Municipalidad del Partido de General Pueyrredon
Departamento Deliberativo
Expediente D.E.: 1814-2-2017
Expediente H.C.D.: 2101-D-17
Nº de registro: O-17948
Fecha de sanción: 12/04/2018
Fecha de promulgación: 20/04/2018
Decreto de promulgación: 763-18
ORDENANZA Nº 23625
Artículo 1º.- Convalídase el Decreto nº 364/17 dictado por la Presidencia del Honorable Concejo Deliberante, mediante el cual se autorizó a EVENT LIVE S.A. el uso de la vía pública y el corte de tránsito para la realización del evento internacional IRONMAN MAR DEL PLATA 2017, el día 3 de diciembre de 2017.
Artículo 2º.- .- Comuníquese, etc..-
Tonto Sáenz Saralegui
López Silva Arroyo
Decreto nº 364
Mar del Plata, 23 de noviembre de 2017.
VISTO el expediente 2101-D-17 que autoriza a EVENT LIVE S.A. el uso de la vía pública y el corte de tránsito para la realización del internacional IRONMAN MAR DEL PLATA 2017, el día 3 de diciembre; y
CONSIDERANDO:
Que será la primera edición del IRONMAN en Argentina.
Que IRONMAN es la prueba más exigente, antigua y prestigiosa de triatlón en el mundo. Es una competencia deportiva que consta de tres disciplinas: natación, ciclismo y atletismo y se lo considera uno de los deportes más duros que existen en el panorama competitivo internacional actual.
Que tendrá un cupo de 1.800 atletas – la mitad para extranjeros- y 40 de ellos clasificarán al Mundial de Hawaii, donde comenzó la historia del “Hombre de Acero”, en 1977.
Que el inicio está previsto para las 7.30 del domingo 3 de diciembre de 2017 desde la emblemática playa Bristol, donde los competidores recorrerán 3,8 kilómetros de natación, luego 180 kilómetros de ciclismo y finalmente 42 kilómetros de pedestrismo.
Que la prueba incorpora a Argentina al circuito mundial de IronMan, del que sólo participan 25 naciones en todo el mundo y Brasil y México en Latinoamérica.
Que Mar del Plata es la ciudad más visitada de la Costa Atlántica y fue sede de grandes eventos deportivos como el Mundial de Fútbol en 1978, los Juegos Panamericanos 1995, el Rally DAKAR 2012 y la Final de la Copa Davis 2014 y ahora la realización del IRONMAN permitirá visualizar en sus recorridos las parte más tradicionales de la ciudad.
Que la Comisión de Deportes y Recreación le dio despacho favorable y varios señores Concejales han prestado acuerdo para el dictado del presente acto administrativo.
Por ello y ad referéndum del H. Cuerpo, el PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DECRETA
Artículo 1º.- Autorízase a EVENT LIVE S.A. el uso de la vía pública y el corte de tránsito para la realización del evento internacional IRONMAN MAR DEL PLATA 2017, el día 3 de diciembre de 2017, a partir de las 07.00 y hasta las 24.00 hs., tiempo en el que se desarrollará la prueba atlética, en los espacios y recorridos enunciados en el Artículo 2º.
Artículo 2º.- El recorrido autorizado será:
CIRCUITO DE NATACION: 3,8 km. Consiste en dos (2) vueltas de 1,9 km. en el Océano Atlántico, partiendo desde Playa Bristol a la altura de la Plazoleta de la Armada Argentina. El itinerario se detalla en el croquis que forma parte de la presente como Anexo I.
CIRCUITO DE CICLISMO: 180 km. Comienza en la transición que se ubica en la Plazoleta de la Armada Argentina, saliendo en dirección norte por Avda. Patricio Peralta Ramos hasta la Ruta Provincial Nro 11, retomando en el peaje de Mar Chiquita. El regreso será por el mismo camino, sumando el camino vecinal hasta la Base Naval para luego realizar 2 vueltas de 90 KM, regresando al punto de encuentro sito en la Plazoleta de la Armada Argentina. El itinerario se detalla en el croquis que forma parte de la presente como Anexo II.
CIRCUITO DE ATLETISMO: 42,2 km. Comprende 4 vueltas en dirección norte por la Avda. Patricio Peralta Ramos, regresando en cada una de las vueltas hasta las proximidades de la Plazoleta de la Armada Argentina (sector: Monumento a los Lobos Marinos). El itinerario se detalla en el croquis que forma parte de la presente como Anexo III.
Artículo 3º.- Autorízase a EVENT LIVE S.A. el uso de la vía pública y el corte de tránsito parcial, durante los días 27 de noviembre al 2 de diciembre de 2017 (armado y demarcación), y 4 al 7 de diciembre de 2017 (desarme), en horarios y espacios a definir dentro de los circuitos detallados en el Artículo 2º, a los fines de la preparación, demarcación y desarme del evento internacional IRONMAN MAR DEL PLATA 2017.
Artículo 4.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a realizar las gestiones pertinentes frente a la Dirección Provincial de Política y Seguridad Vial de la Provincia de Buenos Aires a los fines de autorizar el uso de las rutas provinciales afectadas al evento y corte de tránsito para el Circuito de Ciclismo, durante los días 27 al 2 de diciembre de 2017 (armado y demarcación), 3 de diciembre de 2017 para el evento y 4 al 7 de diciembre de 2017 (desarme).
Artículo 5º.- La Permisionaria contratará un servicio médico de emergencia permanente que acompañe la competencia durante todo su recorrido, sin perjuicio del acompañamiento del evento que realice la Secretaria de Salud del Municipio.
Artículo 6º.- La Permisionaria previo al inicio de la actividad, deberá acreditar la contratación de los seguros pertinentes, manteniendo indemne a la Municipalidad por cualquier concepto que se deba a un tercero como consecuencia del desarrollo de la actividad autorizada o al mismo Municipio, por daños y perjuicios que eventualmente se pudieren ocasionar, en razón de la realización y puesta en marcha de la actividad atento a la responsabilidad civil que surja del Código Civil y Comercial, incluyendo también gastos, honorarios y costas.
Artículo 7º.- La entidad organizadora deberá abonar los derechos establecidos en la Ordenanza Impositiva vigente por la colaboración del personal del Departamento Operativo de la Dirección de Tránsito en el corte y contralor del tránsito vehicular de la mencionada competencia.
Artículo 8º.- Déjase establecido que en el caso de utilizar repertorio musical, en cualquiera de sus formas, deberán abonarse las contribuciones correspondientes a las asociaciones, sindicatos o entidades gremiales que agrupen a músicos, autores, compositores, intérpretes, coreógrafos o cualquier otra que pudiera corresponder (ARGENTORES, Variedades, S.A.D.A.I.C., A.A.D.I.C.A.P.I.F., etc.). El Departamento Ejecutivo verificará el estricto cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo y en el Decreto nº 1638/00.
Artículo 9º.- Quedará a exclusivo cargo de la firma EVENT LIVE S.A. el pago de la Tasa por Publicidad y Propaganda en la vía pública, que corresponda por la realización del IRONMAN MAR DEL PLATA 2017.
Artículo 10º.- Una vez finalizado el evento la Permisionaria deberá retirar la totalidad de los elementos utilizados, restableciendo el espacio público cedido en perfecto estado de higiene, conservación y funcionalidad tal cual lo recibe.
Artículo 11º.- La empresa Permisionaria deberá realizar una promoción, comunicando a los vecinos del lugar sobre la realización del evento y su duración.
Artículo 12º.- El presente se dicta ad referéndum del Honorable Cuerpo.
Artículo 13º.- Comuníquese, etc.-