Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



Expediente D.E.: 3575-8-2015

Expediente H.C.D.: 1130-SE-13

Nº de registro: O-16412

Fecha de sanción: 12/03/2015

Fecha de promulgación: 01/04/2015

Decreto de promulgación: 672-15


ORDENANZA Nº 22139


Artículo 1º.- Convalídase el Decreto 278/14 dictado por la Presidencia del Honorable Concejo Deliberante, mediante el cual se modificó el artículo 6º de la Ordenanza 21260, relacionado con la peatonalización de la calle Rivadavia.


Artículo 2º.- Comuníquese, etc.-


Pérez Maiorano

Alveolite Pulti



Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo

Decreto nº 278

Mar del Plata, 18 de diciembre de 2014.-


Visto:

La Ordenanza nº 21260 que regula el estacionamiento en diversas calles de la ciudad; y


CONSIDERANDO:


Que su artículo 6º establece la peatonalización de la calle Rivadavia, desde la calle Buenos Aires hasta la calle San Luis, en el período comprendido entre el 15 de diciembre y el último día de febrero de cada año, en el horario de 19 a 2.


Que la Secretaría de Seguridad, Justicia Municipal y Control ha manifestado la necesidad de reducir, por razones operativas, el período mencionado precedentemente, solicitando por ende, la modificación de la citada norma,


Que la Comisión de Labor Deliberativa encuentra oportuno modificar el artículo 6º de la Ordenanza 21260, en concordancia con lo requerido por la Secretaría competente, prestando su acuerdo para el dictado del presente.


Por ello y ad referéndum del H. Cuerpo el PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE:



DECRETA


Artículo 1º.- Modifícase el artículo 6º de la Ordenanza nº 21260, que quedará de la siguiente manera:



Artículo 6º.- Establécese la peatonalización de la calle Rivadavia, desde la calle Buenos Aires a San Luis, en el período comprendido entre el 29 de diciembre y el último día de febrero de cada año, en el horario de 19 a 2, prohibiéndose la circulación y estacionamiento de vehículos en el mismo período y horario, excepto el acceso y salida a paso de hombre, de la cochera que funciona en calle Rivadavia entre Corrientes y Entre Ríos. A efectos del cumplimiento del presente artículo, el Departamento Ejecutivo podrá disponer el traslado temporario de las paradas de taxi que correspondan y dejará sin efecto la peatonalización en caso de lluvia.

Dispónese que la peatonalización de la calle Rivadavia durante el mes de marzo de cada año regirá exclusivamente para el primer fin de semana en el horario precedentemente indicado.

La Comisión Propulsora de la calle Rivadavia tendrá a su cargo la provisión de vallas metálicas y carteles de PVC, con medidas y características que determine la Dirección General de Inspección General, destinados a señalizar la peatonalización de la calle Rivadavia. Asimismo, dicha Comisión tendrá a su cargo la conservación, en forma agrupada y paralela al cordón, de las vallas necesarias para realizar el corte de tránsito y garantizar las condiciones de seguridad en toda la extensión del recorrido peatonal.”


Artículo 2º.- Comuníquese, etc.-


Pérez Maiorano