Municipalidad del Partido de General Pueyrredon
Departamento Deliberativo
Expediente D.E.: 776-4-2022-Cpo1
Expediente H.C.D.: 2014-D-22
Nº de registro: O-19970
Fecha de sanción: 28/12/2022
Fecha de promulgación: 30/12/2022
Decreto de promulgación: 3140-22
ORDENANZA Nº 25814
Artículo 1º.- Modifícase el artículo 1º de la Ordenanza nº 21260, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 1º.- Prohíbase el estacionamiento de vehículos, en el horario de 7 a 24, en las calles que se enumeran a continuación:
Junto a ambas aceras:
CORRIENTES, desde 9 de Julio hasta Avenida Pedro Luro.
25 DE MAYO, desde Catamarca hasta Avenida Independencia.
BELGRANO, desde Avda. Patricio Peralta Ramos hasta Buenos Aires.
MORENO, desde Avda. Patricio Peralta Ramos hasta Buenos Aires.
AVDA. DE LOS TRABAJADORES, desde su comienzo en la Avda. Patricio Peralta Ramos hasta Avenida Juan B. Justo.
CALLE de unión entre la Avda. de los Trabajadores y el Paseo Guardavidas Guillermo Volpe.
PASEO JESUS DE GALINDEZ, desde el acceso a la playa de estacionamiento hasta la Avda. Patricio Peralta Ramos.
PASEO COSTANERO DEL SUD PRESIDENTE ARTURO UMBERTO ILLIA y su continuación AVDA. DE LOS TRABAJADORES, calzada sur a norte, desde Diagonal Vélez Sarsfield hasta calle Valentín Vergara.
AVDA. DE LOS TRABAJADORES, calzada norte a sur, desde S. de Arana y Goiri hasta Pedro Aráoz.
CALLE Colectora de balnearios del Complejo Punta Mogotes, en toda su extensión, incluidos sus accesos.
CORDOBA, desde Avda. Juan B. Justo hasta Azcuénaga.
LAMADRID, desde Avda. Colón hasta Avda. Patricio Peralta Ramos.
BOLIVAR, desde Buenos Aires a Entre Ríos.
b) Junto a la acera izquierda en el sentido de circulación:
SALTA, desde 25 de Mayo hasta Avenida Pedro Luro.
MORENO, desde Catamarca hasta Avenida Independencia.
PATRICIO PERALTA RAMOS, desde Avda. Luro hasta Juan B. Alberdi.
SARMIENTO, desde Alberti hasta Patricio Peralta Ramos.
SAN JUAN, desde San Martín hasta Avda. Luro.
PASEO JESUS DE GALINDEZ, desde el Torreón hasta el acceso a la playa de estacionamiento.
AVDA. DE LOS TRABAJADORES y su continuación PASEO COSTANERO DEL SUD PRESIDENTE ARTURO UMBERTO ILLIA calzada de norte a sur, desde V. Vergara hasta S. de Arana y Goiri, y desde Pedro Aráoz hasta Diagonal Vélez Sarsfield.
Junto a la acera derecha en el sentido de circulación:
Avda. LURO, desde Independencia hasta Avda. Patricio Peralta Ramos.
12 DE OCTUBRE, desde Avda. de los Trabajadores hasta Padre Dutto.
FUNES, desde Roca hasta 20 metros hacia el norte.
BOLIVAR, desde Entre Ríos a Corrientes.
Prohíbese el estacionamiento de vehículos durante las 24 horas en las calles que se enumeran a continuación:
- BUENOS AIRES, desde San Martín hasta la Avda. Colón.
- LA RIOJA, desde Avda. Luro hasta Belgrano (prohibido estacionar y detenerse)
- CENTENARIO.
- CÓRDOBA, entre Rivadavia y Avda. Pedro Luro.
- 9 de Julio entre Misiones y la Avda. Jara, micros de larga distancia (prohibido estacionar ni detenerse con el motor en marcha).
AVDA. PATRICIO PERALTA RAMOS entre Avda. Luro y San Martín.
URQUIZA (números impares, calzada adyacente al Parque Primavesi) entre las calles Almafuerte y Avda. Paso.
MITRE, desde la Avda. Luro hasta Avda. Colón.
SANTA FE, desde Avda. Colón hasta la Diagonal Alberdi Norte.
BELGRANO, desde Hipólito Yrigoyen hasta Buenos Aires.
DIAGONAL ALBERDI SUR, desde Adolfo E. Dávila hasta Mitre.
Diagonal ALBERDI NORTE, en toda su extensión.
AVDA. LURO, desde Mitre a H. Yrigoyen.
PASEO JESUS DE GALINDEZ, acceso Cabo Corrientes hasta Centenario.
SAN JUAN, entre Avda. Luro y 9 de Julio.
RODRIGUEZ PEÑA, entre Aristóbulo del Valle y la Avda. Patricio Peralta Ramos.
ROJAS, entre la calle Valencia y la Avda. Constitución.
Calle 9 de julio entre Misiones y Don Bosco.
BELISARIO ROLDÁN entre Florisbelo Acosta y Avda. Constitución.
Avda. Edison entre la calle Güiraldes y Avda. Mario Bravo (NE a SO)
AVDA. PATRICIO PERALTA RAMOS entre las calles San Martín y Belgrano.
LA RIOJA entre 25 de Mayo y Avda. Luro.
LA RIOJA entre Belgrano y Avda. Colón.
SAN JUAN, entre Avda. Luro y 9 de Julio.
ALVARADO, entre San Santiago del Estero y Santa Fe.”
Artículo 2º.- Comuníquese, etc.-
Pérez Sanchez Herrero
Bowden Montenegro