entre las calles Almafuerte y Avda. Paso.

- CÓRDOBA, desde San Martín a Avenida Luro.

- DIAGONAL ALBERDI SUR, desde Adolfo E. Dávila hasta Mitre.

- DIAGONAL ALBERDI NORTE, en toda su extensión.

- AVDA. LURO, desde Mitre a H. Yrigoyen.

- PASEO JESÚS DE GALÍNDEZ, acceso Cabo Corrientes hasta Centenario.

- SAN JUAN, entre Avda. Luro y 9 de Julio.

- 9 DE JULIO entre Misiones y Don Bosco.

- BELISARIO ROLDÁN entre Florisbelo Acosta y Avda. Constitución.

- ALEM entre Avenida Juan B. Justo y Almafuerte, en sentido sur a norte.

- ALEM entre O´Higgins y Avenida Juan B. Justo, en sentido norte a sur.

- LA RIOJA entre Rivadavia y Belgrano.


Junto a la acera izquierda en el sentido de circulación:

- AVDA. PATRICIO PERALTA RAMOS entre las calles San Martín y Belgrano.

- LA RIOJA entre 25 de Mayo y Avda. Colón.

- SAN JUAN, entre Avda. Luro y 9 de Julio.

- ALVARADO, entre Santiago del Estero y Santa Fe.


Artículo 3º.- El Departamento Ejecutivo, a través del área correspondiente, procederá a la señalización de las arterias mencionadas, indicando específicamente la prohibición establecida en los Artículos 1º y 2º.


Artículo 4º.- El Ente Municipal de Vialidad y Alumbrado Público (EMVIAL) realizará las previsiones presupuestarias necesarias para la ejecución de la señalización vial mencionada.


Artículo 5º.- Derógase cualquier disposición que se oponga a la presente.


Artículo 6º.- Comuníquese, etc.-



Bustos Sánchez Herrero

Bowden Montenegro